Derecho Procesal Fiscal
Enviado por rango72 • 18 de Diciembre de 2014 • 3.350 Palabras (14 Páginas) • 387 Visitas
DERECHO PROCESAL FISCAL
AUTOEVALUACIONES TEMA I
1.- ¿QUE ES LA HACIENDA PÚBLICA?
Se debe entender como el conjunto de bienes que un gobierno posee en un momento dado, para realizar sus atribuciones, así como las deudas que son a su cargo por el mismo motivo.
Rama del conocimiento económico que tiene por objeto el estudio del Sector Público o economía pública, que comprende la intervención que la autoridad pública efectúa en una economía de mercado, fundamentalmente a través de los ingresos y gastos públicos.
2.- ¿DIFERENCIE ENTRE LA HACIENDA PÚBLICA Y PRIVADA?
Hacienda Pública: se le presume solvente por el poder coactivo del Estado.
Hacienda Privada: no siempre posee derecho de propiedad sobre todos los bienes; los activos se definen como “aquellos bajo el control de la entidad”.
Hacienda Pública: es más generalizada la característica; sobre algunos bienes sólo posee derecho de soberanía (bienes de uso público); éstos son inalienables, inembargables, imprescriptibles.
Hacienda Privada: modernamente no es así, dado que existen activos muy difíciles de valuar como patentes, marcas, etc.
Hacienda Pública:
No se pueden incorporar los bienes no valuables en pesos (naturales).
Además existe un bien: el valor de imposición o poder coactivo de que
dispone el Estado que no se puede o es muy difícil de valuar.
La Hacienda Pública es coactiva; no se puede renunciar a ésta. Si se es miembro de una sociedad con un territorio determinado, se pertenece a la Hacienda Pública obligatoriamente.
3.- ¿CLASIFIQUE A LA HACIENDA PÚBLICA?
CLASIFICACION TRADICIONAL: Se puede dividir la misma en De Producción, De erogación o consumo y Compuesta.
CLASIFICACION MODERNA: Se puede dividir en Gestión Funcional, Gestión por objetivos y Gestión integrada. Esta clasificación conceptualiza al Estado como productor de bienes.
Empresas no Financieras, cuya función principal consiste en producir bienes y servicios o financieros destinados a la venta. Pueden ser privadas o públicas, y su principal fuente de recursos son los ingresos por ventas.
Instituciones Financieras, cuya función principal consiste en financiar, obtener, transformar y distribuir disponibilidades financieras. Pueden ser privadas o públicas, y sus recursos provienen de los fondos procedentes de los pasivos financieros.
Empresas de Seguros, cuya función principal es la de asegurar y garantizar un pago en caso de siniestros. Pueden ser privadas o públicas, su fuente de recursos son las primas contratadas.
Administraciones Públicas, cuya función principal consiste en producir servicios no destinados a la venta, y en redistribuir la riqueza y renta. Sus recursos provienen de los pagos coactivos de otros sectores.
Instituciones sin fines de lucro, cuya función consiste en producir servicios no destinados a la venta para unos grupos particulares, tales como familias, sus recursos proceden de las aportaciones voluntarias.
4.- ¿DETERMINE EL PAPEL DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO?
según Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 31 le corresponde el despacho de las siguientes funciones:
Proyectar y calcular los ingresos de la Federación, del Departamento del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la administración pública federal.
Manejar la deuda pública de la Federación.
Realizar o autorizar todas las operaciones en que se haga uso del crédito público.
Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central, a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito.
Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a las dependencias responsables de los sectores correspondientes y administrar su aplicación en los casos en que no competa a otra Secretaría.
Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera.
Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal y de la administración pública paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en atención a las necesidades y políticas del desarrollo nacional.
Ejercer el control presupuestal de los servicios personales y establecer normas y lineamientos en materia de control del gasto en ese rubro.
5.- ¿CUALES SON LOS PRINCIPALES ORGANISMOS FISCALES AUTÓNOMOS DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO?
Instituto Mexicano del Seguro Social
Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.
6.- ¿POR QUÉ EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ES EL MÁS IMPORTANTE ÓRGANO AUTÓNOMO DE FISCALIZACIÓN?
Art. 2º LSAT. “Porque tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de dichas disposiciones, y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.”
7.- ¿CUALES SON LAS PRINCIPALES FUNCIONES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA?
Tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.
8.- ¿CUANDO NACE EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA?
El 15 de diciembre de 1995 se publicó la Ley del Servicio de Administración Tributaria, mediante la cual se creó el nuevo órgano desconcentrado como máxima autoridad
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