Patrimonio
Enviado por faborrerot • 20 de Septiembre de 2011 • 1.448 Palabras (6 Páginas) • 643 Visitas
Introducción.
Para desarrollar las funciones que la sociedad les ha encomendado, las entidades públicas, como cualquier persona natural o jurídica, requieren una serie de elementos económicos que se traducen en la existencia de un patrimonio. Este patrimonio según algunas definiciones clásicas es el que se encuentra compuesto de bienes, es decir, las cosas que pueden ser objeto de derechos y que representan un valor pecuniario.
El estudio del patrimonio y, en consecuencia, de los bienes, corresponde básicamente al derecho civil. Sin embargo, como sucede con otros temas, la presencia del Estado como propietario de bienes hace que el análisis originalmente civilista presente particularidades importantes, las cuales es necesario estudiar desde el punto de vista del derecho administrativo. Con mayor razón si tenemos en cuenta que la época moderna se ha caracterizado por un progresivo enriquecimiento por parte de los Estados, no solo en aquellos estados socialistas que es donde cabe perfectamente la anterior afirmación, puesto que el Estado se convierte en el único propietario de bienes, sino también en el Estado liberal que de su actividad clásica paso a una actividad netamente intervencionista, lo cual hace que pretenda cada día asumir un mayor número de responsabilidades, y para ello se necesitaran una mayor cantidades de recursos económicos. Aunque este progresivo enriquecimiento del Estado tiende a mesurarse en esta época en virtud del llamado neoliberalismo, que se ha pretendido aplicar en Colombia y en toda Latinoamérica, y que implica una política de privatización de las empresas y actividades del Estado, será necesario esperar algún tiempo para comprobar si se trata de una etapa histórica consolidada, o si, por el contrario, es apenas es un fenómeno coyuntural.
Nociones generales.
Para poder entender el concepto de patrimonio público, es necesario diferenciar entre tres conceptos: el dominio eminente, el dominio público y el domino privado del Estado.
a. El domino eminente: Es el poder que tiene el Estado sobre la totalidad del territorio de su jurisdicción, con fundamento en su soberanía, el cual se traduce en el poder de tomar medidas en relación con ese territorio, cuando las necesidades de la comunidad lo requieran, aun cuando aquel está sometido a propiedad privada.
Como dice MARIENHOFF, el dominio eminente es la expresión político- jurídica de la soberanía interna, pues mientras la soberanía externa se manifiesta solo en las relaciones entre estados y se traduce en la independencia, el dominio eminente es la potestad de legislación sobre las personas y los bienes del territorio, sin más limitación que los preceptos constitucionales.
El domino eminente es un poder supremos sobre el territorio, entendido este en su concepto más amplio, y lo ejerce el Estado potencialmente sobre los bienes situados dentro de él, ya sea que la propiedad de aquellos pertenezca al mismo Estado propiamente dicho y no a las demás personas públicas.
Este poder o dominio no hace parte del dominio del Estado desde el punto de vista económico tradicional, pero es evidente que influye indirectamente en el patrimonio, pues en mayor o menor medida es el fundamento de la riqueza estatal.
b.El dominio público: la distinción entre domino público y dominio privado
del Estado encuentra antecedentes desde las primeras comunidades humanas, hasta configurarse claramente en Roma mediante los conceptos de res publicae y res fisci, el primero refiriéndose a las cosas publicas y el segundo a los demás bienes del gobernante.
A su vez, en la Francia anterior a la revolución los autores hacen referencia a la distinción entre los dos conceptos, sobre la base de la teoría del domino de la corona, según la cual, todos los bienes del reino eran propiedad del rey, claro que sometidos a la regla de la ineliabilidad. Con ocasión del triunfo de la revolución, el concepto de la soberanía del pueblo condujo a que los bienes del Estado ya no se consideraran propiedad del gobernante sino de la nación. Y en consecuencia la distinción fue acogida por el legislador, mediante la ley 16 de junio de 1895.
Esa distinción se fundamenta en la misma idea básica que dio origen a la aparición del derecho administrativo, consistente en que el Estado algunas veces actúa de manera similar a los particulares, pero otras actúan en forma especial y esencialmente diferente de aquella.
Se han tomado varios criterios para determinar, el primero ha sido el del
derecho romano, según el cual el dominio público es el conjunto de los
bienes
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