Derecho civil Completo para el examen.
Enviado por Alex Mancilla • 11 de Marzo de 2016 • Apuntes • 29.733 Palabras (119 Páginas) • 503 Visitas
Lunes 16 de marzo de 2009
Derecho civil I
Profesor J.C. Rodriguez
Normas de comportamiento en la Sala de clases.
1.- apagar el celular
2.- No se requiere asistencia
3.- La hora de llegada es hasta las 7:20, luego no se puede entrar a la sala.
4.- El nivel de exigencia del curso es alto.
5.- si hay dudas se debe preguntar
6.- Usar un vocabulario adecuado. Ej: las palabras mina o mino están prohibidas (sic)
TEXTOS PARA EL RAMO
Código Civil. (indispensable)
Derecho civil parte general (Carlos Ducci)
CLASES:
Los lunes las imparte el profesor, los jueves el ayudante. Existe continuidad en las materias.
Las pruebas son las fijadas por la escuela. No se cambian las fechas. Eventualmente se hara una prueba recuperativa. Todas son orales y formales.
TEMAS DEL CURSO:
Teoria de la Ley
Teoria de las personas
Teoría de los actos jurídicos
Teoría de la prueba.
En este ramo, a diferencia de Introducción al derecho, no se busca el fundamento u origen de la norma, sino su aplicación y alcance. No interesa tanto la doctrina, como la norma expresa. En ese sentido, esta clase es más positivista, porque se estudia el código, la norma expresa.
MATERIAS QUE ABARCA EL ESTUDIO DEL DERECHO CIVIL.
CIVIL I: Las mencionadas precedentemente.
CIVIL II: Teoría de los bienes y derechos reales
CIVIL III: Teoría general de las obligaciones.
CIVIL IV: Responsabilidad
CIVIL V: Fuentes de las obligaciones.
CIVIL VI: Derecho de Familia
CIVIL VII: Derecho sucesorio.
DERECHO PRIVADO Y DERECHO PUBLICO:
Existen varias teorías para diferenciarlos, de acuerdo a distintos criterios. Aceptaremos la que usa como criterio las relacione que uno y otro regulan. Asi, el derecho publico regula las relaciones entre el estado y los particulares y el derecho privado las relaciones entre los particulares.
Debido a que la situación entre particulares es distinta, la justicia a aplicar en estos dos derechos también es distinta.
Los particulares se relacionan entre si en un plano de igualdad, y si se producen intercambios, las prestaciones tienden a ser equivalentes (synalagma). Por ello, se debe aplicar a sus relaciones una justicia que persiga la equivalencia (justicia conmutativa)
La relación entre estado y particulares no es de equivalencia, sino de superior y súbditos. Lo que busca en este caso la justicia es dar a los iguales lo mismo y a los distintos algo diferente, es decir, una justicia proporcional.
DERECHO PRIVADO: Es el derecho que regula las relaciones entre particulares y que persigue que exista igualdad de euqivalencia que debe presidir los actos de intercambio, para lo cual debe establecer las condiciones y requisitos para que las personas actúen en el mundo jurídico, los bienes que pueden participar en el intercambio y en que condiciones, que es su parte orgánica, y una parte dinámica, que regula el juego de la voluntad entre las partes en los actos jurídicos (limites legales, de orden Publico, buenas costumbres, etc.)
El derecho civil es el derecho privado común y general, porque contiene la base dogmatica de todo el derecho privado y porque contempla instituciones que trascienden por completo el código civil (titulo preliminar).
CARACTERISTICAS DEL CODIGO CIVIL.
El código fue dictado en 1857. En pleno siglo diecinueve. En esa época la mentalidad era distinta y se debe tomar eso en consideración al momento de abordarlo. Ej:
1.- La riqueza se medía por la posesión de tierras. Estas eran los bienes más valiosos y se establece una serie de formalidades para su enajenación. En la actualidad existen, por ejemplo, autos que son diez veces más caros que un departamento y para su tradición solo basta la entrega de las llaves.
2.- La mujer casada en sociedad conyugal era considerada, hasta hace poco, como relativamente incapaz (no trabajaba y no participaba en la vida publica)
3.- La institución de la interpelación hacía a menudo innecesario fijar un plazo para el cumplimiento de las obligaciones. Las personas acostumbraban pagar en cuanto se les requiriera de pago. Actualmente se asocia automáticamente el cumplimiento de la obligación a un plazo fijo.
ESTRUCTURA DEL CODIGO CIVIL
Consta de un mensaje, titulo preliminar, cuatro libros y un titulo final.
TITULO PRELIMINAR: de la ley, su promulgación, efectos de la ley, derecho internacional privado,
Interpretación de la ley, algunos conceptos, derogación de las leyes.
LIBRO PRIMERO: de las personas: define las personas naturales y juiridicas, estado civil, familia, alimentos, etc.
LIBRO SEGUNDO: Los bienes, su dominio, uso y goce
LIBRO TERCERO: De la sucesión por causa de muerte hy las donaciones entre vivos.
LIBRO CUARTO: De las obligaciones en general y los contratos, prescripción adquisitiva y extintiva.
TITULO FINAL, un artículo sobre la observancia de las leyes.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO CIVIL.
SI bien, como ya se dijo, no se abordara el fundamento doctrinario de la norma, existen principios fundamentales que orientan y regulan toda norma civil. Estos principios permiten comprender y apreciar el derecho civil como un todo, como un engranaje y además, entender el sentido real de las instituciones.
Estos principios son:
AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD
PRINCIPIO DE LA RESPONSABILIDAD
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
BUENA FE
1.- AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD: En el fondo, significa hacer lo que uno quiera, sin restricciones.
2.- PRINCIPIO DE LA RESPONSABILIDAD: Si nuestros actos acarrean daño a otro, soy responsable de estos daños y estoy obligado a repararlos (indemnizar).
3.- REPARACIÓN DEL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA: Nadie puede hacerse mas rico sin razón que lo justifique: (esto, porque hacerse rico sin razón implica que al mismo tiempo, alguien se esta haciendo mas pobre sin razón.
4.- BUENA FE: La conciencia de estar actuando correctamente.
...