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Derecho Fundamental Medio Ambeinte


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2014  •  2.280 Palabras (10 Páginas)  •  187 Visitas

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Pregunta: “El medio ambiente como derecho fundamental. Problemas y mecanismos para garantizar su eficacia jurídica”.

Título

Tensiones del derecho humano al medio ambiente sano, el desarrollo económico y la transición cultural para desarrollar las políticas de protección ambiental.

Introducción

Partiendo del hecho de que somos ciudadanos y ciudadanas que decidimos convivir en un territorio por medio de un acuerdo social que otorga los parámetros en qué se desarrolla ese relacionamiento, podemos afirmar que en la constitución actual de nuestras sociedades y en el marco legal y jurídico de nuestro ordenamiento constitucional y político existen unos intereses que priman por encima de los personales o particulares, es decir, que la construcción de una conciencia colectiva pasa por entender que existen unas necesidad comunes que nos unen e invitan a trabajar mancomunadamente por defender unos bienes, unos derechos, unas ideas que tienen un carácter metafísico y material con características de infinitud, inabarcabilidad, perennidad y en general un contexto en el que es menesteroso entender que es vital la existencia de ese esfuerzo común en pro de la creación y/o fortalecimiento de esta conciencia, dado que solo de esa manera podremos hablar y generar un discurso sobre la protección de los derechos ambientales que estén en un marco local o nacional, global o internacional, o en los diferentes matices y propuestas alternativas que existen por parte de comunidades minoritarias; lo que nos lleva a asimilar que de todas formas en el mundo del discurso si existen unos puntos en los que hay acuerdos, pero lo que varía es la intencionalidad y la forma de cómo llegar a conseguir los fines de protección ambiental por ejemplo, que se encaminen a la real y eficaz protección de un bien superior: del derecho fundamental al medio ambiente sano.

Creemos que la noción de la construcción del derecho al medio ambiente sano, necesariamente pasa por el entendimiento de la integralidad y complejidad del ser humano en cuanto tal, pues en las redes de relacionamiento que existen en cada persona podemos afirmar que hay una relación consigo mismo, con el otro ser humano, con otros seres vivos y por ello con todo el planeta, en la medida en que todos los seres vivos constituimos una única matriz de vida que por determinadas razones científicas está interconectada, ese es el funcionamiento básico de un ecosistema, y en ese sentido también todos los ecosistemas están interrelacionados en una armonía que se traduce en los ciclos vitales que constantemente existen y se recrean en nuestra realidad, entender esta dinámica nos hace reflexionar sobre la perspectiva del derecho humano al medio ambiente sano, pues estamos pensando en el bien-estar de la humanidad a partir de la protección de los –bienes- naturales que nos rodean, es decir, de toda la complejidad que intentamos definir anteriormente, pero ello tiene una grave connotación y es que esa perspectiva no es suficiente, pues toda la naturaleza y todo el planeta tierra no está única y exclusivamente en función del hombre, en sus ciclos naturales no hay ninguna distinción y por lo tanto no hay una primacía de una u otra especie, por lo cual nos parece injusto plantear una serie de derechos que protegen al medio ambiente pero que en últimas se habla es de la protección y/o supervivencia del hombre como tal; reafirmamos, esto desde la postura de entender el derecho al medio ambiente sano como un derecho humano que fue diseñado para proteger entre otros derechos conexos, el de la vida o la salud. En concordancia con esa idea nos permitimos afirmar que a la construcción de ese derecho le hace falta una parte, y es la postura que se podría hacer intelectualmente desde la perspectiva misma de la naturaleza, pues planteamos el siguiente ejemplo: en la inmensa amazonia donde existen miles de hectáreas de bosques hay muchos lugares en los que no hay presencia de comunidades indígenas y por lo tanto no hay presencia de hombres, lo cual deja en una evidente desprotección a todo ese ecosistema que no ha tenido un contacto o directo relacionamiento con el hombre y por lo tanto deja de protegerse este derecho fundamental del que hablamos en el caso en que llegue un megaproyecto hidroeléctrico por ejemplo y necesite arrasar con una buena parte del ecosistema amazónico para poder desarrollarlo.

Queremos decir entonces, que concebimos este derecho desde dos dimensiones, la de la vivencia y protección propia del ser humano y la humanidad en cuanto tal y la de los ciclos y dinámicas naturales de los ecosistemas que componen a nuestro planeta, es decir, propia del planeta y su riqueza de bienes naturales.

Argumentos desarrollados

En ese contexto planteado, vemos que no es fácil desarrollar y materializar los mecanismos legales vigentes de una sociedad para la protección integral de los ecosistemas que lo requieren, por la complejidad que representa en primera medida entender el relacionamiento que existe entre el hombre, el desarrollo de su sociedad y el equilibrio de la naturaleza, en los últimos tiempos se ha venido creando el discurso del desarrollo sostenible que ha planteado varias disyuntivas como la de definir si prima tener una hidroeléctrica que beneficiará a un municipio con la distribución del bien natural del agua, claramente, en la dinámica del negocio mercantil o si no se quiere tener ese proyecto defendiendo las dinámicas de relacionamiento que tienen las comunidades locales con el río y defendiendo por ejemplo –en los caso en que exista- el acueducto comunitario de la zona.

Como lo menciona el maestro Leff en una de sus intervenciones: “El discurso del desarrollo sostenible y la legislación ambiental no es el plasma de unos derechos unívocos e incontrovertibles, de una nueva era de la solidaridad ecológica y social. Los conflictos ambientales emergen del conflicto de intereses y estrategias diferenciadas de apropiación y aprovechamiento de la naturaleza en la era de la globalización económico-ecológica.” Esto quiere decir que la existencia en la carta de derechos de la protección del medio ambiente no nace por la sana e inocente idea de garantizar condiciones naturales buenas, sino por las tensiones generadas por el desarrollo de políticas económicas orientadas por la globalidad y necesidades financieras del capitalismo internacional, cuyas estrategias han sido precisamente crear y diseñar discursos que protegen y agresivamente defienden a la naturaleza, pero en un contrasentido están apoyando políticas industriales a gran escala que destruyen la vida de muchos ecosistemas a nivel global.

Creemos por otra parte que un problema que impide que la normatividad ambiental en el caso colombiano tenga efectividad y pueda

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