Devoluciones De I.v.a.
Enviado por ofitul2010 • 17 de Abril de 2015 • 7.303 Palabras (30 Páginas) • 199 Visitas
UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TULANCINGO
MAESTRIA EN CONTRIBUCIONES FISCALES
“ENSAYO”
DEVOLUCIONES DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
MAESTRO GERMAN FRANCISCO SERRANO REYES
ALUMNO:L.C. MA. DEL ROSARIO RODRIGUEZ HERNANDEZ
1ER. CUATRIMESTRE GRUPO 1
DICIEMBRE DE 2014.
INTRODUCCION
Es muy cierto que durante los últimos años la administración tributaria ha realizado mejoras en sus procesos y plazos relativos a la devolución, más sin embargo aún subsisten diversas situaciones de demoras y negativas sin un sustento legal.
La solicitud de devolución de los impuestos es un procedimiento agil y sencillo?
DEVOLUCIONES DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Resulta oportuno considerar que para los pagadores de impuestos implica una gran importancia el poder obtener la devolución de sus saldos a favor en el menor tiempo posible.
Se observa claramente que el Impuesto Al Valor Agregado presenta grandes problemáticas para el logro de obtención de devoluciones de saldos a favor , ya que para obtener dichas devoluciones son condicionadas al cumplimiento de una diversidad de obligaciones.
Precisando de una vez, en cuanto a IVA, los contribuyentes que solicitan la devolución de su impuesto a favor por este concepto, la autoridad fiscal les requiere para su revisión la documentación que soporte casi en su totalidad la información, y esto viene a convertirse en una carga adicional.
Hecha la observación anterior, más aún en los casos en que la autoridad fiscal niega a estos contribuyentes la devolución del Impuesto al Valor Agregado por no cumplir con las formalidades, estos se ven afectados de manera directa ya que es un impuesto que ya se desembolso vía proveedores, además distorsiona la naturaleza del gravamen como una contribución al consumo ya que quien lo termina soportando en la cadena productiva es el intermediario.
En este orden de ideas se puede citar que son muchos los contribuyentes que al tributar a tasa 0% y los empresarios de nueva creación que manejan altos costos de inversión y tienen más gastos que lo que venden, generan saldos a favor en gran cuantía.
Al hacer la comparación de el impuesto trasladado derivado de las operaciones de las empresas, en contra de el impuesto que le trasladan al contribuyente por las operaciones propias de la actividad, por la adquisición de activos fijos o en su caso por las importaciones realizadas, y siempre que el impuesto que le trasladen al contribuyente sea mayor en cuantía comparado con el que traslada el mismo contribuyente, al darse este supuesto trae como consecuencia 3 posibles alternativas a saber:
1.- que el impuesto a favor lo acredite contra saldos a cargo de este impuesto en meses posteriores.
2.-que se solicite devolución de saldos a favor
3.-que compense este saldo contra otros impuestos federales como lo indica el articulo 23
Ley del IVA Art 2 –II – H
Cuando se trate de organismos Municipales y Estatales operadores de agua, existe la condición de que el importe de estas devoluciones lo inviertan en infraestructura hidráulica o bien para asumir el cumplimiento de sus obligaciones, en materia de derechos para lo cual estos contribuyentes demostraran cualquiera de los dos fines.
Reglamento de la Ley de IVA Art.23
Las disposiciones que regulan la esfera administrativa de la ley en comento precisan ,que al hacer uso de lo estipulado en el art.32 del C.F.F. vigente se generen saldos a favor o se incrementen estos, se aplique lo dispuesto en el párrafo anterior.
C.F.F. Art.22
De acuerdo con los razonamientos que se han venido realizando el Código multicitado señala un motivo adicional para solicitar Devoluciones de saldo a favor, esto es cuando se paga el impuesto de manera indebida.
En este orden de ideas se puede citar que derivado del análisis del primer párrafo de el Art. 22, tratándose de impuestos indirectos en el escenario de resultar devoluciones por pago de lo indebido, se realizara a quien lo causo no al que lo traslado,
Resulta oportuno decir qu al ejercer sus facultades de comprobación, la autoridad fiscal podrá generar diferencias a cargo del contribuyente, razón por la cual este se ve obligado a pagar tales diferencias, en el caso de que dicho acto se anule, el derecho a la devolución del pago de lo indebido nace presisamente cuando interpuesto el medio de defensa la autoridad competente resuelva en favor del contribuyente.
Resulta oportuno mencionar que cuando en la solicitud de devolución presentada se plasmen errores en los datos asentados, la autoridad correspondiente le solicitara al contribuyente para que en un plazo de 10 dias, este realice las aclaraciones pertinentes sopena que en caso contrario se le de por desistido en la solicitud referida.
Es de suma importancia resaltar que dicho requerimiento suspende el plazo para efectuar la devolución.
Precisando de una vez, es menester señalar que el plazo fijado por la ley de la materia consta de 40 dias contados a partir de que se presenta la solicitud de devolución, amen de incluir los datos y número de cuenta de la institución financiera para recibir el monto solicitado en devolución, sea vía depósito o atrávez de transferencia electrónica.
Sobre de la base de las consideraciones anteriores, se señala la base medular del tema de estudio, es decir que las autoridades fiscales para verificar la procedencia de las devoluciones tienen facultades para requerir datos, informes o documentos adicionales, se subraya que consideren necesarios y que estén relacionados con la misma. En la práctica profesional se tiene conocimiento que en aras de ejercer su facultad la autoridad fiscal solicita del contribuyente de manera enunciativa más no limitativa lo siguiente:
1.-Etapas del proceso de compra venta, prestación de servicios o arrendamiento de bienes inmuebles que realiza el contribuyente de manera detallada
2.-Integracion de los comprobantes fiscales que identifican el importe, el impuesto trasladado, el importe total, el nombre de el cliente, el r.f.c., del prestatario o arrendatario de todas las operaciones generadas en el periodo sujeto a devolución.
3.-Identificacion por operación de los importes que amparan el importe solicitado en devolución, señalando nombre, r.f.c., domicilio fiscal, importe, iva acreditable
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