EL DERECHO INTERNACIONAL PROCESAL
Enviado por robersuarez • 16 de Octubre de 2019 • Ensayo • 1.702 Palabras (7 Páginas) • 141 Visitas
EL DERECHO INTERNACIONAL PROCESAL
El Derecho internacional procesal es formalmente Derecho internacional público, con las consecuencias implícitas en ese Derecho, que trata sobre materias de carácter jurisdiccional internacional, tanto de carácter procesal como orgánico. Siendo el Derecho Internacional Procesal una rama de matiz jurídico-público, adscrita en el ámbito del Derecho Internacional Público, de esta manera, debe indicarse que las normas del Derecho Internacional Público son mayoritariamente sustantivas y en cambio el Derecho Internacional Procesal es esencialmente formal o adjetivo: cuando se habla de derecho procesal, suele calificarse éste también de formal, contraponerse al derecho material. Con similar sentido, es frecuente referirse al Derecho Procesal como Derecho Adjetivo, frente al Derecho Sustantivo.
El Derecho internacional procesal tiene un carácter instrumental respecto del Derecho internacional público, encargado de instrumentar la efectividad jurisdiccional de las normas jurídico internacionales, necesario porque ninguna pretensión exclusivamente procesal tiene sentido sino en cuanto, directa o indirectamente, tiende a lograr la aplicación de una norma jurídica a los efectos derivados del reconocimiento de derechos o del establecimiento de obligaciones que trascienden al proceso, como medio de conseguir la efectividad de las normas no procesales. Estas normas constituyen el derecho material por contraposición al procesal.
El Derecho internacional procesal tiene por objeto de estudio el proceso internacional, el procedimiento contencioso y consultivo, en el caso del Tribunal Internacional de Justicia y la jurisdicción internacional. Así, como el estudio las normativas que regulan la justicia internacional en el ámbito de la sociedad internacional en un momento determinado. Regulando la institución del proceso, y otros institutos y figuras procesales, como la jurisdicción internacional y los procedimientos.
El Derecho internacional procesal comprende el estudio de la actividad jurisdiccional internacional, el estudio del proceso internacional y, por último, el estudio de los procedimientos internacionales.
NORMAS PROCESALES DE LA CAPACIDAD Y COMPETENCIA
La capacidad del órgano jurisdiccional, es aquella facultad atribuida al órgano jurisdiccional para conocer, tramitar y decidir valida legal y constitucionalmente, de un determinado asunto que le pertenece, en virtud de la potestad que le confiere el poder público. La capacidad puede considerarse desde dos puntos de vista:
- El subjetivo. La capacidad subjetiva, se refiere a los requisitos que debe tener el órgano jurisdiccional de un Estado para actuar y decidir sobre un asunto, y puede referirse a un aspecto abstracto o a uno concreto.
- Objetivo. La capacidad objetiva, debe entenderse como la extensión de la jurisdicción, es decir, el volumen de la facultad para declarar el derecho, o sea, la competencia del órgano jurisdiccional.
La Competencia Judicial Internacional, es la facultad y el deber que asiste a los órganos jurisdiccionales de un Estado para conocer de las controversias que se suscitan las situaciones privadas internacionales, determinando en qué casos y bajo qué circunstancias y principios los Tribunales de un Estado pueden entrar a conocer tales litigios. La competencia judicial internacional, es previa a la determinación del derecho aplicable a una situación objeto de Derecho internacional privado, así como la capacidad determina el órgano jurisdiccional de que Estado tiene la facultad de resolver el asunto.
Se puede concluir que la competencia es la facultad otorgada a los jueces por la ley para conocer en causas determinadas según la materia, grado, valor o territorio. Las características de la competencia internacional judicial son las siguientes:
- El calificativo de competencia judicial internacional, viene dado por la naturaleza de los litigios a que se refiere, los cuales son relativos a situaciones privadas internacionales.
- Es una noción privativa del derecho Internacional Privado, distinta de la Competencia Judicial Interna. Pues afecta al total de los órganos jurisdiccionales del Estado, recibe el calificativo de general, frente a la competencia especial, dada al tribunal concreto que posee la competencia objetiva, funcional y territorial para conocer el caso en cuestión. Siendo este último un problema de derecho procesal interno que se valora luego de comprobada la competencia judicial internacional del Estado.
- La competencia judicial internacional es un presupuesto dl proceso, afecta a la jurisdicción contenciosa y voluntaria, respecto de la facultad de fallar sobre el fondo del asunto, como la de adoptar medidas provisionales de aseguramiento respecto de personas y bienes.
- La competencia judicial internacional es una función de Estado, que cada uno diseña libremente, respetando los límites impuestos por el Derecho Internacional.
Las normas que se pueden vincular a la esfera del Derecho procesal internacional, pueden clasificarse en los siguientes grupos:
- Normas configuradoras de la potestad jurisdiccional internacional.
- Normas reguladoras de la organización jurisdiccional internacional:
- Normas relativas a la ordenación de la estructura del órgano jurisdiccional internacional.
- Normas que contemplan el estatuto del personal jurisdiccional.
- Normas que contemplan el estatuto del personal auxiliar.
- Normas relativas a la tutela jurisdiccional.
- Normas reguladoras del proceso internacional.
Una vez indicado el conjunto de normas integrantes del Derecho internacional procesal, debe observarse que no todas tienen un carácter procesal, sino que hay otras de carácter orgánico.
Las normas procesales regulan el ejercicio de la actividad jurisdiccional que tienen atribuida los órganos judiciales internacionales. Mientras las orgánicas tienen por finalidad la constitución de los órganos judiciales internacionales y el estatuto jurídico del personal jurisdiccional y del personal auxiliar.
Las normas contenidas en el Derecho internacional procesal se encargan de regular la estructura y funciones de los órganos jurisdiccionales internacionales; los presupuestos y efectos de la tutela jurisdiccional, y la forma y contenido de la actividad jurisdiccional.
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