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EL DERECHO SUCESORIO EN EL DERECHO ROMANO.


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2016  •  Ensayo  •  488 Palabras (2 Páginas)  •  190 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO FACULTAD DE DERECHO.[pic 1]

EL DERECHO SUCESORIO EN EL DERECHO ROMANO.

[pic 2]

Alumno: Miranda de la Cruz Guillermo.

Profesora: Amada Gaytan Arredondo.

Materia: Derecho Sucesorio.

Grupo: 0028.

INTRODUCCION.

La familia es el pilar fundamental de la sociedad, de ella nacerá lo que determinara el futuro de otro de los pilares que yacerán a la muerte de una persona física, esto es de su patrimonio a través de una institución cuyo estudio es el objeto del presente trabajo. La regulación de ello esta a cargo del derecho sucesorio, el cual siempre reflejará el bienestar de una sociedad al demostrar su comportamiento en la familia. Es por ello que es necesario adentrarse al saber de su origen, creación y organización.  

Sin duda alguna menester analizar las instituciones que le dieron su origen desde la antigua Roma, la cuna del derecho para gran parte de la sociedad actual, y que ha dejado un legado singular mucho antes que otros pueblos de la antigüedad. Este dentro de una gran institucion del derecho romancista como lo es el derecho hereditario o sucesorio, que sin duda alguna es parte clave para determinar el futuro de ese pilar fundamental en el desarrollo de la sociedad y su progreso.

DESARROLLO.

A lo largo de la historia instituciones como la familia, la propiedad y las obligaciones han comprendido una estructura triangular sobre la cual gira otra que unirá todo esto, entre el plano de la vida y la muerte, pues delimitara el futuro de ellos. Bien esto nació en una época de la antigua Roma, a partir del patrimonio los derechos reales que ejercía el pactre familias sobre su familia y las personas sometidas ante él.

 El Derecho sucesorio tiene un fundamento familiar cuyo objeto se encuentra en el destino de ese patrimonio. La institución que nace para regular este destino sobre el patrimonio de una persona hace posible el funcionamiento de la familia de la cual estaba a cargo. Los romanos hicieron posible que a la muerte de esa persona llamada por ellos de cuius, otra adquiriera ese lugar junto con su patrimonio, quedando como el heredero (heres) y esa posesión como llamada succesio, se pudiera adquirir por dos medios: a) post mortem,  y b) ab intestato.[1] Con esta forma evitarían la disgregación de la familia, lo cual el Estado Romano veía con recelo, pues bajo un sistema de leyes que mantenia un orden en la sociedad no podía permitir, pues entraría en una crisis el pilar fundamental que lo conservaba de pie. Se difería así la desaparición del de cuius como entidad de derecho, y establecía su prolongación mediante la continuidad de su persona por el heredero. Este y aquél son una misma persona, de modo que la vacante dejada por el de cuius es ocupada instantáneamente por el sucesor. Así, de esta manera el derecho sucesorio empezaría a adquirir un papel fundamental en el derecho romano.

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