Derecho Probatorio
Enviado por dorismoramolina • 6 de Junio de 2014 • 1.377 Palabras (6 Páginas) • 346 Visitas
Iniciare mi escrito indicando que sobre la definición de Derecho Probatorio varios autores han efectuado sus aportes y lo definen como:
“Una disciplina que estudia las normas reguladoras de las pruebas procesales. En todo los preceptos contenidos en la Ley, para determinar la certeza o la falsedad de los hechos alegados en sus oportunidades en el desarrollo del proceso” Marina De F (2011)
“La ciencia que estudia las distintas normas reguladoras de las pruebas procesales, en su producción, su fijación, sus características, su procedimiento y su evaluación” Prof. José A Blanco, 2012).
“una disciplina o ciencia que va a estudiar y regular las pruebas en todo el proceso en cualquier estado y grado de la causa, siempre y cuando sea entre la promoción y evacuación de la prueba” Lamar A (2013”).
Apoyándome en estas definiciones considero que el Derecho Probatorio viene a ser la columna fundamental del sistema jurídico adjetivo venezolano el cual esta constituido por un conjunto de Principios Doctrinarios y de normas de Derecho Positivo, que estudian y regulan, respectivamente la actividad de las partes en el Proceso, en la Promoción y realización de los medios probatorios empleados por las partes para sustentar sus proposiciones dentro del proceso.
Esta disciplina se encarga de estudiar y regular las pruebas durante el proceso que va desde la promoción a la evacuación de pruebas, con la finalidad de lograr una verificación social de los hechos; es decir, estudiar la prueba en sus múltiples manifestaciones en el campo del derecho tanto procesal como extraprocesal, logrando así determinar la certeza o la falsedad de los hechos alegados en el desarrollo del proceso.
Ahora bien la naturaleza jurídica del Derecho Probatorio encaja perfectamente dentro del Derecho Procesal que es un Derecho Formal y no sustancial dado que esta constituido por un conjunto de principios jurídicos que han sido producto de todas las concepciones filosóficas, políticas, históricas y sociológicas, las cuales son presentadas parcialmente en normas positivas reguladoras de las pruebas judiciales; también utiliza o se apoya en algunas normas del Derecho Material y finalmente posee naturaleza formal escrita y sus normas tienen carácter procesal.
Ahora bien para que la actividad procesal desarrollada no carezca de sustento es decir posea simientes o basamentos, es necesario que estén presentes los siguientes principios, los cuales se encargaran de regir la actividad probatoria o el Derecho Probatorio, y de facilitar la actividad mental que efectúa el Juez para poder determinar si los hechos se encuentran o están demostrados por los medios o actuaciones realizadas con este objeto.
Dentro de estos principios figuran:
Principio Dispositivo: indica que los jueces tendrán por norte de sus actos la verdad, por lo tanto procurarán conocerla en los límites de su oficio.
Además en sus decisiones atenderán basándose en las a las normas del derecho, a menos que la Ley lo faculte para decidir con arreglo a la equidad; también puede fundar sus decisiones en los conocimientos de hecho que se encuentren comprendidos en la experiencia común o máximas de experiencia.
Principio de comunidad de la prueba: hace referencia a la unidad en cuanto a la actividad procesal, estableciéndola como común a las partes, es decir, una vez que se ha admitido el medio de prueba, esta ya no pertenece a la parte que lo propone, por lo tanto la prueba deberá realizarse y valorarse en la sentencia, al margen de la voluntad de las partes; también la información que sea incorporada, podrá ser igualmente empleada por cualquiera de las partes a fin de sustentar sus pretensiones.
Según este principio las pruebas son las encargadas de crear certeza, indistintamente de la parte que la ofreció, pues las probanzas no tienen como fin beneficiar a algunas de las partes, por lo tanto el benefactor directo es el proceso en sí mismo.
Principio de libertad probatoria: reste principio sostiene que el hombre es un ser en libertad, un ser humano sin posibilidades de hacer y en consecuencia, en libertad para elegir entre esas posibilidades como muy bien señaladas seller, somos
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