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Derecho Agrario


Enviado por   •  6 de Marzo de 2015  •  871 Palabras (4 Páginas)  •  176 Visitas

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1.-DEFINA LA PEQUEÑA PROPIEDAD.- Es la superficie de tierras agrícolas, ganaderas o forestales cuya propiedad cuya propiedad recae en un solo individuo, y sin que exceda los límites permitidos por la ley artículos 115 y 116 de la Ley Agraria.

2.-QUE SE ENTIENDE POR TIERRAS AGRICOLAS.- Son los suelos utilizados para el cultivo de vegetales.

TIERRAS GANADERAS.- Los suelos empleados para la producción y cría de animales mediante el uso de su vegetación, sea esta natural o industrial.

TIERRAS FORESTALES.- Son los suelos empleados para el manejo productivo de bosques y selvas.

3.-AQUE SE LE LLAMA PEQUEÑA PROPIEDAD FORESTAL.- Es la superficie de tierras utilizadas para el manejo productivo de bosques, de cualquier clase, que no exceda de 800 hectáreas art 119 de la ley agraria.

4.-DEFINA LA PEQUEÑA PROPIEDAD GANADERA.- Es la superficie destinada para la producción y cría de animales mediante el uso de su vegetación ya sea natural o inducida y de acuerdo con el coeficiente de agostadero ponderado de la región no exceda de la necesaria para mantener hasta 500 cabezas de ganado conforme a las equivalencias que publique la secretaria de agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación art 120 de la ley agraria.

5.-QUIEN DETERMINA EL COEFICIENTE DE AGOSTADERO.- La secretaria de agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación expedirá certificados en los que conste la clase o coeficiente de agostadero de sus tierras.

6.-CONCEPTUE LOS TERRENOS BALDIOS.- De conformidad con la ley agraria los baldíos son los terrenos de la nación que no han salido de su dominio por título legalmente expedido y que no han sido deslindados ni medidos art 157 de la ley agraria.

7.-DEFINA LOS TERRENOS NACIONALES.- Son los terrenos baldíos destinados y medidos de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley, así como aquellos terrenos que recobre la nación en virtud de nulidad de los títulos que respecto de ellos se hayan otorgado art 158 de la ley agraria.

8.-SEÑALE QUE AUTORIDAD ESTA FACLTADA PARA ENAJENAR LOS TERRENOS NACIONALES.- La secretaria de la Reforma Agraria.

9.-QUIEN EMITIRA EL AVALUO SOBRE TERRENOS NACIONALES.-El comité técnico de valuación de la secretaria.

10.-EN CASO DE CONTROVERSIA RESPECTO DE LOS ASUNTOS DE LAS COLONIAS AGRICOLAS Y GANADERAS, ¡QUIEN ES LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL COMPETENTE PARA RESOLVERLA?. Los tribunales agrarios (tribunal unitario agrario).

1.-PRECISE EL CONCEPTO DE UNION DE EJIDOS.-Debe entenderse como el vínculo jurídico estable y voluntario al cual los núcleos agrarios se subordinan o quedan subordinados al interés común al ejercer una actividad económica, y cuyo fin consiste en la disciplina total o parcial por medio de una organización colectiva de dicha actividad, que ejerce individualmente cada ejido.

2.-CUAL ES EL OBJETO DE LA UNION DE EJIDOS.- Comprenderá la coordinación

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