Derecho Fundamental Del Medio Ambiente
Enviado por sergiogonsalez • 12 de Noviembre de 2014 • 5.447 Palabras (22 Páginas) • 274 Visitas
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL EN LA PROTECCIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL DEL MEDIO AMBIENTE
II.PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1. EL PROBLEMA DE INVESTIGACION
1.1.1.- Enunciado del problema.
El Tribunal Constitucional del Perú, estableció línea jurisprudencial sobre el Derecho Constitucional Ecológico y derecho fundamental del medio ambiente, por lo que, con el proyecto de investigación socio jurídica deberá explicar el siguiente enunciado:
¿Por qué, el Tribunal Constitucional del Perú, al establecer una posición constitucional en la protección del derecho fundamental del medio ambiente, como bien público, perjudica el desarrollo normativo en las Comunidades Campesinas y Comités de Riego que consideran como bien comunitario, en el cual, se prefiere la comunidad frente al individuo en la protección del medio ambiente, conforme al principio jurídico: pluralismo, tolerancia y la diversidad cultural?
1.1.2.- Interrogantes.
a) ¿Por qué, la posición del Tribunal Constitucional Peruano, en la protección del derecho fundamental del medio ambiente, se enmarca en el enfoque de bien público?
b) ¿Por qué, en la comunidad campesina y Comité de Riego, en la protección del derecho fundamental del medio ambiente, contiene el enfoque de bien comunitario?
c) ¿Qué efecto causa el desarrollo jurisprudencial del Tribunal Constitucional del Perú, en la protección del medio ambiente, como bien público a diferencia del enfoque de bien comunitario en la protección del medio ambiente en la Comunidad Campesina y Comité de Riego?
JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
Criterio teórico.
En ese sentido, el proyecto de investigación socio jurídica se justifica, por cuanto, el derecho positivo normativista- texto constitucional y la línea
jurisprudencial del Tribunal Constitucional Peruano - prefirió en la labor argumentativa en la protección del derecho fundamental del medio ambiente, en el marco de una concepción del bien público a diferencia de la Comunidad Campesina y Comité de Riego, en el cual, se advierte como el desarrollo normativo, en el marco de una concepción de bien comunitario en la protección del medio ambiente, por lo que, con el proyecto de investigación socio jurídica, se establecerá los criterios teóricos y empíricos en la comprensión jurídica en la protección del medio ambiente, conforme al principio jurídico: pluralismo, tolerancia y la diversidad cultural, al mismo tiempo, cooperar al Tribunal Constitucional del Perú, con el criterio de interpretación constitucional legítima, valida y complementaria en la comprensión normativa en la protección del medio ambiente.
Utilidad social.
Por otro lado, a nuestra consideración tiene utilidad social la investigación cualitativa, por cuanto, el desarrollo jurisprudencial del Tribunal Constitucional del Perú, sobre el Derecho Constitucional Ecológico, ha optado por una comprensión normativa restrictiva en la protección del medio ambiente, consecuentemente, a nuestro concepto, el Tribunal Constitucional, debe consolidar su línea jurisprudencial, con un criterio de interpretación constitucional amplio en la protección del medio ambiente en las comunidades campesinas y comités de riego, por ende, es necesario generar el marco normativo que posibilite el trato diferenciado a determinados grupos sociales, otorgándoles ventajas, incentivos o, en general, tratamientos más favorables - discriminación positiva – de esa forma facilitar la inclusión jurídica para fortalecer el desarrollo normativo en la Comunidad
Campesina y Comité de Riego, en el marco del pluralismo jurídico
III.- OBJETIVOS
Explicar los fundamentos constitucionales en la protección del derecho fundamental del medio ambiente, como bien público, según el Tribunal Constitucional del Perú.
Explicar los fundamentos constitucionales, en la protección del derecho fundamental del medio ambiente en la Comunidad Campesina y Comité de Riego, como bien comunitario.
Comparar el efecto que causa el desarrollo jurisprudencial del Tribunal Constitucional del Perú, en la protección del medio ambiente, como bien público a diferencia del enfoque de bien comunitario en la protección del medio ambiente en la Comunidad Campesina y Comité de Riego.
Metas: Promover la protección del derecho fundamental del medio ambiente.
IV.- MARCO TEORICO Y CONCEPTUAL
4.1. Conceptos básicos
Niveles de exigibilidad de los derechos sociales. A nuestra consideración, a las
comunidades campesinas y comités de Riego, les asiste el derecho subjetivo de exigibilidad social directa hacia el Estado, en la protección del derecho fundamental del medio ambiente, en ese sentido, es oportuno señalar la afirmación sostenida por el jurista Abramovich, quien estableció cuatro "niveles" de obligaciones: obligaciones de respetar, obligaciones de proteger, obligaciones de asegurar y obligaciones de promover el derecho. Veamos:
"Las obligaciones de respetar se definen como el deber del Estado de no injerir, obstaculizar o impedir el acceso el goce de los bienes que constituyen el objeto del derecho. Las obligaciones de proteger consisten en impedir que terceros interfieran, obstaculicen o impidan el acceso a esos bienes. Las obligaciones de asegurar suponen asegurar que el
titular del derecho acceda al bien cuando no puede hacerlo por sí mismo. Las obligaciones de promoverse caracterizan por el deber de desarrollar condiciones para que los titulares del derecho accedan al bien. Ninguno de estos niveles puede caracterizarse únicamente a través de las distinciones obligaciones positivas/obligaciones negativas, u obligaciones de resultado/obligaciones de medio, aunque ciertamente las obligaciones de respetar están fundamentalmente ligadas a obligaciones negativas o de abstención, y las obligaciones de proteger, asegurar y promover involucran un mayor activismo estatal, y por ende, un número mayor de obligaciones positivas o de conducta. Este marco teórico, entiende van Hoof, refuerza la unidad entre los derechos civiles y políticos y los derechos económicos, sociales y culturales, pues los distintos tipos de obligaciones estatales pueden ser hallados en ambos pares de derechos"[1]
Concepto de Medio Ambiente. Por otro lado, si bien es cierto que, en la doctrina
ambiental, se advierte una concepción restringida
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