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El Derecho Y Sociedad:


Enviado por   •  14 de Octubre de 2014  •  2.328 Palabras (10 Páginas)  •  172 Visitas

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El Derecho y sociedad:

La existencia del derecho en nuestra sociedad es innegable, como necesaria para regular la conducta humana, en sus relaciones con los demás en la sociedad, en la búsqueda de la satisfacción de sus variadas necesidades, y realización de los objetivos que persiga como ser individual ontológicamente libre, con respeto al derecho de los demás, pues en el ejercicio de sus derechos para su desarrollo como persona humana son limitados, que pueden sufrir determinadas restricciones en su ejercicio, pues también ha de considerarse la vigencia de otros valores tan igual de merecedores dignos de tutela, todo ello para fines del restablecimiento del orden social con basamento en el derecho, y que cuan más basta sean las relaciones sociales se van convirtiendo en complejas las relaciones o nuevas situaciones jurídicas y como tal requerirá de mejores mecanismos de regulación y de solución de conflictos.

Sabemos que a medida que se va desarrollando la sociedad, el derecho como instrumento normativo regulador va quedando en cierta forma desactualizado por decirlo de alguna manera, pues con el desarrollo social permanente van surgiendo nuevas situaciones o relaciones jurídicas, que requieren de nuevas formas de regulación y de solución de conflictos cuando se presenten, que el derecho como supuestos normativos no tuvo previsión inicialmente, lo que es natural, fenómeno social que se presenta permanentemente fruto de su evolución histórica, pues la realidad como se dice, rebasa el derecho.

Por tanto, las nuevas relaciones o situaciones con relevancia jurídica que se presenten en la sociedad es innato e inherente a la sociedad en su proceso histórico, y así lo vienen experimentando a lo largo de su evolución, claro está que este desarrollo se realiza por la intervención de la persona humana, como creador de sus múltiples relaciones para la satisfacción de sus variadas y múltiples necesidades y para conseguir determinados propósitos, y que en determinados contextos históricos de la sociedad son protegidos por ella, pues a medida que el hombre realiza una valoración de los mismos, desde el momento que le sirve a la persona en esos propósitos, el derecho va cumpliendo su función no solo de regular esas nuevas relaciones sociales o situaciones, sino de proteger determinados bienes dignos de tutela, porque el hombre les ha atribuido determinado valor en cuanto le sirvan para sus objetivos en su existencia social.

En cuanto cambia la sociedad en permanente evolución y desarrollo, el derecho también cambia, o mejor dicho debe responder a las nuevas relaciones sociales emergentes para cumplir una de sus funciones, la importancia de la justicia y el orden, y otros valores que también emergen de esas relaciones y situaciones jurídicas, pues todo acto humano en cuanto le sirve a sus propósitos es susceptible de ser valorado, más aún si se trata de sus propias relaciones en su coexistencia con los demás y que el derecho los va consagrando en su ordenamiento jurídico.

Así también la resolución judicial no debe estar fuera de ese contexto del derecho, tanto en su creación jurídica y en su aplicación práctica, a través de su jurisprudencia, y ha de constituirse en un mensaje, primero directamente a los justiciables y sus abogados, con explicitación de las razones del porqué se resuelve de determinada manera, y en segundo lugar, a la sociedad, también destinataria del mensaje; así se vivenciará el derecho como fenómeno social interdependiente del derecho con la realidad social con defensa de determinados valores socialmente aceptados; y se evitará ese divorcio que se señaló entre derecho positivo y realidad social, fenómenos sociales en constante evolución, que considero debe tenerse una adecuada comprensión como proceso histórico del derecho y sociedad, para alcanzar determinados fines, contribuyendo el derecho a la preservación de la paz social y la justicia como fin del derecho.

Por otro lado, se dice que el derecho no debe ser un obstáculo para los cambios y desarrollo que se presente en la realidad social, y esto va en consonancia con la concepción que se tenga del derecho; pues si aceptamos que el derecho no solo es marco jurídico (como norma jurídica), sino también que regula las relaciones sociales (como hecho social), y sobre todo el derecho contiene en sí mismo elementos valorativos (como valor) que aspira alcanzar; es más, también que tiene otros componentes sociales a ser abordados, por ello se le considera en su dimensión pluridimensional, entonces consideramos al derecho en su estudio con la realidad social, como instrumento no solo para resolver los problemas que se presenten en la sociedad, sino también que se convierta en un instrumento de cambio y desarrollo para la sociedad, y no sólo meramente un regulador normativo; caso contrario se convertiría sí en un verdadero obstáculo que frenaría el desarrollo de nuevas relaciones o situaciones, las que de presentarse no encontrarán una adecuada respuesta en el derecho. Si el derecho estaría a la altura de las circunstancias sociales, la cuestión cambiaría y socialmente el derecho cumpliría su función, y esto se cumpliría cuando se logre la debida comprensión del fenómeno social del derecho en la dimensión anteriormente descrita.

Además, que la aspiración del derecho no solo sirva para resolver los conflictos sociales que se presenten, sino también debe ser concebida para la prevención de los mismos; de manera que en la creación del derecho se consolide cada vez mejor en cuanto a su eficacia como instrumento regulador, pero como proceso permanente, de todos las actividades humanas, sean económicas, sociales, comerciales, culturales, etc., pues la idea del derecho preventivo requiere de un marco jurídico normativo eficaz hacia ese objetivo, de manera que la noción del derecho como norma jurídica positiva, tenga en cuenta los hechos sociales como vivencias del ser humano en sociedad, por ser la persona quien le atribuye una valoración, y porque es consiente que con ello aspira también alcanzar la realización de otros valores sociales.

LAS RELACIONES ENTRE EL DERECHO Y LA SOCIEDAD

A modo de formulaciones básicas, mencionamos los siguientes:

A). El derecho al normar, al regular las relaciones sociales las delimita, las precisa, las fija y las convierte en relaciones jurídicas.

B). La sociedad es el sistema, el todo; el derecho es solo un subsistema, una parte de aquella.

C). Los cambios sociales conducen al cambio del derecho.

d). El derecho contribuye a la formación y conservación de la sociedad y establece con ella las condiciones para el bienestar común y el desarrollo del grupo.

e). El derecho organiza la sociedad y realiza en beneficio

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