Demanda de un proceso ejecutivo
Enviado por natalicastro11 • 22 de Mayo de 2017 • Informe • 1.071 Palabras (5 Páginas) • 282 Visitas
Expediente: N°
Especialista:
Cuaderno: Principal Sumilla: DEMANDA DE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE TRUJILLO
FINANCIERA ESPERANZA S.A.A.; con R.U.C. N° 20228319768; con domicilio legal en Av. España N° 335, distrito y Provincia de Trujillo, departamento de LA LIBERTAD y domicilio procesal en el Jr. Huayaga N° 122 – Cuarto piso, de esta ciudad; y con casilla electrónica N° 56317; debidamente representado por su apoderado ALBERTO RODRIGUEZ PALUZ, con DNI N° 41500053, según facultades inscritas en el Asiento C00086 de la Partida Electronica N° 12481913 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima. Ante Ud. expongo:
- NOMBRE Y DIRECCION DOMICILIARIA DEL DEMANDADO:
Interpongo demanda de OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, contra:
- LAVADO PIZAN ALEXANDRA (DNI 17874119), en su condición de obligado principal, con domicilio en el Barrio 1; MZ. R-Lote1-Alto Trujillo, distrito EL PORVENIR; provincia de Trujillo, departamento de La Libertad.
- PETITORIO:
Acudo a su Despacho, en ejercicio de mi derecho de tutela jurisdiccional, con la finalidad de interponer DEMANDA DE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO en vía de PROCESO UNICO DE EJECUCION; a fin de que la demandada cumpla con pagar a mi representada:
- La suma de S/. 50, 000.00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES).
Por falta de pago de las 04 letras de cambio las mismas que vencieron desde el 12 de Noviembre del año 2016; hasta el 19 de abril del 2017.
- Los intereses compensatorios y moratorios que devengue la obligación puesta a cobro.
- Las costas y costos que se generen como consecuencia del presente proceso.
- FUNDAMENTOS DE HECHO:
- Que con fecha 12 de Noviembre del año 2016, la Sra. Lavado Pizán Alexandra, giró 04 títulos valores (Letras de Cambio), a la orden de FINANCIERA ESPERANZA S.A.A, por la suma de S/. 50, 000.00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), por cada letra de cambio, las mismas que se vencieron desde el 12 de Noviembre del 2016; hasta el 19 de Abril de 2017, de la siguiente manera:
- El 12 de Noviembre del 2016 S/. 12 500.00
- El 01 de Enero del 2017 S/. 12 500.00
- El 28 de Febrero del 2017 S/. 12 500.00
- E 19 de Abril del 2017 S/. 12 500.00
Total S/. 50 000.00
Son: S/. 50 000.00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), sin haberse cancelado hasta la fecha.
- Que, habiéndose vencido las cambiales, sin que la ejecutada haya cumplido con efectuar el pago; pues dichos títulos valores han sido debidamente protestados por ante la Notaria Pública, conforme puede precisarse en dichos títulos valores, dejando constancia que los títulos valores son totalmente autónomos de conformidad con la ley 27287.
- Que, por los motivos antes expuestos, es que recurro a vuestro despacho a fin de solicitarle tutela jurisdiccional efectiva y ordene a la ejecutada que cumpla con cancelarme la suma que me adeuda, de conformidad con lo expresamente establecido por el Art. 1219 del Código Civil Vigente.
- FUNDAMENTACION JURIDICA:
Fundamentos de Derecho Procesal: Sustento mi pretensión en lo dispuesto por los Arts. 424, 425, 693, 696 y 697 y demás pertinentes del C.P.C.
Fundamentos de Derecho Material: Sustento mi demanda en lo dispuesto por los Arts. 1219 Inc. 1, del Código Civil, así como también en lo dispuesto por los Arts. 119, 121, 122, 123, y demás pertinentes de la Ley de Títulos Valores.
- MONTO DEL PETITORIO
El monto del petitorio asciende a la suma de S/. 70, 220.34 (SETENTA MIL DOCIENTOS VEINTE Y 34/100 SOLES), más intereses compensatorios y moratorios.
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