Derecho internacional moderno
Enviado por Mercedes Perozo Tremont • 2 de Noviembre de 2018 • Informe • 709 Palabras (3 Páginas) • 167 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad de Falcón
Facultad: Ciencias Jurídicas y Políticas
Catedra: Derecho internacional público
Profesor: Abg. Karina Gómez
Sección: D4CA02
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Aidsel perozo
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Punto fijo, 13 de Julio del 2018
El primero de ellos es la cuestión de las relaciones que hay entre ese cuerpo de reglas internacionales y el resto del derecho por el que se rigen las relaciones en la comunidad internacional. Muy a menudo, se expresa la opinión de que el derecho internacional humanitario es una especie de derecho aparte, es decir, que se halla fuera del derecho internacional público general, y aún más, separado de las ramas especializadas de este derecho.
El desarrollo del derecho internacional moderno hace que esta cuestión sea superflua, ya que este derecho, en la versión clásica vigente hasta hoy, al menos hasta 1945, delimita, en el conjunto de sus reglas, dos grandes ámbitos prácticamente de la misma importancia. El primero contiene las normas por las que se regían las relaciones entre Estados en situaciones de paz; el segundo las que regían las relaciones en caso de conflicto armado. Tanto el derecho de la paz como el derecho de la guerra configuraban el conjunto del derecho internacional público. Viene al caso recordar que el Estado soberano tenía derecho a recurrir a la fuerza en sus relaciones con otros Estados.
Los intentos de someter la relación internacional de conflicto armado al régimen del derecho aparecen ya en los albores del derecho internacional público moderno. Basta mencionar a Grotius, Vitoria o Emer de Vattel. La distinción entre la guerra justa y la no justa, fundada sobre todo en consideraciones filosóficas e ideológicas, se interpretaría en derecho, como la elaboración de las reglas de la primera, con el propósito de excluir de las relaciones internacionales a la segunda.
Derecho a la Guerra
El derecho humanitario, como parte del derecho internacional de la guerra, adquirió características más específicas cuando comenzó a contener normas que se refieren, más detalladamente, al régimen general de la protección internacional de las víctimas de conflictos armados. La relativa facilidad con que los Estados miembros de la comunidad internacional de aquel entonces procedieron “el año 1864 en Ginebra” a la codificación y a la especificación de las primeras normas que protegerían a los heridos y a los enfermos en el campo de batalla, es una prueba de que, tanto desde el punto de vista de la "opinio juris" y de la "opinio necessitatis" los dos elementos que constituyen una norma consuetudinaria como desde el punto de vista de la conveniencia de aprobar tales normas.
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