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Diferencia Del Derecho Internacional Privado


Enviado por   •  13 de Abril de 2013  •  2.684 Palabras (11 Páginas)  •  603 Visitas

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Diferencias entre el Derecho Internacional Público y Privado. Irretroactividad de las normas de conexión. Importancia y método.

EL SIGNIFICADO DE LA IRRETROACTIVIDAD DE LA NORMA

Desde los canonistas antiguos Pedro Lombardo, se consideraba que, para que una ley fuese retroactiva, debía tener unas razones muy especiales que ameritaran tal efecto

extraordinario

. Los estudiosos del derecho canónico estimaban la irretroactividadcomo derecho divino, al paso que la retroactividad era de derecho humano.La irretroactividad nace en el derecho romano y se extiende luego por el mundo,convirtiéndose en un principio de aplicación de la ley aceptado universalmente; es decir,válido en todos los tiempos y en todos los lugares.Hay que plantearse tres interrogantes acerca de la irretroactividad de la ley: en primer lugar, cuál es su fundamento; en segundo lugar, cuál es su esencia y, en tercer lugar, cuáles su finalidad. Así puede darse un concepto nítido sobre la naturaleza jurídica del principio de irretroactividad.

Fundamento de la irretroactividad

El fundamento es la base sobre la cual se asienta o estriba una realidad, y cuando se pregunta cuál es la

base que funda la realidad jurídica del principio deirretroactividad

, se observa que es la necesidad de dar estabilidad al ordenamiento jurídico. Porque sin el mencionado principio se presentan confusiones sobre laoportunidad de regulación, de suerte que en muchas ocasiones con una conveniencia presente se regulaba una situación pasada, que resultaba exorbitante al sentido de la justicia, por falta de adecuación entre el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica.“En general escribe Valencia Zea, el efecto retroactivo está prohibido por razones deorden público. Las personas tienen confianza en la ley vigente, y conforme a ellacelebran sus transacciones y cumplen sus deberes jurídicos. Dar efecto retroactivo a unaley equivale a destruir la confianza y seguridad que se tiene en las normas jurídicas.Además especialmente cuando se trata de la reglamentación de toda una institución jurídica, existe verdadera imposibilidad para regular el efecto retroactivo”

.

El orden público exige, en materia tributaria, la existencia del principio deirretroactividad. Y lo tiene que exigir, porque la noción de orden es la

armonía de laspartes entre sí y de éstas con el todo

. Y no puede haber armonía si no existeadecuación jurídica y sentido de oportunidad de la ley en su aplicación en el tiempo. Sila eficacia de una norma es fuera de oportunidad, es inadecuada, y al serlo se torna eninconveniente; y lo que es contrario al principio de conveniencia regulativa es tambiéncontrario, por lógica coherencia, al orden público, pues éste riñe con toda falta dearmonía.El tiempo, dimensión necesaria para el entendimiento humano, determina siempre,directa o indirectamente, el sentido de la oportunidad normativa. Es evidente que la leytributaria debe tener una eficacia temporal; de ahí que, sobre todo cuando se impone unaobligación de hacer, el aspecto temporal es substancial, y entonces el acto de retrotraer abstractamente los efectos reales a situaciones de hecho, que en su momento generaronconsecuencias jurídicas proporcionadas a las circunstancias de

tiempo

, modo y lugar,equivale a otorgar un efecto no adecuado a la verdadera causa.Igualmente, la seguridad jurídica es requisito para la configuración del orden público. Sino hay una estabilidad en cuanto a la consecuencia jurídica, obviamente no pueden losdestinatarios de la ley estar gozando del derecho a la seguridad. La incertidumbre antela actuación del Estado impide la seguridad debida a cada uno de los asociados. Si la leytributaria modifica situaciones jurídicas definidas por el mismo legislador, sin unafinalidad de favorabilidad en cuanto a las cargas tributarias, por ejemplo, incurre, nosólo en una contradicción, sino en el desconocimiento del derecho adquirido ylegítimamente constituido. La consecuencia, entonces, es que la actividad del legislador estatal deja de cumplir con una finalidad esencial a su razón de ser: la seguridad ytranquilidad de los asociados.

La esencia de la irretroactividad

La esencia del principio de irretroactividad de la ley tributaria es la imposibilidad deseñalar consecuencias jurídicas a actos, hechos o situaciones jurídicas que ya estánformalizados jurídicamente, salvo que se prescriba un efecto más perfecto tanto para elsujeto de derecho, como para el bien común, de manera concurrente, caso en el cual laretroactividad tiene un principio de razón suficiente para operar. Pues lo imperfectosiempre se sujeta a lo más perfecto, dada la naturaleza perfectible de la legalidad.

La finalidad de la irretroactividad

Es el sentido teleológico del principio, es decir, el para qué existe. La respuesta es paradar seguridad al ordenamiento jurídico. Al respecto son pertinentes las anotaciones quetrae Juan José Soler en la Enciclopedia Jurídica Omeba:“

La irretroactividad de la ley

es una medida técnica escogida para dar seguridad alordenamiento jurídico. Su zona ontológica no está, pues, en la filosofía jurídica sino enla jurisprudencia o ciencia del derecho. La irretroactividad es dentro de la técnica jurídica, un principio de aplicación más que de interpretación previa. La interpretación yla aplicación son operaciones de tracto sucesivo. Un error corriente que convienedisipar, es el de considerar a la irretroactividad como un principio que solo sirve alinterés privado. Esto explica su inclusión en casi todas las constituciones del mundoentre las garantías y derechos individuales. Pero sin negar su importancia en el DerechoPrivado, resalta su trascendencia en el derecho público. Sirve al individuo pero tambiéna la colectividad, acaso en mayor grado, porque tiende a dar firmeza al ordenamiento jurídico, que es de carácter social.

“La irretroactividad es un principio que reza con la relación jurídica, la cual es siempreintersubjetiva. De donde resulta un pleonasmo, decir que a la ley no hay que darleefecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, como se lee en el derecho mexicano, porque los beneficios o perjuicios de una retroacción, recaen exclusivamente sobre las personas, que son los sujetos activos y pasivos en todo negocio jurídico, y nunca sobrelas cosas.“La irretroactividad puede estar consignada en la ley fundamental o en las leyesordinarias. En el primer caso se dice que es constitucional, y, en el segundo, meramentelegislativa. La diferencia salta a la vista. En la irretroactividad constitucional, lasrestricciones, si las hay, son permanentes dura lo que dura la ley fundamental en tantoque en la irretroactividad legislativa, las condiciones son variables y

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