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EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2015  •  Trabajo  •  1.357 Palabras (6 Páginas)  •  129 Visitas

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EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS    

El desarrollo de las potencialidades humanas no puede darse sin un marco de protección, y que es el Estado el que debe garantizar el conjunto de condiciones sin las cuales ninguna felicidad es posible. Es decir que el Estado viola los derechos humanos excediéndose en sus funciones, pero también es el Estado quien puede y debe garantizarlos.

La apertura democrática implicó nuevos desafíos para la educación: “la formación ciudadana, incorporando los derechos humanos como concepto central” y “las demandas de una sociedad más justa e inclusiva.” En los últimos años, continúa la autora, hay “un espacio creciente para pensar la justicia en términos de la alteridad y la diferencia, con notables avances en las leyes sobre la diversidad sexual e igualdad de derechos. (…) La sociedad argentina y las políticas públicas en la última década han colocado como tema de debate la inclusión social y la justicia”

Nuestro compromiso como educadores -el desafío pedagógico- es aportar nuestro trabajo diario y sistemático para avanzar en el camino hacia la materialización de esos horizontes, de las utopías posibles. Educar en valores y para su puesta en práctica no es una tarea sencilla en términos conceptuales ni metodológicos. En el orden conceptual hemos visto, a lo largo de la clase, que no siempre hay coincidencia respecto del ordenamiento ético-moral, y aunque lo hubiese en abstracto, en la vida social no siempre se concreta; a menudo esto genera conflictos y tensiones entre las distintas opciones valorativas.

más relevante que nos dice es su idea del alcance del diálogo en cuanto modo de pronunciar la palabra: “decir la palabra verdadera es transformar el mundo… existir humanamente, es pronunciar el mundo, es transformarlo”. El diálogo es un tipo de comunicación para construir la verdad que nadie posee de manera absoluta y que nos devuelve a lo nodal: el derecho a la igualdad cognitiva.

concebimos a las niñas, niños y jóvenes como sujetos de derecho y este paradigma instaura una lógica de intervención estatal en la que sus instituciones y agentes somos corresponsables en la promoción y protección de derechos. E

La Asignación Universal por Hijo es una medida que, aunque extraescolar, afirma un derecho universal a la educación y la salud que habla de la expansión de los sentidos de justicia.

Se denomina trabajo infantil a las “estrategias de supervivencia o actividades productivas de comercialización o prestación de servicios, remuneradas o no, realizadas por un NNA, por debajo de la edad mínima de admisión al empleo o trabajo establecida en nuestro país, que atenten contra su integridad física, mental, espiritual, moral o social y que interrumpan o disminuyan sus posibilidades de desarrollo y ejercicio integral de sus derechos” (COPRETI; 2010:19). La inclusión temprana de un NNA en el mercado laboral trae aparejadas implicancias desfavorables en sus condiciones de salud y en el desarrollo de su trayectoria educativa, con posibilidades de abandono escolar y/o repitencia. El trabajo infantil suele naturalizarse, por ello es importante reflexionar acerca de los mitos y creencias constitutivas del imaginario social que los toleran. En repetidas ocasiones se produce un doble discurso de condena y al mismo tiempo de justificación o inevitabilidad. Esta dualidad puede observarse en los diferentes actores involucrados: familias, docentes, agentes de salud, inspectores, empresarios, sindicatos. La Argentina ha adoptado la postura de prevención y erradicación del trabajo infantil como horizonte de una política pública universal e inclusiva, destinada a que todas los NNA puedan ejercer sus derechos. Este compromiso de erradicación del trabajo infantil requiere de acciones en el corto, mediano y largo plazo, que estén acompañadas de políticas activas de empleo y de ingresos que procuren mejorar las condiciones del empleo de los adultos. Además, es necesario propiciar la construcción de redes que involucren a los actores sociales con competencia en dicha temática. En su Artículo 32, la Convención sobre los Derechos del Niño establece: “1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier guía de orientación para la intervención en situaciones conflictivas y de vulneración de derechos en el escenario escolar 78 trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. 2. Los Estados Partes adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo”. En consonancia con ello, en la Argentina el trabajo infantil es ilegal. La normativa nacional (Ley 26.390) prohíbe el trabajo de los NNA por debajo de los 16 años, en tanto protege el trabajo adolescente entre los 16 y los 18 años. En la provincia de Buenos Aires, la promulgación de la Ley 13.803/08 de creación del Programa Provincial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil ha dotado de institucionalidad a la Comisión Provincial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (COPRETI) que ya funcionaba desde el año 2004 en la órbita del Ministerio de Trabajo. El objetivo de la Comisión es prevenir y erradicar progresivamente el trabajo infantil para garantizar la promoción, protección y restitución de los derechos vulnerados de los NNA. Diseñar intervenciones en relación al trabajo infantil resulta una tarea difícil debido a la complejidad del campo: la combinación de condicionantes que inciden en esta problemática y la multiplicidad de actores involucrados, entre otros aspectos. Sin embargo, es necesario intervenir frente a los casos particulares y desarrollar estrategias de prevención. La misión del sistema educativo es la inclusión, es decir la generación de condiciones para el acceso, permanencia con aprendizaje y egreso del sistema educativo con saberes socialmente significativos. En relación al trabajo infantil, se espera que la escuela desarrolle estrategias en su propio ámbito y en gestión compartida con otros actores en el marco de la corresponsabilidad para facilitar la inclusión y permanencia del NNA como las que se detallan a continuación: • Acciones de corto plazo de carácter restitutivo o compensatorio: se trata de compensar las consecuencias en materia de salud e inclusión educativa. No hay una única manera de ir a la escuela, por lo que es necesario trabajar con formatos escolares que permitan la inclusión en el sistema educativo de los NNA que abandonaron o que nunca iniciaron la escuela por encontrarse en situación de trabajo. 79 • Acciones de mediano plazo de carácter promocional: su intención es actuar sobre las causas más directas del problema, con las acciones promocionales y en el marco de la corresponsabilidad que nos interpela a trabajar en red. Para el diseño de estrategias de intervención es necesario realizar una lectura global y completa de la situación del niño y su familia y del contexto local. Se debe propiciar la intervención en red recuperando la acción y el trabajo ya recorrido por otros para optimizar la propia intervención. Es pertinente tener una mirada integral sobre el problema, evitando la mirada culpabilizadora hacia la familia. Acciones a tener en cuenta en relación a los alumnos en situación de trabajo: • Ante el conocimiento de situaciones de trabajo infantil mediante el Equipo de Conducción Institucional y/o de supervisión, la institución debe informar al servicio local u organismo que cumpla con su función y a la delegación regional del Ministerio de Trabajo, articulando el diseño de una intervención conjunta en el marco de la corresponsabilidad. • El Equipo de Conducción Institucional o quien éste designe informará a los Inspectores de Nivel y de la Modalidad de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, quienes harán lo propio con la Jefatura Distrital. • Si no hubiere Equipo de Orientación Escolar, el Inspector de la modalidad Psicología Comunitaria y Pedagogía Social dará intervención a un Equipo de Orientación Escolar, a un Equipo Distrital de Inclusión o a un Equipo Interdisciplinario Distrital. • El equipo interviniente deberá diseñar e implementar acciones de sostenimiento de la trayectoria educativa del NNA (gestión de becas, apoyo escolar, sensibilización en la comunidad, Asignación Universal por Hijo). Esta temática puede ser abordada tanto en la instancia de la situación en particular como desde la especificidad de los contenidos curriculares (Ciencias Sociales en la escuela primaria, Construcción de Ciudadanía, entre otros), apuntando al desarrollo de aspectos del orden de la prevención.

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