Derecho Laboral
Enviado por Obed Alonso Perez • 6 de Noviembre de 2013 • 852 Palabras (4 Páginas) • 307 Visitas
Procesos Laborales
A continuación, mencionaremos brevemente, las etapas en que se desarrolla cada uno, no sin antes advertir que todos en común, entrañan una fase probatoria, cuyas disposiciones generales, las encontramos en los artículos 776 a 836 y las formalidades en materia de comunicación procesal, codificadas en los numerales 739 a 752 del mismo cuerpo normativo.
En ese orden de ideas y conforme a lineamientos de la Ley en mención, tenemos:
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
Su marco legal, está en los artículos 870 a 891 y sus etapas son:
Primera, comprende la presentación de la demanda, auto de recepción a trámite y por último, notificaciones, traslado y emplazamiento (artículos 870 a 873, así como 742 fracción 1 y 743);
Segunda, audiencia de conciliación, demanda, excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas (artículos 874, 876, 878 y 879);
Tercera, desahogo de pruebas (artículos 880 a 885);
Cuarta, cierre de instrucción (artículo 885);
Quinta, etapa resolutiva (artículos 885 a 891).
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
Su marco legal está en los artículos 892 a 899 y se aplica en los casos especificados en el numeral 892. Sus etapas procesales son:
Primera, comprende la presentación de la demanda, auto de recepción a trámite y por último, notificaciones, traslado y emplazamiento (artículos 893, 894 Y 896, así como 742 fracción 1 y 743);
Segunda, celebración de la audiencia de conciliación, demanda, excepciones, pruebas, alegatos y resolución (artículos 895, en relación con los numerales 894, 896 y 899).
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
El marco legal de la huelga, en lo sustantivo, está en los artículos 440 a 471, en el entendido de que, están derogados del 452 al 471, excepto, 459, 466 Y 469. Y en lo procesal, se ubica en los numerales 920 a 938. Sus etapas de procedimiento, muchas de carácter contingente, son:
Primera, comprende: Presentación del pliego petitorio con emplazamiento a huelga, acuerdo de recepción a trámite, notificaciones y traslado de ley (artículos 920 y 921, así como 742 fracción 1 y 743).
Segunda, respuesta al pliego petitorio (artículo 922);
Tercera, audiencia de conciliación (artículo 926);
Cuarta, estallido de la huelga o sea, suspensión de los trabajos por el sindicato emplazante (artículos 440 y 920). Las que siguen, son contingentes, dependiendo de la materialización de esta.
Quinta, solicitud de que se declare huelga inexistente (artículo 929 y 930 fracción 1) también comprende el acuerdo de recepción a trámite, así como notificación y traslado (artículos 930 fracción 11, 742 fracción 1 y 744),
Sexta, audiencia (artículo 930 fracciones III a VI);
Séptima, diligencia de recuento, en caso de haberse ofrecido esa prueba (artículo 931);
Octava, audiencia accesoria del recuento, en caso de
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