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Definiciones De Notario


Enviado por   •  7 de Marzo de 2012  •  632 Palabras (3 Páginas)  •  740 Visitas

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1. El notario (latín notarius) es, en términos generales, un funcionario cuya intervención otorga carácter público a los documentos privados, autorizándolos a tal fin con su firma.

2. En chile los notarios son definidos por el código orgánico de tribunales como ministros de fe pública encargados de autorizar y guardar en su archivo los instrumentos que ante ellos se otorgaren, de dar a las partes interesadas los testimonios que pidieren, y de practicar las demás diligencias que la ley les encomiende. Están considerados como auxiliares de la administración de justicia, es decir, como órganos anexos al poder judicial. Son regulados en los arts. 399 a 445 cot.

3. Los notarios tienen en españa el doble carácter de funcionarios públicos y profesionales del derecho según lo establecido en la ley del notariado, de forma que para algunas cuestiones son considerados funcionarios (por ejemplo para el acceso al cuerpo por oposición, para la obligatoriedad de apertura del despacho o atención al público, colaboraciones con administraciones públicas, remisión de información para actualización de datos de entidades como catastro o registros de la propiedad, acceso y remisión de la facturación, o tenencia de medios técnicos, telemáticos y humanos para cumplimiento de obligaciones), y para otras cuestiones son considerados profesionales autónomos (por ejemplo impuestos, asunción del coste y mantenimiento de las oficinas, régimen en seguridad social, pensiones, personal contratado o bajas laborales).

4. Distrito federal define al notario público como un profesional del derecho, dotado de fe pública por elestado, y que tiene a su cargo recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de las personas que ante él acuden, y conferir autenticidad y certeza jurídicas a los actos y hechos pasados ante su fe, mediante la consignación de los mismos en instrumentos públicos de su autoría.

5. Definición de notario de demetrio másias zavaleta para másias zavaleta el notario es el funcionario público autorizado para dar fe, conforme a las leyes, de los contratos y demás actos extrajudiciales. Es necesario destacar que esta definición no hace referencia a la competencia notarial en asuntos no contenciosos, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

6. Definición de notario de gonzalo fernández de león para gonzalo fernández de león el notario o escribano es el funcionario encargado de dar fe de los contratos y otros actos extrajudiciales. Su intervención en ellos hace prueba contra terceros. Se encarga también de la custodia de los originales, teniendo la obligación de librar copias autorizadas a los que tengan derecho a ellos. Esta definición es muy importante porque precisa que la intervención del notario hace fe contra terceros, pero omite precisar lo pertinente sobre la competencia notarial en asuntos no contenciosos, lo cual se encuentra regulado

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