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Patrimonio


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2011  •  2.357 Palabras (10 Páginas)  •  430 Visitas

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Introducción

La tarea de investigar el PATRIMONIO, en el mundo de las personas naturales o en el mundo de las sociedades y entes colectivos, es una tarea difícil de definir el patrimonio por la complejidad del objetivo de estudio como por la situación personal y sentimental del investigador.

Como su palabra lo dice PATRIMONIO, no es más que la universalidad que comprende todos los derechos y obligaciones de valor económico que tiene un sujeto de derecho y que se origina para el mismo con la formación de la personalidad jurídica la cual se extingue con la muerte.

Cabe señalar que el PATRIMONIO, pertenece a cada persona desde el momento de nacer y es por eso que cada persona tiene un patrimonio y no puede existir una misma persona con doble patrimonio, y para establecer una definición más precisa es necesario establecer las teorías que tratan acerca del Patrimonio.

¿Qué es el patrimonio?

El patrimonio es uno de los conceptos básicos del derecho civil y tiene interés tanto desde el punto de vista teórico, como desde el punto de vista práctico, porque se relaciona con muchas instituciones del derecho privado.

Por lo tanto decimos que el patrimonio es “el conjunto de relaciones jurídicas pertenecientes a una persona, que tienen una utilidad económica y por ello son susceptibles de estimación pecuniaria, y cuya relaciones jurídicas están constituidas por deberes y derechos (activos y pasivos). Desde este punto de vista la consideración del valor de un bien patrimonial se descontará del mismo el valor de las cargas que se hallen gravando los bienes patrimoniales.

Elementos

a.- Su composición como conjunto unitario de derechos y de obligaciones: Entendida como la concurrencia en bloque y simultáneos de derechos y obligaciones conectados, unidos entre si por algún elemento de hecho o de derecho afectados a un fin determinado, para que conceptualmente se entienda la existencia de un patrimonio jurídico.

b.- Su significación económica y pecuniaria, ya que solo las relaciones jurídicas de carácter pecuniario (derechos reales, derechos de crédito), forman el contenido del patrimonio: Es decir, relaciones jurídicas valorables en dinero, porque el derecho patrimonial siempre esta referido a un bien valorado en una cantidad determinada.

c.- Su atribución a un titular como centro de sus relaciones jurídicas: porque para que exista derechos y obligaciones debe existir un titular de ellas, algo o alguien que en su universo propio que las detente, sea persona natural o jurídica. Si se tiene el derecho es acreedor o titular potestativo de un crédito, esta es una posición activa; por el contrario si se tiene la obligación o el deber se es deudor y se esta en una posición pasiva.

El Patrimonio si bien nace con la existencia de personas, en cualquier ámbito, no es menos cierto que, no se extingue por la extinción vital de la persona, con su muerte, o de la persona jurídica con la caducidad de su existencia o su extinción forzada por quiebra u otros elementos. El patrimonio queda conformada como una universalidad existencial transmisible a herederos o causahabientes en el mundo de las personas naturales, o en cartera en el mundo de las sociedades y entes colectivos.

Características

Conforme al concepto, definiciones y elementos precedentemente expuestos, se desprenden las siguientes características del patrimonio:

• Es independiente de la persona

• Es una universalidad jurídica, características que comparte con la concepción de la teoría clásica. Sin embargo, para algunos autores finalista, esta universalidad jurídica no es diferente de los bienes y deudas que la integran sino que esta compuesta precisamente por dichos bienes y deudas.

• Es comerciable, el patrimonio esta en el comercio humano, esta compuesto por bienes y deudas que tienen una apreciación pecuniaria.

• Es enajenable, por acto entre vivos, también es trasmisible por causa de muerte.

• Es divisible

• Es prescriptible, puede ganarse y perderse por la prescripción.

• Es embargable, debido a que esta compuesto por bienes que están en el comercio humano.

Teoría clásica

El patrimonio es una consecuencia de la personalidad, es un derecho innato en la persona e independiente por lo tanto de su voluntad. Los derechos que integran el patrimonio tienen contenido económico y representan la suma del activo y del pasivo. Los derechos tales como el de familia (patria potestad, etc.), políticos (como el veto, etc.), que no tienen relevancia económica, quedan fuera del patrimonio. Según Aubry y Rau, estos derechos sólo tienen significación económica cuando se les lesiona.

Los redactores del código civil francés no elaboraron una teoría general sobre el patrimonio, ni sobre las universalidades, la construcción de tal doctrina fue labor especial de un grupo de expositores del código civil francés y su resumen más acabado se halla en los trabajos de Aubry y Rau.

El patrimonio es, básicamente, para las posturas tradicionales, una consecuencia directa de la personalidad. Constituye un derecho innato que toda persona arrastra desde su nacimiento, independientemente, por lo tanto, de su propia voluntad. Los derechos que lo integran, tienen necesariamente, contenido económico y representan la suma del activo y el pasivo, con entera prescindencia de que el Características

pasivo sea igual, superior o inferior al activo.

Frente al aserto, quedan marginados del patrimonio los derechos políticos, los derechos de familia desprovistos de matices económicos y los derechos de la personalidad. Estos últimos sólo admitirán valoración pecuniaria, cuando sean objeto de alguna lesión.

El patrimonio es una universalidad jurídica.

El patrimonio es una universalidad jurídica ligada a la persona.

El patrimonio comprende solo derechos pecuniarios.

Teoría alemana

Esta doctrina tiene su base en los ordenamientos jurídicos Germanos y se atribuye a Brinz y Becker.

El patrimonio no se identifica como algo ligado a la personalidad, ni tiene características específicas como la inalienabilidad y la indivisibilidad.

Se define tomando en cuenta el destino que en un momento dado tenga un grupo de derechos y obligaciones. Define el patrimonio como algo inminentemente objetivo, se concibe como un conjunto de bienes, cuyo vínculo de unión no es una persona determinada, sino la persecución de un fin jurídicamente tutelado.

La teoría expone que el patrimonio es un conjunto de bienes y obligaciones que constituyen un

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