Derecho Civil - Patrimonio.
Enviado por Samuel González • 30 de Mayo de 2016 • Tarea • 956 Palabras (4 Páginas) • 343 Visitas
Se dice que el patrimonio son todos los derechos y obligaciones de una persona apreciables en dinero, los elementos del patrimonio se dividen en dos activos y pasivo. En el elemento activo podemos decir que se encuentra todos los bienes y derechos apreciables en dinero, mientras que en el pasivo se encuentran las obligaciones y cargas. El conjunto de bienes, derecho, obligaciones y cargas conforman un patrimonio. Como mencione anteriormente, el conjunto de bienes, derechos, obligaciones y cargas de una persona apreciables en dinero, constituye una universalidad jurídica, un patrimonio se presenta como único e indivisible acaparando todo los bienes presentes como los bienes futuros y derechos y obligaciones futuros, porque el concepto de universalidad se extiende en tiempo y espacio. En la teoría del patrimonio la ley dice y afirma que es la encargada y reconoce y regula el destino o fin de los bienes logrando su protección o continuidad. Los derechos pueden ser patrimoniales o no patrimoniales, se dice que son patrimoniales todos aquellos derechos que sean susceptibles en dinero, y no patrimoniales aquellos que no puedan apreciarse pecuniaramente. El derecho real es el que tiene una persona sobre una cosa u objeto como facultad de tener o exigir, en sus elementos podemos ver la existencia del poder jurídico, como la forma de ejercicio en relación directa como el titular y la cosa, entre otros que no recuerdo detalladamente. El derecho personal es más que nada y sencillamente el derecho que tiene uno como persona de exigir un derecho. Los bienes viéndolo como punto de vista en el ámbito jurídico, la ley entiende por bien todo aquello que pueda ser objeto de apropiación. Desde el punto de vista económico, bien es todo aquello que pueda ser útil al hombre. Si los bienes no pueden ser objeto de apropiación, aun siendo útil al hombre no lo será desde el punto de vista jurídico, en la naturaleza existen una inmensa cantidad de bienes que no pueden ser objeto de apropiación. Se dice que son objetos de apropiación todos los bienes que no están excluidos del comercio. La clasificación a los bienes, relativas a las cosas personales o corporales o relativas a los bienes en general siendo este el que abarque más las cosas o bienes corporales, como los incorporales o derechos. Los bienes corporales se dividen en tres, fungibles y no fungibles, consumibles y no consumibles, bienes con dueño cierto y conocido y bienes sin dueño. Los bienes fungibles son aquellos que pueden remplazarse por otra cosa con un mismo valor al remplazo, y los no fungibles son los que no pueden estimarse su valor por lo tanto no pueden remplazarse por otro. Los bienes consumibles son aquellos que se acaban en su primer uso un ejemplo muy claro es la comida ya que una vez consumido no puedes volver la a consumir, y los no consumibles son aquellos que después de una primera vez usados puedes volverlos a usar, por ejemplo la ropa. Los bienes de dueño cierto
...