Derecho еconómico
Enviado por jocelynaguilar • 25 de Febrero de 2014 • Trabajo • 1.163 Palabras (5 Páginas) • 177 Visitas
Derecho Económico.- Es una rama del derecho que tiene por objeto la organización, disciplina y control de las actividades económicas del Estado y emprendimientos privados en lo tocante a la producción, circulación y consumo de la riqueza tanto en el ámbito interno como internacional.
El objeto de esta disciplina es regular la actividad económica.
Son sujetos de derecho económico las personas jurídicas estatales, las personas jurídicas privadas, y toda aquella persona natural o jurídica, capaz de actos jurídicos que intervienen en el proceso económico independientemente de su naturaleza y condición.
Derecho Mercantil.- Es la rama del derecho que se encarga de regular las actividades comerciales o industriales en las que intervienen comerciantes y empresarios. Por actividades económicas entendemos tanto al intercambio de bienes y servicios que se efectúan a través de un mercader o comerciante; es decir la compra que realiza este de productor y la venta posterior al consumidor, por actividades industriales se entiende la elaboración de productos, sea en forma manual o por medio de máquinas o la prestación de servicios, cuando una y otra se ofrecen al público consumidor.
Los comerciantes según el código de comercio son las personas físicas o morales que se dedican al comercio en forma habitual, así como las sociedades mercantiles.
Sujetos del Derecho Mercantil son aquellas personas que realizan actos de comercio y los adquieren la calidad de comerciantes quienes hacen de su vida habitual al comercio.
Derecho Bancario.- es el conjunto de normas jurídicas reguladoras de las relaciones entre particulares y entre las autoridades reguladoras de las relaciones entre particulares y entre las autoridades, nacidas del ejercicio de la actividad crediticia y bancaria, o asimiladas a éstas y aquéllas, en cuanto a su disciplina jurídica y evolución judicial y administrativa.
Sujetos del derecho bancario son aquellas personas físicas o morales que realizan una actividad relacionada con la banca.
Características del Derecho Bancario:
• El derecho bancario comprende normas de derecho público y privado y ello obedece al tipo de relaciones de la actividad bancaria; primero frente al Estado ( en el ámbito del derecho público ); y la función de la Banca frente al particular ( en al ámbito del derecho privado).
• El predominio del interés público sobre el interés privado. Las opiniones de los estudiosos han sido distintas respecto a la naturaleza de la actividad bancaria, para algunos autores se trata de un servicio público y para otros no reúne los requisitos de un servicio público.
• El Servicio público tiene como finalidad satisfacer de manera regular, continua y uniforme necesidades públicas, básicas y fundamentales de carácter esencial. Se concreta a través de prestaciones individualizadas que serán suministradas directamente por el Estado o por los particulares autorizados mediante concesiones y por su naturaleza deberán estar sujetas a normas y principios de derechos público.
• Masividad de las operaciones: Las operaciones bancarias se realizan en masa a través de formularios o formatos que contienen cláusulas preestablecidas con condiciones generales en las mismas, por esta razón los contratos bancarios son contemplados como contratos de adhesión o seriados.
• Formalidad de los actos: Los actos bancarios se realizan a través de reglas impuestas por la resolución y la normatividad que emiten las autoridades bancarias ( SHCP, CNBV, BANXICO).
• Profesionalización del servicio: Las autoridades bancarias se consideran así porque los sujetos que intervienen deben contar con la especialidad del ramo y también es considerada como una actividad sui géneris, ante las operaciones que realiza y el objeto social establecido por la ley correspondiente es dirigido y autorizado para funcionar como banco.
• Aplicación
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