Delitos Electorales
Enviado por chombo18 • 24 de Julio de 2013 • 1.400 Palabras (6 Páginas) • 354 Visitas
SON LOS DELITOS ELECTORALES
El delito es definido como el acto u omisión que sancionan las leyes penales (artículo 7 del Código Penal Federal).
Un delito federal es la conducta que daña o afecta el interés público federal previsto en las leyes federales.
Mientras que un delito electoral federal es la conducta que daña o afecta el interés público electoral federal (elecciones para elegir al Presidente de la República, Diputados y Senadores).
ART. 403
Se impondrán de diez a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:
I. Vote a sabiendas de que no cumple con los requisitos de la ley;
II. Vote más de una vez en una misma elección;
III. Haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto;
IV. Obstaculice o interfiera dolosamente el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo, el traslado y entrega de los paquetes y documentación electoral, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales;
V. Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, credenciales para votar de los ciudadanos;
VI. Solicite votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante las campañas electorales o la jornada electoral;
VII. El día de la jornada electoral viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto;
VIII. Vote o pretenda votar con una credencial para votar de la que no sea titular;
IX. El día de la jornada electoral lleve a cabo el transporte de votantes, coartando o pretendiendo coartar su libertad para la emisión del voto;
X. Introduzca en o sustraiga de las urnas ilícitamente una o más boletas electorales, o se apodere, destruya o altere boletas, documentos o materiales electorales, o impida de cualquier forma su traslado o entrega a los órganos competentes;
XI. Obtenga o solicite declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto, o bien que, mediante amenaza o promesa de paga o dádiva, comprometa su voto en favor de un determinado partido político o candidato;
XII. Impida en forma violenta la instalación de una casilla, o asuma dolosamente cualquier conducta que tenga como finalidad impedir la instalación normal de la casilla; o
XIII. Durante los ocho días previos a la elección y hasta la hora oficial del cierre de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que den a conocer las preferencias de los ciudadanos
ART. 404
Se impondrán hasta 500 días multa a los ministros de cultos religiosos que, en el desarrollo de actos públicos propios de su ministerio, induzcan expresamente al electorado a votar en favor o en contra de un candidato o partido político, o a la abstención del ejercicio del derecho al voto.
ART. 405
Se impondrá de cincuenta a doscientos días multa y prisión de dos a seis años, al funcionario electoral que:
I. Altere en cualquier forma, sustituya, destruya o haga un uso indebido de documentos relativos al Registro Federal de Electores;
II. Se abstenga de cumplir sin causa justificada, con las obligaciones propias de su cargo, en perjuicio del proceso electoral;
III. Obstruya el desarrollo normal de la votación sin mediar causa justificada;
IV. Altere los resultados electorales, sustraiga o destruya boletas, documentos o materiales electorales;
V. No entregue o impida la entrega oportuna de documentos o materiales electorales, sin mediar causa justificada;
VI. En ejercicio de sus funciones ejerza presión sobre los electores y los induzca objetivamente a votar por un candidato o partido determinado, en el interior de la casilla o en el lugar donde los propios electores se encuentren formados;
VII. Al que instale, abra o cierre dolosamente una casilla fuera de los tiempos y formas previstos por la ley de la materia, la instale en lugar distinto al legalmente señalado, o impida su instalación;
VIII. Sin causa prevista por la ley expulse u ordene el retiro de la casilla electoral de representantes de un partido político o coarte los derechos que la ley les concede;
IX. (Se deroga).
X. Permita o tolere que un ciudadano emita
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