EL PATRIMONIO MORAL
Enviado por KarinaVG • 17 de Mayo de 2017 • Ensayo • 782 Palabras (4 Páginas) • 563 Visitas
EL PATRIMONIO MORAL
Considero al Patrimonio Moral, como un conjunto de obligaciones y derechos de una persona, conceptualmente no pecuniarios no tangibles que se conforman con el derecho de la personalidad. Gutiérrez y González dice que ‘’Son los bienes constituidos por determinadas proyecciones físicas o psíquicas del ser humano que las atribuye para sí o para algunos sujetos de derecho, y que son individualizadas por el ordenamiento jurídico’’.
Asimismo también son conocidos como los derechos personalísimos, derechos vitalicios, innatos, subjetivos y privados que tienen como objeto la manifestación interior de la persona y que pueden ser inherentes, extrapatrimoniales y necesarios, que no pueden transmitirse ni disponerse en forma radical.
Son los derechos supremos del hombre, aquellos que garantizan el goce de sus bienes personales frente a los derechos de los bienes externos, los derechos de la personalidad, nos garantizan el goce de nosotros mismos, asegurando en particular el señorío de su persona, la actuación de sus propias fuerzas físicas y espirituales. Federico de Castro Bravo infiere que estos derechos para las personas son un atributo que les permite ‘’ proteger la esencia de su personalidad y sus más importantes cualidades’’.
“Renato Scognamiglio denomina a los derechos de la personalidad como bienes morales, no patrimoniales, porque la idea de patrimonio solo incluye al pecuniario’’ Concuerdo con la conceptualización del autor ya que el patrimonio se ha definido como “un conjunto de obligaciones y derechos susceptibles de una valorización pecuniaria, que constituyen una universalidad de derecho (universitas iuris). Según lo expuesto, el patrimonio de una persona estará siempre integrado por un conjunto de bienes de derechos y, además, por obligaciones y cargas; pero es requisito indispensable que estos derechos y obligaciones que constituyen el patrimonio sean siempre apreciables en dinero, es decir, que puedan ser objeto de una valorización pecuniaria’’. Y esto nos aleja de lo que realmente son los derechos de la personalidad, ya que se tratan de bienes inmateriales, morales, meramente subjetivos. Desde mi punto de vista, el llamarlo ‘’patrimonio’’ moral nos confunde y de cierta manera suena incongruente por lo antes mencionado, entonces para evitar esta confusión considero que es preferible llamarlo “bienes morales” tomando como un “bien” “todo aquello que le proporcionamos un valor positivo y, por ello, estimable”. Hago esta observación ya que al investigar sobre el tema diferí con el concepto de “patrimonio moral” ya que la concepción que tengo sobre el término “patrimonio” es en relación a lo material valuado en dinero.
Cabe mencionar que los Derechos de la Personalidad no tienen origen en el derecho romano clásico, ya que estos solamente se ocuparon del mundo exterior que rodeaba al ser humano y no le daban la importancia a las cosas abstractas como son estos derechos.
EN UN CONCEPTO LEGAL:
CARACTERÍSTICAS |
INNATOS |
VITALICIOS |
NECESARIOS |
ESENCIALES |
DE OBJETO INTERIOR |
INHERENTES |
EXTRAPATRIMONIALES |
RELATIVAMENTE INDISPONIBLES |
ABSOLUTOS |
PRIVADOS |
AUTÓNOMOS |
"Son un conjunto de libertades públicas que tienen los seres humanos sin distinción de ninguna índole, que les permite luchar por alcanzar su fin trascendente en armonía de su dignidad, innata, con la de otras personas, bajo el reconocimiento del derecho y con el respeto del poder político".
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