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EL CONFLICTO COLECTIVO DESDE UNA PERSPECTIVA COMPARADA


Enviado por   •  19 de Abril de 2016  •  Apuntes  •  370 Palabras (2 Páginas)  •  162 Visitas

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TEMA 4: EL CONFLICTO COLECTIVO DESDE UNA PERSPECTIVA COMPARADA

 

  1. El conflicto colectivo en los SSRRLL:

Toda discusión o controversia manifestada externamente entre empresarios y trabajadores es relativa a las condiciones de trabajo.

  • Discusión o controversia frente a negociación, que no siempre ha sido así, se ha intentado negociar pero no ha llegado a nada.
  • Conflicto colectivo frente a conflicto individual:
  • Individual: Un trabajador singular con su empresario. Hay un interés individual.
  • Colectivo: Uno o varios empresarios con varios trabajadores con intereses comunes.
  • Plurales: Uno o varios empresarios con varios trabajadores con intereses individuales.
  • Causa laboral frente a otras causas (políticas, personales):
  • Conflicto jurídico de aplicación, sobre normas existentes.
  • Conflicto económico o de interés. De reglamentación, modificación de normas existentes o cuestiones que no aparecen resueltas en las normas.

2. LAS MEDIDAS DE CONFLICTO COLECTIVO UTILIZADAS POR LOS TRABAJADORES:

La huelga se regula de forma distinta en los sistemas de relaciones laborales, pudiendo encontrarse diferencias en relación con:

  • Los sujetos convocantes de cada modelos de RRLL(en la mayoría de los países suelen ser los sindicatos) y quienes secundan la huelga:
  • Sujetos la huelga puede ser convocada y/o secundada por trabajadores funcionarios y laborales.
  • Es discutible que otros actores de las relaciones laborales, como trabajadores autónomos o trabajadores Económicamente dependiente puedan realizar la huelga.
  • El contenido de la huelga, son las motivaciones o modalidades de la huelga, piquetes etc. la huelga puede consistir según el sistema de rrll:
  • Dejar de prestar el servicio.
  • Prestarlo de forma distinta  la habitual como:
  • Trabajo lento
  • Huelgas intermitentes: parar de trabajar cuando aún estoy en el puesto de trabajo.
  • Trabajo a celo o reglamento: cuando el trabajador realiza las funciones demasiado minuciosas.
  • Huelgas japonesas: producir más de la cuenta.
  • Las acciones de huelga pueden venir acompañadas, según el país de:
  • Encierros.
  • Ocupación de locales en la empresa.
  • Concentraciones.
  • Asambleas o reuniones.
  • Manifestaciones.
  • Movilizaciones.
  • Las garantías de los huelguistas, es la protección dispensada a los trabajadores en huelga. Pueden ser:
  • Inexistentes. Si el trabajador esta en huelga puede ser sancionado o despedido dependiendo del tipo de huelga que haga.
  • Protectoras de la relación laboral.
  • Equilibradoras de la diferencia existente entre el empresario y el trabajador.
  • En la forma de realizarla.requisitos formales, comuncaciones, servicios minimos etc.

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