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Denegada Apelacion


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2012  •  2.901 Palabras (12 Páginas)  •  574 Visitas

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1. Periodo primitivo.

Primeras manifestaciones:

Tabu

Venganza privada

Tabu: los primitivos crean una serie de prohibiciones basado en creencias religiosas y mágicas. El castigo para quién violase el tabú tenía carácter colectivo: recaía sobre él y sobre los demás integrantes de su tribu.-

Venganza: cuando se hacía victima de un delito o acto criminal a un individuo de otro grupo, la víctima y sus parientes castigaban por mano propia al autor y a su grupo familiar, causando un mal mayor que el recibido.

No había proporción entre la ofensa y el castigo, la magnitud era ilimitada.

Esta enemistad entre grupos se llamó para los germanos Faida, esto llevó a la guerra.-

Expulsion De La Paz: similar al Destierro. El autor del delito era expulsado de su grupo y privado de la protección familiar, dejándolo privado a la venganza del ofendido y sus parientes.

2. Primeras limitaciones a la venganza.

La Ley De Talion: Los antecedentes de aplicación se dieron en el Código de Hamurabi, en las XII Tablas y en la Ley Mosaica. La ley establece la proporción entre el daño sufrido y la pena a aplicar. La pena debe ser igual al daño sufrido por la victima, "Ojo Por Ojo, Diente Por Diente" si los delitos no producían daño físico Ej. un robo, la pena consistía en que se le cortara la mano.-

Constituye una Limitacion Intensiva De La Pena.

La Composicion: consiste en reemplazar la pena por el pago de una cantidad de dinero. En principio fue voluntaria y luego pasó a ser legal, es decir obligatoria, no pudiendo la víctima recurrir a la venganza.

Es el antecedente de la actual indemnización civil por los daños materiales o morales causados por el delito.

3. Instauracion de la justicia politica.

Derecho Penal Romano

1ros. Tiempos se aplicaron la venganza, la ley de Talión, composición, etc. Se destacó la facultad punitiva del Pater Familiao.

En la Monarquía se hace la distinción entre delitos públicos CRIMINA PUBLICA: son los que vulneraban el orden público y delitos privados: estos eran castigados por el pater familiao DELICTA PRIVATA

En las penas públicas se aplicaba EL SUPLICIUM: ejecución de culpables y la pena DAMNUM : paga de dinero.

En la República por el incremento de delitos públicos aparece la PROVOCATIO AD POPULUM era un recurso procesal por el cual el condenado a muerte podría lograr que la sentencia del magistrado fuese sometida a juicio del pueblo, es decir hay más garantías para el procesado; se pasa de un sistema de la "cognitio" (acusación y sentencia a cargo del Estado) al sistema de la "acusatio" (acusación popular y sentencia a cargo del Estado).

Durante el Imperio se aumentan las facultades estatales y el magistrado toma a su cargo los pasos del proceso penal: acusación, aporte de pruebas y sentencia "COGNITIA EXTRAORDINARIA"

También en este derecho es subjetivo, se distinguió entre delito doloso y culposo; se desarrollaron doctrinas de imputabilidad y culpabilidad y se admitió la analogía

Derecho penal germanico:

Existió la venganza "blutacho" o venganza de la sangre; tenía carácter colectivo

También existía la pérdida de la paz, posteriormente surge la composición

Es un derecho objetivo.

Con respecto al proceso penal se destacaron dos medios de prueba: el juramento y el juicio de Dios con el combate judicial y la prueba de fuego, en éste se sometía al acusado a una prueba y si salía triunfante era porque Dios lo había ayudado.-

Derecho Penal Canonico

Alcanzó esplendor en la época de los Papas Gregorio VII, Alejandro III e Inocencio III.

Afirmó la naturaleza pública del Derecho penal sostenida por el Derecho Romano.

El poder punitivo se ejercía en nombre de Dios.

Confundió lo ilícito con lo inmoral o el pecado, considero delito actos que si bien atacaban las ideas de la Iglesia no afectaban la vida civil como la herejía.

Desconoció el principio de reserva, y el poder de los jueces careció de limites.

Implantó la Tregua de Dios (especie de asilo otorgado por los templos)lo cual limitó a la venganza privada porque violar la tregua era considerado Sacrilegio

Tenía carácter subjetivo ya que se aplicó los principios romanos de la imputabilidad y de la culpabilidad

No ejecutaba las penas de muerte ni de mutilación cuando correspondiesen se entregaba al condenado a las autoridades legislativas.-

Derecho penal europeo hasta mediados del siglo XVIII.

Con la caída del Imperio Romano de Occidente (Edad media) se produce la fusión del Derecho Romano con el Germánico y el Canónico y comienza una evolución que desemboca en la Recepcion Del Derecho Romano en donde se vuelven a estudiar el dcho. Romano y se incorporan (recepcionan) las instituciones del mismo a las legislaciones de los pueblos europeos.

Año 1.100 a 1.250 surgen en Italia los Glosadores juristas que estudian y aclaran los textos romanos especialmente el Justiniano.

1.250 a 1.450 los Postglosadores estudian profundamente el Derecho Romano, preparan el camino del reconocimiento del este derecho y el de la recepción .

Posteriormente los trabajos se hacen más amplios y sistemáticos, destacándose Julio CLARO 1525-1575 Y Próspero Farinaccio 1544-1616

Recepcion En España

Se manifestó con Las Siete Partidas Del Rey Alfonso X (1256-1265)

Aquí se establece el carácter público del Derecho Penal , la existencia de personas inimputables; la distinción entre hechos culposos y dolosos y la existencia de una categoría de hechos justificados Ej. caso fortuito; las penas para los delitos eran muy severas, había disposiciones que establecían el tormento y la forma de aplicarlos.

Recepcion En Alemania

La Bambergenesis fue una ordenanza criminal, preparada por Schowarzemberg 1507.

La Carolina por ella se logra una efectiva afirmación del carácter estatal de la actividad punitiva y se da fijeza al derecho penal.

Fue elaborada en las Dietas de Augsburg 1530 y de Regensburg 1532 y surgió de varios proyectos cuya base fue la Bambergenesis y estuvo vigente desde 1532 año en que la aprobó Carlos V hasta 1870.

Cuenta con 219 artículos, 70 son sobre derecho penal; prodiga la pena

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