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Derecho Laboral


Enviado por   •  27 de Octubre de 2013  •  1.075 Palabras (5 Páginas)  •  360 Visitas

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Ley jurídica

La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.

Promulgación y publicación

La promulgación es un acto formal y solemne, realizado por el jefe de Estado, a través del cual se atestigua la existencia de una ley, a la vez que ordena hacer cumplir dicha promulgación, dándole a la misma fuerza ejecutiva y carácter imperativo. A su vez, la publicación es el acto consistente en dar conocimiento público del contenido de la ley, u otra norma jurídica, a la ciudadanía.

En la actualidad, en la mayoría de los sistemas jurídicos, se realiza la distinción conceptual entre "promulgación" y "publicación". Sin embargo, en el pasado tales términos eran considerados sinónimos.

Promulgación

La promulgación, como sostenía Baudry Lacantinerie, es la "partida de nacimiento" de la ley, por cuanto le da existencia cierta, auténtica y la reviste de fuerza coercitiva. Es una atribución propia de los jefes de Estado: reyes, presidentes u otros.

Publicación

La publicación es el medio utilizado para dar a conocer el texto de la ley u otra norma jurídica (como un reglamento o sentencia judicial con efectos erga omnes) a los habitantes de un país. Se realiza mediante la inclusión del texto de la norma en el periódico oficial.

Derogación

Se denomina derogación, en Derecho, al procedimiento a través del cual se deja sin validez a una disposición normativa, ya sea de rango de ley o inferior. La derogación es, por tanto, la acción contraria a la promulgación.

En general se puede decir que tienen poder de derogar normas todos aquellos órganos que tienen poder para promulgarlas. Por lo tanto, el poder legislativo puede promulgar y derogar normas con rango de ley, al igual que el poder ejecutivo puede promulgar y derogar normas con rango reglamentario.

Sin embargo, también existe en algunos ordenamientos jurídicos la figura del legislador negativo, que consiste en un órgano que tiene la capacidad de derogar normas, pero no de promulgarlas. Sería el caso de un Tribunal Constitucional con respecto a aquellas leyes que entienda que vulneran la Constitución vigente en el país.

Decreto

Un decreto es un tipo de acto administrativo emanado habitualmente del poder ejecutivo y que, generalmente, posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes.

Esta regla general tiene sus excepciones en casi todas las legislaciones, normalmente para situaciones de urgente necesidad, y algunas otras específicamente tasadas.

características de un código

Entre las principales características de un Código podemos citar las siguientes:

1. Casi siempre regulan sólo una rama del derecho.

2. Generalmente tienen título preliminar.

3. Son cuerpos legales muy conocidos entre los juristas.

4. Su redacción casi siempre es encargada a una Comisión de Jurisconsultos y Especialistas en la rama del derecho que regula el Código, para su posterior discusión, revisión y aprobación.

5. Constituyen una de las normas de mayor importancia dentro del sistema jurídico.

6. Son redactados utilizando la técnica legislativa mas depurada.

7. Deben ser redactados tomando en cuenta la realidad social del territorio en el cual tendrá vigencia, la legislación nacional, la legislación de otros Estados, la doctrina, la jurisprudencia y la Costumbre.

8. En la mayor parte de ellos, se introduce y suprime instituciones al ordenamiento jurídico.

9. En el Estado

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