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Efectos económicos


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2014  •  Informe  •  3.179 Palabras (13 Páginas)  •  183 Visitas

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Efectos económicos

Los impuestos crean una obligación tributaria a cargo de quienes aparecen señalados como destinatario en la Ley respectiva. Por su parte, el Fisco adquiere el derecho de exigir su importe y de tomar las medidas que juzgue adecuadas para su eficiente recaudación. Es a partir de ese momento cuando el impuesto empieza a surtir sus efectos.

La consecuencia inmediata parece ser el pago de una prestación en beneficio del erario (tesoro público). La hipótesis normativa de los impuestos toma como ámbito personal de aplicación a una pluralidad indeterminada de sujetos. Es decir, está en presencia de una disposición de carácter general, que tiene como origen y destino a una colectividad que se estima productora de recursos económicos. A su vez esta colectividad de destinatarios integra un núcleo social en el que compiten los intereses personales, monetarios, sociales y hasta políticos.

Ante tal situación, deben contemplarse dos tipos diversos de efectos: negativos y positivos; cuyas consecuencias se traducen en la falta de pago o bien en el pago mismo.

Como efectos negativos podemos mencionar:

efectos negativos

LA EVASIÓN Y EL FRAUDE FISCAL

Su distinción es bastante sutil ya que puede afirmarse que se trata de una misma situación: la falta de pago por parte del causante de impuestos que se encuentra legalmente obligado a cubrir. El clásico efecto negativo.

FRAUDE: Es un delito patrimonial que consiste, en términos generales, en obtener mediante falacias o engaños, o por medio de maquinaciones o falsos artificios, la usurpación de cosas o derechos ajenos.

El Fraude Fiscal se caracteriza por el accionar de sujeto pasivo, que lleva a cabo una serie de maquinaciones, artificios y falacias con el deliberado propósito de eludir las prestaciones fiscales.

Se trata de un caso de dolo y mala fe, en el que se persigue causar un perjuicio al Erario, a través del camino del engaño. Un defraudador fiscal es un individuo deshonesto sin lugar a dudas, pero si opera con éxito se transforma en un envidiable ejemplo a seguir, en un foco permanente de tentaciones negativas.

En tales condiciones, el legislador al establecer un impuesto, necesita prever las perspectivas de defraudación, a fin de evitarlas no solamente mediante una regulación exhaustiva del problema o a través de un diluvio de sanciones, sino con base en la fijación proporcional y real del tributo.

En materia fiscal, lo correcto es legislar para la realidad económica y social que se está viviendo. A muy pocos gobernados les agrada vivir al margen de la Ley, y solamente recurren a este expediente cuando consideran que un impuesto es exagerado e inequitativo en comparación con las cargas que gravitan sobre otros sectores de la población.

Puede afirmarse que cada impuesto específico posee causas específicas. Por ejemplo: El Contrabando: que se define como la extracción o introducción de mercancías en un país, sin pagar los impuestos de importación y exportación correspondientes.

Factores genéricos del Fraude Fiscal:

Altas tasas impositivas frente a la capacidad económica real de la población que tributa.

El fundamento de todo sistema impositivo debe ubicarse en el ingreso del núcleo social que resultara gravado así como en el porcentaje progresivo del alza del costo de la vida. Ante que las obligaciones públicas, están las necesidades personales y familiares. Y si el cumplimiento de estas obligaciones le priva alguna de esas necesidades, inmediatamente buscara el modo de defraudar al fisco.

Inmoralidad administrativa.

Proporciona efectos negativos por razón de imagen. El particular pierde respeto hacia sus autoridades y no se siente moralmente obligado a proporcionarles sostén económico.

Falta de conciencia ciudadana y por ende de escrúpulos, por parte de los causantes.

La falta de conciencia y de recursos, el alza en el costo de la vida y los malos ejemplos gubernamentales deben ubicarse en aquel sector de la población integrado por gente inescrupulosa que encuentra especial deleite en transgredir la Ley. En ningún país falta esta clase de personas que sin principios morales o éticos dedican sus mejores esfuerzos a defraudar al fisco. Para controlar este efecto negativo se deben imponer sanciones que prevengan y repriman estas conductas, pero deben emplearse con prudencia a fin de no cometer injusticias que subleven a causantes de buena fe.

EVASIÓN: Opera fundamentalmente como un caso de omisión. Es decir, el causante en forma pasiva deja de cubrir los impuestos, ya sea por ignorancia o por imposibilidad material. Esta situación se presenta con mayor frecuencia que la que pudiera pensarse, y por tanto debe analizarse por separado del fraude fiscal. La ignorancia de la Ley no excusa su incumplimiento.

La postura que debe adoptar el Legislador, es aquella que tienda a procurar el mayor volumen posible de ingresos al Fisco; por lo tanto se encuentra obligado a proporcionar al causante los elementos necesarios para el cabal conocimiento de sus obligaciones tributarias.

Mientras las leyes impositivas requieran de una especialización técnica para ser entendidas, subsistirá un gran número de causantes de buena fe, que por falta de los conocimientos adecuados acaban por convertirse, involuntariamente, en evasores fiscales.

Otro caso bastante frecuente de evasión suele presentarse cuando el causante debido a sus exiguos ingresosy también quizás a sus crecientes necesidades familiares, se ve en la imposibilidad material, de pagar los impuestos respectivos, utilizando las cantidades debidas al Fisco como un ingreso adicional o como el complemento de su presupuesto personal.

De tal manera al monto de los impuestos deben sumarse las erogaciones realizadas para poder cubrirlos en debida forma. Lo cual en múltiples ocasiones, representa un gasto que se encuentra más allá de las posibilidades económicas de muchos particulares.

Algunos factores determinantes de la evasión y fraude fiscal:

La magnitud de las alícuotas impositivas, en cuanto a que a mayores tipos impositivos mayor evasión.

El riesgo a ser fiscalizado, en el sentido que a mayor probabilidad de fiscalización menor propensión a evadir.

La magnitud de las sanciones (multas y penas privativas de la libertad), disminuyendo la propensión a evadir ante aumentos de las penas.

La equidad del sistema tributario, en cuanto que a mayor equidad menor propensión

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