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El Contrato De Empréstito


Enviado por   •  30 de Junio de 2013  •  1.214 Palabras (5 Páginas)  •  823 Visitas

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“CONTRATO DE EMPRESTITO”

Contrato de Empréstito Público

Es un contrato de Derecho Público (contrato administrativo) el empréstito es considerado como un procedimiento del Estado para obtener dinero y afectar éste a los gastos públicos, es materia propia de la ciencia de las finanzas y de derecho financiero. Los empréstitos pueden ser internos o externos.

Los empréstitos internos son comúnmente de carácter circunstancial. Ellos constituyen respecto del Estado la deuda flotante (deuda a corto plazo) y a veces la deuda consolidada. Éstos empréstitos se justifican por desequilibrios del presupuesto y por la necesidad de proveer a gastos imprevistos, aunque no carácter extraordinario.

Los empréstitos externos, los emite el Estado, en atención a la situación de la moneda, y de los capitales del país. Son consideraciones de orden político económico las que se tienen vistas. Estos son motivados por gastos extraordinarios, grandes obras públicas, guerras, etc.

El empréstito implica el establecimiento de cargas públicas a veces más graves u onerosas que los impuestos afectados a gestiones administradas dadas, pues se resuelven en aumento de impuestos a generaciones enteras. Es el congreso el que tiene competencia para autorizar un empréstito que compromete el crédito de la nación.

CONTRATOS DE EMPRESTITO

Son contratos de empréstito los que tienen por objeto proveer a la entidad estatal contratante de recursos en moneda nacional o extranjera con plazo para su pago.

Los empréstitos se contratarán en forma directa, sin someterse al procedimiento de licitación o concurso de méritos. Su celebración se sujetará a lo dispuesto en los artículos siguientes.

De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 2o. del artículo 41 de la Ley 80 de 1993: los sobregiros están autorizados por vía general y no requerirán los conceptos allí mencionados.

EMPRESTITOS EXTERNOS DE LA NACION. La celebración de contratos de empréstito externo a nombre de la Nación, requerirá:

a) Autorización para iniciar gestiones, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con:

1. Concepto favorable del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES; y

2. Concepto de la Comisión de Crédito Público si el empréstito tiene plazo superior a un año.

b) Autorización para suscribir el contrato impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con base en la minuta definitiva del mismo.

EMPRESTITOS INTERNOS DE LA NACION.

La celebración de contratos de empréstito interno a nombre de la Nación, requerirá autorización para suscribir el contrato, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación, cuando se trate de proyectos de inversión, y la minuta definitiva del contrato.

EMPRESTITOS EXTERNOS DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS DEL ORDEN NACIONAL Y DE ENTIDADES TERRITORIALES Y SUS DESCENTRALIZADAS.

La celebración de contratos de empréstito externo por las entidades descentralizadas del orden nacional, diferentes de las mencionadas en el artículo 12 del presente decreto, y por las entidades territoriales y sus descentralizadas requerirá:

a) Autorización para iniciar gestiones, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación; y

b) Autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en las correspondientes minutas definitivas.

EMPRESTITOS INTERNOS DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS DEL ORDEN NACIONAL.

La celebración de contratos de empréstito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional, diferentes de las mencionadas en el artículo siguiente, requerirá autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida

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