EXTORSION
Enviado por asuka • 31 de Mayo de 2014 • 3.937 Palabras (16 Páginas) • 361 Visitas
1. Inicio, reformas y análisis de la extorsión
2. Tipo penal
3.
4. Bien jurídico protegido
5. Comportamientos que configuran la extorsión
6. Circunstancias agravantes
7. Tipo de realización imperfecta
8. Participación y coautoría
9. Penalidad
10. Legislación comparada
11. Conclusión
12. Bibliografía
Inicio, reformas y análisis de la extorsión
El delito de extorsión inicialmente estaba considerado dentro del robo violento (cod Penal 1863- art. 326). En el código de 1926 se define ciertamente y separa a la extorsión del robo (art. 249), al igual que el código de 1991 que lo regulaba en el (art, 200). En el código penal de 1995 (vigente actualmente, con la separación del delito de extorsión que se encontraba configurado dentro del robo ha dado lugar a varios problemas interpretativos, que no quizás por el acto en si sino mas bien por la forma y a la regulación que le ha sido asignada y posteriormente desvirtuándose la esencia misma de esta figura por la modificaciones realizadas.
Antes de la modificación con el Decreto Legislativo Nº 982, no se configuraba dentro de esta figura como sujeto pasivo a la persona jurídica. También es evidente que tenía un marco normativo menos amplio y que solo se enfocaba en lo que se denominaría actualmente secuestro extorsivo.
Esta institución (EXTORSION) se ha visto modificada, muchas veces, motivadas por la aparente finalidad de tranquilizar a la opinión pública ante el incremento de actos delictivos de este tipo.
Estas modificaciones se dan de la siguiente manera:
• 1. Decreto Legislativo Nº 896 -24/05/1998
• 2. LEY Nº 27472 ART.1 -05/06/2001
• 3. Texto Único de la Ley Nº 28353 – 06/10/2004
• 4. Ley Nº 28760 – 14/06/2006
• 5. Decreto Legislativo Nº982 - 22/07/2007 (VIGENTE)
La extorsión es un delito violento, que se puede resumir es " un atentado a la propiedad cometido mediante una ofensa a la libertad empleando violencia física o moral"
CON ESTA ULTIMA MODIFICACION (D. Legislativo 982) se distorsiona la estructura técnica y doctrinaria de la extorsión, ya que se amplía desmesuradamente el tipo para abarcar conductas que escapan al marco de la protección estrictamente de lo patrimonial, para regular y condenar conductas que limitan más bien con los atentados contra la seguridad pública, no siendo este el fin que persigue la esencia del delito patrimonial.
La falta de prevención por parte del estado hacen que ya sobre los actos delictivos actuales se pretenda apaciguar al populoro mediante la represión y no atacando el problema de fondo social. Esto haciendo del sistema penal uno; sobrecriminalizador , intervencionista y atentatorio contar e principio de ultima ratio y de mínima intervención al igual que el delegalidad.
Al respecto podemos citar Exigencias extorsivas contra autoridad (4º párrafo) Participación de funcionario público en huelga con fines extorsivos ( 5º párrafo)
Entendiendo por estos principios lo siguiente:
Los principios generales (título preliminar del C.P ) que regulan el control penal, delimitan y trazan el marco y el procedimiento de actuación para ejercer justicia en el ámbito del D. Penal
Los principios son fundamentales y básicos ya que cuentan con rango constitucional y aquella norma que atente contra estos será denominada inconstitucional y violadora de derechos fundamentales del imputado.
Los principios se complementan unos a otros pero a su ves son de igual importancia todos por particular ya que están sujetos a una valoración horizontal en cuanto a su rango de fundamentalidad para la aplicación de justicia, puesto que estos siendo el marco que regula el derecho penal aseguran el cumplimiento de un debido proceso, de un juzgamiento adecuado en la idea de un estado de derecho por citar algunos.
En que consisten estos principios que se coligen quebrantados por la actual regulación del delito de extorsión.
Principio de legalidad:
Leer más: http://www.monografias.com/trabajos71/extorsion-art/extorsion-art.shtml#ixzz33KC21ax9
Los artículos ll, lll y Vl del título preliminar del código Penal definen los presupuestos y efectos del principio de legalidad.
De manera que toda forma de violencia ilícita que provenga del sistema penal (torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, etc.) deberán ser consideradas conductas prohibidas. El principio de legalidad limita el ejercicio del poder penal exclusivamente a las acciones u omisiones previstas en la ley como infracciones punibles: nullun crimen, nulla poena lege.
"nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e equivoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley" (artículo 2, numeral 24, inciso d, constitución)
Principio de necesidad o de mínima intervención:
Solo puede emplear la pena cuando está en situación de explicar su necesidad para la convivencia social, para mantener el orden democrático y social establecido.
El derecho penal solo debe permitir la intervención punitiva estatal en la vida del ciudadano en aquellos casos donde los ataques revisten gravedad para los bienes jurídicos de mayor trascendencia.
Por eso para que intervenga el derecho penal junto a sus graves consecuencias su presencia debe ser absolutamente imprescindible y necesaria , ya que de lo contrario generaría una lesión inútil a los derechos fundamentales.
No será suficiente determinar la idoneidad de la respuesta penal, sino que además es preciso que se demuestre que ella no es reemplazable por otros métodos de control social menos estigmatizantes
• a) principio de subsidiaridad :
Se trata de la última ratio o extrema ratio. El derecho penal debe ser el último recurso que debe utilizar el estado, debido a la gravedad que revisten sus sanciones.
Tipo penal
CODIGO PENAL Articulo Modificado por D. Legislativo 982
La forma de este delito seria la diguiente:
Art. 200
• 1- Extorsion 1º parrafo
• Extorsion genérica 2º parrafo
• Colaboración en acto extorsivo 3º parrafo
• Exigencias extorsivas contra autoridad 4º parrafo
• Participación de funcionario publico
en huelga con fines extorsivos 5º parrafo
• Extorsion agravada 6º parrafo
• Secuestro extorsivo 7º parrafo
• Secuestro extorsivo agravado ultimo parrafo
Descripción típica
Artículo 200.- Extorsión
El que mediante violencia o amenaza obliga
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