Derecho De La Mujer
Enviado por Cibo • 28 de Julio de 2013 • 1.882 Palabras (8 Páginas) • 325 Visitas
Derecho
Analice como mínimo dos conceptos de Derecho Procesal Penal y elabore uno con sus propias palabras.
El Derecho procesal penal es una rama del Derecho público interno, la acción es pública, y la actividad jurisdiccional corresponde al Estado.
Florian presenta el derecho procesal penal como "el conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso", y considera que éste, a su vez, es "el conjunto de actos mediante los cuales se provee, por órganos fijados y preestablecidos en la ley, y previa observancia de determinadas formas, a la aplicación de la ley penal en los casos singulares concretos, o sea, se provee a la definición de una concreta relación de derecho penal''
Para Sabatini el derecho procesal penal puede ser definido como "el conjunto de las normas jurídicas que disciplinan y regulan el proceso penal"
Según Vannini, el derecho procesal penal es aquella rama del derecho público que fija los presupuestos y disciplina la actividad preparatoria y la actividad esencial de la función jurisdiccional penal ^.
Mi concepto: es el conjunto que abarca aquellas disposiciones estatales que regulan la función aplicativa del Derecho Penal
b) Establezca las características de un proceso penal.
Proceso Penal
Cuando la resolución de los conflictos de intereses se refiere a situaciones reguladas por normas de Derecho penal, estamos ante el proceso penal o proceso criminal. Este tiene por objeto la aplicación coactiva de las normas jurídicas penales. La columna vertebral de la regulación del proceso penal es la denominada ley procesal penal, ley rituaria penal, ley adjetiva penal y, más exactamente, ley de enjuiciamiento criminal. Estas normas fundamentales se complementan con disposiciones especiales del mismo o de inferior rango; por encima de todas ellas, se eleva la cúpula de la normativa constitucional, que establece los principios inspiradores de toda la normativa aplicable. El conjunto normativo, junto con la jurisprudencia y la doctrina que se ha ido elaborando, constituye la rama jurídica conocida como Derecho procesal penal.
c) Formule su propia definición de justicia.
Cuando llamamos justo algo, con esto queremos denotar que se trata de algo moralmente bueno. Algo moral, en tanto en cuanto viene en cuestión solamente la justicia allí donde opera la voluntad humana.
Es característico para la justicia el hecho de que con este vocablo no sólo se designa una voluntad humana, una intención, una «virtud» sino también relaciones, estructuras e instituciones creadas por los hombres.
La idea de la justicia no pertenece a la ética de la persona, sino a la ética de las ordenaciones o instituciones.
d) Identifique las diferencias entre proceso y procedimiento penal.
El Derecho Procesal Penal determina procedimientos para actuar el Derecho Penal.
existe la tendencia de equiparar por sinonimia los conceptos de proceso y procedimiento, cuando en realidad la figura jurídica corresponde al total objetivo del mecanismo judicial por intermedio del cual se llega en definitiva a la averiguación de Hecho que se reputa criminoso con identificación del imputado y su participación o no en el mecanismo de su producción, mientras que la acepción procedimiento corresponde a la enumeración y ordenamiento de todos aquellos actos que debe cumplir necesariamente la judicatura para realizar los fines a que se refiere la figura del proceso pre-analizada. Es así, pues, que el proceso puede decirse que se integra de diversos procedimientos, como los que deben cumplirse en primera instancia, en segunda instancia o en casación, cada uno de los cuales, no obstante la diversidad de producción que les adjudica la norma, son integrantes comunes del llamado proceso penal.
Los términos proceso y procedimiento, el primero se refiere al conjunto de actos que son necesarios, en cada caso, para obtener el pronunciamiento de una sentencia, en tanto que procedimiento es cada una de las fases o etapas que el proceso puede comprender.
Naturaleza jurídica del Derecho Procesal Penal
A través de las antiguas denominaciones, "praxis", "ordines judiciales", práctica, procedimientos, "procédure" (en Francia), "procedura" (en Italia), la de procedimientos es la que más se generalizó, a veces con el agregado de "judiciales", tanto para designar la materia en las universidades como para denominar los códigos
Pero se debe insistir en que la palabra "procedimiento" no comprende SÍQO una parte de la materia, de donde la más correcta denominación es la de "derecho procesal", superior por supuesto a la de "derecho judicial", que implicaría una atención mayor de la organización judicial que del proceso,
Naturaleza jurídica
Podemos entrar a considera la controvertida cuestión que se plantea entorno a su naturaleza jurídica, respecto a la cual la doctrina no ha arribado a una solución que esté exenta de críticas y que sea aceptada por unanimidad.
La dilucidación de este tema corresponde a la teoría general del proceso, que es común para el civil y el penal. La determinación de la naturaleza jurídica del proceso ha sido un problema al que han prestado preferente atención los procesalistas civiles, quienes han elaborado diversas doctrinas referentes al proceso civil que luego se han trasladado al ámbito del proceso.
Actividad de auto aprendizaje No. 2
1. Lea comprensivamente el texto auto formativo y señale los fundamentos por los cuales se establece que el derecho procesal penal es una rama del Derecho Procesal en General y en especial de Derecho Público.
El proceso penal prolonga el derecho constitucional, dando vida y haciendo efectivos sus preceptos en cuanto representan una garantía de la libertad y afirman la personalidad humana. Los derechos y garantías establecidos en la Constitución carecerían de todo valor y serían ilusorios si no existiesen las leyes procesales que reglamentan su ejercicio y su existencia. Por eso el derecho procesal penal es una rama del derecho púbico interno, la acción es pública, y la actividad jurisdiccional corresponde al Estado.
2. Analice y responda por qué el estado tiene doble intervención a través de órganos distintos
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