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Derechos Del Consumidor Financiero


Enviado por   •  24 de Marzo de 2014  •  2.471 Palabras (10 Páginas)  •  403 Visitas

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Quien no lo creyera Colombia cuenta con una norma que permite al consumidor financiero conocer sus derechos y deberes cuando adquiere un servicio en relación a esta categoría, esta ley establece normas en materia financiera de seguros y del mercado de valores temas que no son del común de la gente, esta Ley es la 1328 del 15 de Julio del 2009, pero ¿A que hace referencia exactamente esta ley con respecto al consumido financiero? ¿Sabe usted si esta dentro de la definición de lo que es un consumidor financiero? Bueno la ley tiene por objeto proteger al consumidor financiero y está contemplado en su primer artículo; para identificar a un consumidor financiero la norma en su Titulo I, Capitulo I, Artículo 2 establece las siguientes definiciones:

• Cliente: es la persona natural o jurídica con quien las entidades vigiladas establecen relaciones de origen legal o contractual, para el suministro de productos o servicios, en desarrollo de su objeto social.

• Usuario: es la persona natural o jurídica quien, sin ser cliente, utiliza los servicios de una entidad vigilada.

• Cliente Potencial: es la persona natural o jurídica que se encuentra en la fase previa de tratativas preliminares con la entidad vigilada, respecto de los productos o servicios ofrecidos por ésta.

• Consumidor Financiero: es todo cliente, usuario o cliente potencial de las entidades vigiladas.

En conclusión todas las personas que tengamos relación con las entidades financieras como por ejemplo los bancos somos consumidores financieros. Las entidades que presten este servicio y/o productos deben cumplir unos principios que además están vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia, entre ellos encontramos la debida diligencia, el prestador del producto o servicio debe dar una atención debida y respetuosa en el desarrollo de la actividad para que esta cumpla con sus necesidades; libertad de elección, el consumidor financiero es libre de escoger a la entidad que desee para que cubra sus necesidades; transparencia e información cierta, eficiente y oportuna, el mismo principio lo dice información cierta, eficiente y oportuna para que así el consumidor conozca sus obligaciones, derechos y costos que incurre el adquirir un producto o servicio; responsabilidad de las entidades vigiladas en el trámite de quejas, las entidades prestadoras del servicio deben tener esquemas para la atención de las quejas o reclamos hechos por los consumidores y a su vez darle solución en los términos y condiciones que lo establezca la ley vigente; manejo adecuado de los

conflictos de interés, deberán siempre administrar los conflictos de una manera transparente e imparcial buscando los intereses de su propia entidad y de los consumidores financieros; educación para el consumidor financiero, principio primordial y principal para que conozca sobre los servicios y productos financieros las entidades que los vigilan, que instituciones están autorizadas y calificadas para la prestación de servicios y lo más importante los mecanismo que existen para defender sus derechos.

Además de todo lo mencionado anteriormente los consumidores tienen derecho a que sean representados por medio de grupos y/o organizaciones de consumidores para la defensa de los derechos. Dentro de lo que pocos conocen el programa que se transmite por los canales Colombianos el boletín del consumidor defiende sus derechos, es un ejemplo de lo que se plantea en esta ley sobre la educación al consumidor; aunque no es específicamente relacionado con el consumidor financiero trata de mantener informado a los televidentes sobre sus deberes y derechos.

El Capitulo II de la ley 1328 establece los Derechos y Obligaciones, dentro de los derechos esta:

1. Recibir los productos y servicios con estándares de seguridad y calidad, por lo tanto el consumidor debe de cerciorarse que la entidad este autorizada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

2. Deberá por parte de las entidades recibir información sobre los productos y servicios por medio de la publicidad de una manera clara, transparente, veraz, oportuna y verificable para que así el consumidor la pueda comparar con las demás entidades que estén en el mercado. De esta forma el consumidor podrá indagar sobre el costo, obligaciones, exclusiones, restricciones aplicadas al producto y/o servicio.

3. Exigir la debida diligencia, el consumidor deberá revisar en este momento términos y condiciones de los contratos que firme sobre los productos o servicios adquiridos así como guardar copia de ellos.

4. A recibir la educación necesaria con respectos a los temas ya mencionados en el principio que tiene que ver con la educación hacia el consumidor, en este instante el consumidor deberá estar atento a toda la información que la entidad de

Vigilancia o las organizaciones defensoras del consumidor le pueda suministrar sobre el producto, servicio y la entidad a la que desea dirigirse para adquirirlos.

5. Presentar de manera respetuosa los reclamos, quejas, solicitudes, derechos de petición a la entidad vigilada, al Consumidor Financiero, a la Superintendencia Financiera de Colombia y a los órganos de autorregulación, es importante que el consumidor sepa sobre estas entidades para que así reciba una respuesta pronta a sus inquietudes.

Toda entidad financiera deberá tener un SAC (Sistema de Atención al Consumidor Financiero), este sistema busca superar el enfoque tradicional que se viene trabajando donde un grupo de personas en un espacio determinado era quienes se hacían cargo de atender el publico con respecto a su protección ante este tema. La empresa AON Colombia es una empresa dedicada al corretaje (es la actividad que realiza un corredor contactando a una o más personas para finiquitar un negocio comercial), y dentro de sus políticas establecen la SAC, donde se encuentran los datos de las personas a las cuales se debe dirigir el consumidor financiero para dar a conocer sus quejas, reclamos, derechos de petición entre otros, además especifican los actos por las cuales la persona puede hacer uso del servicio y las funciones que ellos deben desempeñar todo acto enmarcado por las normas vigentes en Colombia.

Las entidades financieras están en la obligación de informar al consumidor financiero sobre las características de los productos y/o servicios, los derechos, las obligaciones, las tarifas y/o precios que se manejen, las consecuencias del incumplimiento del contrato, los seguros que se deben adquirir por la aceptación del producto o servicio, todo lo anterior para que el consumidor financiero pueda comparar con las distintas opciones ofrecidas en el mercado. Ya teniendo la certeza de la adquisición podrá el cliente y es deber de la entidad entregar una lista detallada de todos los

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