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Derecho procesal fiscal


Enviado por   •  2 de Junio de 2013  •  Ensayo  •  1.052 Palabras (5 Páginas)  •  763 Visitas

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MATERIA: DERECHO PROCESAL FISCAL.

INTRODUCCION.

Este pequeño resumen de lo que vimos en el primer mes se trata sobre la diferencia que existe en una autoridad fiscal y una autoridad también comprenderemos la definición principalmente de derecho procesal, procesal fiscal, autoridad, autoridad fiscal, acto administrativo, crédito, crédito fiscal y posteriormente hablaremos sobre los tipos de recurso que existen en materia administrativa que son 4, y por ultimo analizaremos el recurso de revocación.

CONTENIDO:

DEFINICIÓN DE DERECHO PROCESAL FISCAL.

CONCEPTOS BÁSICOS.

• Recurso administrativo.

• Procesal fiscal.

• Acto administrativo.

• Autoridad.

• Autoridad fiscal.

• Crédito

• Crédito fiscal.

TIPOS DE RECURSOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA.

RECURSO DE REVOCACIÓN.

DERECHO PROCESAL FISCAL

DERECHO PROCESAL FISCAL:

Conjunto de normas jurídicas que se encargan de regular los actos emitidos por la autoridad publica.

CONCEPTOS BÁSICOS:

RECURSO ADMINISTRATIVO.

Es aquel medio de defensa que tienen los particulares para impugnar alguna resolución emitida por la administración publica.

PROCESAL FISCAL:

Derecho formal que establece reglas o derechos de los particulares ante la administración publica para resolución de sus conflictos ante esta dicha autoridad.

ACTO ADMINISTRATIVO:

Es la declaración voluntaria en ejercicio de la administraciónpública generando efectos jurídicos de maneras inmediatas e individuales.

AUTORIDAD:

Órgano del gobierno que recibe la facultad de ordenar decidir y ejecutar, dentro de su potestad legal toda clase de hechos y actos jurídicos y a su vez puede modificar extinguir derechos y obligaciones.

AUTORIDAD FISCAL:

Todas aquellas un acto de cobro asía el particular ya sea por un crédito fiscal o las mismas contribuciones.

CRÉDITO FISCAL:

Es el derecho que tiene el estado de percibir las contribuciones o aprovechamientos de los particulares y sus accesorios.

CRÉDITO:

Es el derecho que tiene el acreedor de cobrar al deudor la cantidad pactada de dicho contrato.

FORMAS EN QUE SE PUEDE INTERPONER UN RECURSO ADMINISTRATIVO:

• Revocación.

• Reformar.

• Anular

• Suspender.

EXPLIQUE CADA UNA DE ELLAS:

Revocar: es cuando el acto reclamado deja de proceder.

Reformar: es cuando se modifica el acto reclamado.

Anular: quedando sin validez.

Suspender: la disposición del acto es temporal.

¿Cuáles son los principales recursos administrativos?

• El que marca la propia ley (IMSS – Inconformidad)

• Revocación.

• Reclamación.

• Revisión.

• El de “reconsideración”.

RECURSO DE REVOCACIÓN.

Medio de defensa que tiene el particular que ve afectados sus intereses jurídicos por algún acto o resolución emitido por una autoridad fiscal federal.

A efecto que la autoridad, analizando los argumentos y valorando las pruebas aportadas, emita resolución, la cual puede consistir en:

-Dejar sin efectos el acto,

-Modificar el acto impugnado,

-Mandar reponer el procedimiento u ordenar se emita una nueva resolución,

-Confirmar el acto, o desecharlo por ser improcedente,

-Tenerlo por no interpuesto, o sobreseerlo en su caso.

Artículo 116.- Contra los actos administrativos dictados en materia fiscal federal, se podrá interponer el recurso de revocación.

Artículo 117.- El recurso de revocación procederá contra:

I.- Las resoluciones definitivas dictadas por autoridades fiscales federales que:

a) Determinen contribuciones, accesorios o aprovechamientos.

b) Nieguen la devolución de cantidades que procedan conforme a la Ley.

c) Dicten las autoridades aduaneras.

II.- Los actos de autoridades fiscales federales que:

a) Exijan el pago de créditos

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