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Derecho Laboral


Enviado por   •  22 de Octubre de 2013  •  1.521 Palabras (7 Páginas)  •  329 Visitas

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DERECHO LABORAL

El derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador, trabajador, las asociaciones sindicales y el Estado. El Derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana lícita y prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.

El fenómeno social del trabajo genera unas relaciones asimétricas entre las partes contratantes, en las que existe una parte fuerte (el empleador) y una parte débil (el empleado). Por ello, el Derecho laboral tiene una función tuitiva con respecto al trabajador, tendiendo sus normas a restringir la libertad de empresa para proteger a la parte débil frente a la fuerte, y persiguiendo así fines de estructuración social tutela.

El articulo 153 y sus apartados 25 regulan el derecho al trabajador

Donde nos menciona; la capacitación o el adiestramiento del trabajador, el derecho que tiene el patrón ante su empleado, actualizaciones, nivel del trabajo….

Derechos de preferencia, antigüedad y ascenso

Articulo 154. Los patrones estarán obligados a preferir en igualdad de circunstancias a los trabajadores mexicanos

TRABAJADOR:

Persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.

Artículo 10 PATRON:

Personafísicaomoralquecontratalosserviciospersonalesdeterminadosdeunapersonadenominadatrabajador, mediante un sueldo y por un periodo de terminado.

Artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo

Intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.

Articulo 58 JORNADA DE TRABAJO Tiempo durante el cual el trabajo s / que pueda exceder de los máximos legales. Ambos podrán repartir las horas de trabajo a fin de permitir a los trabajadores reposar los sábados x la tarde o cualquier modalidad equivalente (Art. 59 º).

• Trabajador y patrón fijaran la duración de la jornada de trabajo s / que pueden exceder de los máximos legales. Ambos podrán repartir las horas de trabajo a fin de permitir a los trabajadores reposar los sábados x la tarde o cualquier modalidad equivalente ( Art. 59º )

-60º La JORNADA DE TRABAJO pueden ser:

-JORNADA HORARIO DUR. MAXIMA

-DIURNA Entre las 6 y 20 hrs. 8 Hrs.

-NOCTURNA Entre las 20 y 6 hrs. 7 Has.

-MIXTA Siempre que el periodo 7 ½ Has.

-Nocturno sea menor de

-(Periodo de 3 ½ hrs. Si excede de

-Tiempo de la Jornada este tiempo, se reputa

-Día. Y Noche) c/ Jornada Nocturna

Articulo 69 a 75 Días De Descanso

69º El trabajador x c /6 días de trabajo disfrutara 1º - de uno de descanso c/goce de salario integro.

• En los trabajos que requieran labor continua, trabajador y patrón fijaron de común acuerdo los días en que 1º debe disfrutar el descanso semanal (70º)

• Se procurara que dicho descanso sea el domingo.

• Si el trabajador tienen que trabajar el domingo, tiene D a una PRIMA ADICIONAL de un 25% (x 1º-) SOBRE EL SALARIO DE LOS DÍAS ORDINARIOS DE TRABAJO (71º).

72º Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de servicio de la semana, o cuando el mismo día o en la misma semana preste Servicios a varios patrones, tiene D a que se le $ la pte. Proporcional del salario de los días de descanso, calculado sobre el salario de los días que hubiera trabajado, o sobre el que hubiese percibido de c/patrón.

92º Los SALARIOS MINIMOS GENERALES.- Regirán p/ todos los trabajadores del área (s) geográfica (s) de aplicación que se determinen Independientemente de las ramas de la actividad económica.

(Profesiones, oficios o trabajos especiales. )

93º Los SALARIOS MINIMOS PROFESIONALES Regirán p/ todos los trabajadores de las ramas de actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales que se determinen, dentro de una o varias áreas geográficas de aplicación.

94º Los Salarios mínimos se FIJAN x una Comisión Nacional integrada x representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno. - misma que puede auxiliarse de las comisiones especiales de carácter consultivo que considere indispensables p/ el mejor desempeño de sus funciones.

• La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y las comisiones consultivas se integrarán en forma tripartita Art. 95º

• Esta Comisión, determinara la entre de la República en Aéreas Geográficas, mismas que estarán constituidas, en los que deba regir un mismo salario Gral.

EL SALARIO MENOR NO debe ser OBJETO de COMPENSACION, DESCUENTO O REDUCCION, salvo en:

• PENSIONES ALIMENTICIAS ( decretadas x autoridad competente )

• PAGO DE RENTAS (cuando al trabajo. Se le dé habitación en arrendamiento .Art. 151 )

• No mayor al 10% de su salario.

• PAGO EN ABONOS P/CUBRIR

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