Derecho Civil
Enviado por yameili • 17 de Enero de 2014 • 334 Palabras (2 Páginas) • 258 Visitas
Tema I - Las Personas
1.1 Definición de “persona”.
En el lenguaje cotidiano, la palabra persona hace referencia a un ser con poder de raciocinio que posee conciencia sobre sí mismo y que cuenta con su propia identidad.
En el ámbito del derecho, una persona es todo ente que, por sus características, está habilitado para tener derechos y asumir obligaciones.
1. 2 Que es la persona en sentido jurídico.
Las personas jurídicas o morales son aquellos entes que, para llevar a cabo ciertos propósitos de alcance colectivo, están respaldados por normas jurídicas que les reconocen capacidad para ser titulares de derechos y contraer obligaciones.
1.3 Clasificación de las personas.
Las personas se pueden clasificar en:
personas Jurídicas De Derecho Público: Las personas jurídicas de derecho público son las que emanan directamente del Estado y que gozan de derecho de potestad pública y establecen relaciones de subordinación, y tienen por fin la prestación de los servicios públicos y la realización, en el más actual derecho, de ciertas actividades de carácter comercial.
Personas Jurídicas de Derecho Privado: Las personas Jurídicas de Derecho Privado son las que tienen origen en la iniciativa y actividad de las particulares (iniciativa privada) con las finalidades más o menos amplias de conformidad con lo que al respecto señale la ley.
1.4 Capacidad de goce y ejercicio de la persona.
• Capacidad de goce: es la idoneidad que tiene una persona para adquirir derechos.
• Capacidad de ejercicio: es la idoneidad de una persona para ejercer personalmente esos derechos.
1.5 Inicio de la personalidad.
Las diferentes doctrinas coinciden en afirmar que el inicio de la personalidad del ser humano es al momento en que éste tiene una vida independiente. Ahora bien, estos criterios se desunifican a la hora de determinar cuándo una persona adquiere esa vida independiente. Es importante mencionar que cuando se hace referencia a la vida humana, se consideran dos facetas: el nacimiento y la muerte. La personalidad humana existe y produce sus efectos desde el mismo momento de la concepción, siempre y cuando el hijo nazca vivo y en algunas legislaciones se exige que nazca vivo y viable
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