EL OBJETO DEL PROCESO INTERNACIONAL
Enviado por caedeleon • 24 de Mayo de 2012 • 487 Palabras (2 Páginas) • 652 Visitas
EL OBJETO DEL PROCESO INTERNACIONAL
Es claramente definido, por el autor alemán WILHELM SAUER, al decir que “objeto del proceso, es la realidad, de hecho y de derecho, a transformar, mediante el proceso, jurídicamente”. Esta concepción se ajusta más, al derecho positivo latinoamericano, y correlativamente, a pautas jurídicas universales.
En conclusión, una noción elemental de objeto del proceso, es, lo que se procesa, o, lo que se somete a la actividad de sus funciones. Este objeto puede considerarse en un sentido estricto o mínimo, así como también, en un sentido amplio o máximo. El primero, es la realidad a cambiar por el proceso, tal como aparece al inicio de él. El segundo, integra el objeto en sentido estricto y su proyecto procesal.
CLASIFICACIONES DEL OBJETO PROCESAL:
1. OBJETO EXISTENCIAL: es decir, que se da en la experiencia o en la vida, coincidiendo con SAUER, en que es “una realidad a transformar, realidad vital”. Se integra con 4 elementos y 4 relaciones: a. Sujetos, hechos y actos, bienes y normas. b. Intereses, situaciones jurídicas, relación jurídica y proyecto.
2. OBJETO ESENCIAL: la esencia del objeto parce estar en la insatisfacción jurídica que se asume como posible por el tribunal; entendiéndose por insatisfacción jurídica, a la diferencia entre el ser y el deber ser. Se puede entender entonces, que el objeto esencial, es la insatisfacción jurídica asumida jurisdiccionalmente, en su tendencia a la satisfacción.
3. OBJETO GNOSEOLÓGICO: el objeto (existencial y esencial) no es sólo en sí, fuera de los sujetos que lo piensan, sino en el pensamiento de éstos, en las imágenes que ellos se forman de él; es decir, el objeto de conocimiento o gnoseológico, que es objeto en una relación de conocimiento. La doctrina ha dividido las cuestiones que integran este objeto en: cuestión de hecho y cuestión de derecho, aún cuando están íntimamente relacionadas, pues la primera se refiere a hechos de la realidad, de la vida, mientras la segunda, a las afirmaciones jurídicas; sin embargo, el hecho es derecho y viceversa.
4. OBJETO ECONÓMICO: en el objeto del proceso, que es una forma de insatisfacción, este aspecto se traduce como perjuicio, disminución o privación de bienes, por consiguiente, afectación del interés. Este tipo de consideración tendrá gran importancia al considerar el enfrentamiento de la jurisdicción contenciosa y la voluntaria.
EL OBJETO DEL PROCESO INTERNACIONAL.
En éste, se ha seguido el modelo jusprivatista, en donde, para definir su materia ha hecho uso del concepto de relación privada internacional, que ha tenido su proyección procesal, como objeto. Presenta como dificultad la internacionalidad del proceso, la cuestionabilidad en el proceso, pues se señalan dos tesis sobre el tema, ellas son: 1. La del Uso Jurídico, que afirma
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