Derecho del Turismo
Enviado por puentejimmy • 18 de Octubre de 2017 • Tarea • 2.348 Palabras (10 Páginas) • 338 Visitas
| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA |
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Derecho del Turismo
Autor:
Br. Jimmy Puente.
Punto Fijo. Septiembre 2017
INDICE
Introducción.
- Base Constitucional del Derecho de Turismo.
- Evolución Histórica Legislativa e Institucional del Turismo en Venezuela.
- Importancia del Derecho del Turismo.
Conclusión.
INTRODUCCIÓN
Para dar inicio a la elaboración de este trabajo, se podría empezar por dar una breve definición de lo que es el Derecho del Turismo, el cual como todo Derecho, es el conjunto de normas jurídicas que regulan los procesos, actividades y consecuencias que en este caso trata sobre el surgimiento de las relaciones e interacciones entre turistas, proveedores de servicios, gobiernos, comunidades locales, y entornos que se involucran en la atracción y recibimiento de visitantes.
Dado que el Derecho del Turismo se ha implementado para regular y amparar, en el caso de Venezuela, también se la dado una connotación en el desarrollo económico del país. A continuación se va a presentar y explicar la importancia que ha tomado el Derecho del Turismo para nuestro país y las diferentes legislaciones que lo conforman y que a lo largo de los diferentes gobiernos ha ido evolucionando hasta llegar a ser respetado como ley.
Es importante destacar que Venezuela debe estar regido por una legislación que ampara el turismo, ya que al ser un país caribeño, es elegido por visitantes de diversos países, es por esto que se debe buscar que el estado se beneficie y gracias a que se ha creado diversas leyes en pro al desarrollo económico, el turismo se ha vuelto sumamente importante para la nación.
La evolución histórica que ha tenido las leyes en nuestro país ha servido para que el Derecho del Turismo sea visto como una ley de suma importancia, la cual debe ser respetada, ya que de no ser así dará como consecuencias sanciones, por lo tanto este derecho debe ser tomado en cuenta, ya que está regido por la constitución que es la carta magna líder en las legislaciones.
- Base Constitucional del Derecho de Turismo.
Venezuela es un país que ofrece diversidades naturales que pueden ser aprovechadas para el disfrute de todo el que venga a visitarla, es por esto que se deben crear reglamentos para que se respeten y sigan las normativas a la hora de realizar y ofrecer turismo, tanto a los ciudadanos del país como al extranjero visitante.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su sistema socioeconómico establece en su artículo 310. Que, el turismo es una actividad económica de interés nacional prioritaria para el país en su estrategia de diversificación y desarrollo sustentable dentro de las fundamentaciones del régimen socioeconómico previsto en esta constitución, el Estado dictará las medidas que garanticen su desarrollo. El Estado velará por la creación y fortalecimiento del sector turístico nacional
Con esto quiere decir que el turismo es de suma importancia para la garantía y desarrollo económico del país ya que este, trae ingresos productivos para la ciudadanía, por lo tanto el Estado debe garantizar el desarrollo seguro de este, también cabe destacar que el turismo influye en las relaciones internacionales. El artículo 153 de la CRBV: señala las relaciones internacionales, favoreciendo la integración Latinoamericana y Caribeña a la república, esto con el objeto de realizar tratados que promuevan el desarrollo común de las naciones.
Recientemente se ha promulgado una nueva Ley Orgánica de Turismo, mediante el cual se declara a la actividad turística como de utilidad pública y de interés general, atribuyendo a sus normas el carácter de orden público, es decir que no pueden ser desconocidos por convenios entre particulares y además son de cumplimiento y acatamiento obligatorios.
Esta Ley regula la actividad turística mediante el establecimiento de normas que garanticen la orientación y facilitación, el fomento, la coordinación y el control de la actividad turística como factor de desarrollo económico y social del país estableciendo los mecanismos de participación y concertación de los sectores públicos y privados en esta actividad, así mismo regula el sistema jurídico nacional.
- Evolución Histórica Legislativa e Institucional del Turismo en Venezuela
En Venezuela el turismo siempre ha sido algo característico del país, por lo tanto poco a poco se fue tomando en cuenta y de gran importancia para el sustento de la nación, es por esto que se realizará una breve reseña cronológica de las leyes que han sido vigentes en cuanto al turismo a lo largo de la historia.
- La primera regulación jurídica de la actividad turística en Venezuela fue el decreto ejecutivo sobre el turismo, dictado el 16 de noviembre de 1937, este decreto fue derogado por la ley del turismo sancionada el 20 de agosto de 1938 y publicada en gaceta oficial extraordinaria No. 19.660 del 31 de agosto de 1938, entre los aspectos más resaltantes de esta ley fueron:
- El Ejecutivo Federal era el encargado de realizar todo lo relativo a los servicios turísticos
- Los servicios de turismo iban a dependen del ministerio de fomento
- Se crea la primera oficina de turismo en Venezuela.
- Luego el 10 de marzo en 1939, es publicado el reglamento de la ley de turismo, la cual señalaba que:
- Se debía establecer la conformación y funcionamiento de la oficina nacional de turismo.
- Establecer todo lo relativo a las listas, tarjetas y cartas de turismo, como instrumentos para el ingreso de los turistas al país
- Establecer el funcionamiento y atribuciones de la comisión consultiva del turismo
- Y señalar los requisitos y obligaciones de las guías del turismo
- En 1953, se crea la dirección del turismo y se crea la dirección del ministerio de fomento que sustituye a la oficina nacional del turismo.
- En 1958, por resolución del ministerio de fomento se nombra la comisión para la elaboración de un anteproyecto de ley de turismo.
- En 1961, la nueva constitución nacional, en su artículo 30, establece que el turismo es de competencia municipal, pero atribuye en el ordinal 24 del artículo 136 la competencia para legislar en materia del turismo al Poder Nacional.
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