Demanda Ejecucion Prendaria
Enviado por patos_s.a • 24 de Marzo de 2015 • 681 Palabras (3 Páginas) • 807 Visitas
SUMARIO
ACTOR: BAIRES WAGEN S.A.
DEMANDADO: TRACELI S.A.
MATERIA: EJECUCIÓN PRENDARIA
MONTO: $ 52.116,00
DOCUMENTACION: Contrato de prenda con registro, Copia de Poder Especial de Administración, Bono ley 8480, Ius Previsional, (1 juego de de copias para traslado).
DEMANDA POR JUICIO PRENDARIO
Señor Juez:
JORGE ALBERTO COLOMBO, en su carácter de apoderado de BAIRES WAGEN S.A., de acuerdo al Poder de Administración que se adjunta, con domicilio real en la calle Pellegrini Nº 1060 de la ciudad de Bragado, por derecho propio, constituyendo domicilio legal junto al Letrado que me patrocina, Dra. MARIA FERNANDA SCHACHNER, Abogada, Tº VIII, Fº 221 del C.A.D.J.M., Legajo Previsional 793148-4, IVA Monotributista, en la calle General Paz Nº 1968 de la ciudad de Bragado, a V.S. me presento y digo:
1. OBJETO
En el carácter invocado vengo a promover juicio prendario contra TRACELI S.A., con domicilio en la calle 12 DE OCTUBRE Nº 1530, BRAGADO por la suma de PESOS CINCUENTA y DOS MIL CIENTO DIECISEIS ($ 52.116,00) -reajustada según la depreciación monetaria, con más sus intereses, costas y costos del juicio.
Todo ello en mérito a los antecedentes que se detallan seguidamente.
2. HECHOS
Que el demandado suscribió un Contrato de Prenda con Registro de fecha 08 de mayo de 2008 con Baires Wagen Sociedad Anónima, que se adjunta en autos, garantizando un crédito de PESOS CINCUENTA y DOS MIL CIENTO DIECISEIS ($ 52.116,00).
Que en garantía del pago del mismo, constituyo por el contrato, derecho real de prenda con registro a favor de Baires Wagen Sociedad Anonima por la suma citada sobre un automotor Marca Volkswagen, Tipo Sedan 4 Ptas., Modelo Bora TDI, Motor Marca Volkswagen, Nº AXR313771, Chasis Marca Volkswagen, Nº 3vwsw49m58m626864, Año 2008, Dominio GVL 333, y cuyas demas características surgen del Contrato que se adjunta.
3. DEVOLUCION DEL PRESTAMO.
El crédito sería pagadero en 12 cuotas mensuales y consecutivas de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA y TRES ($ 4.343,00), con vencimiento la primera de ellas el día 15 de febrero de 2008 y las siguientes durante los meses subsiguientes en la misma fecha que la primera, con un interés anual del 36% conforme el contrato suscripto.
El deudor se encuentra en mora desde el día 05 de julio de 2008, fecha en que entró en mora automática según lo establece el contrato celebrado oportunamente.
A pesar de los reiterados intentos de conseguir el cobro por nuestra parte todos ellos fueron frustrados viendonos obligados a iniciar la presente demanda de ejecución.
En su momento al dictar sentencia V.S. hará lugar a los intereses compensatorios convenidos.
4. COMPETENCIA
V.S. es competente para entender en esta ejecución prendaria en mérito a lo expresamente dispuesto por el art. 28 del Decreto-Ley 15.348/46.
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