ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El Matrimonio


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2014  •  3.628 Palabras (15 Páginas)  •  200 Visitas

Página 1 de 15

El Matrimonio.

El Matrimonio se inicia con un acto jurídico familiar solemne por medio del cual hombre y mujer se unen en una comunidad de intereses a los fines de hacer una vida juntos. Vale también la idea de que constituye una institución fundamental del Derecho de Familia, que se manifiesta en la unión formal y legal de un hombre y una mujer. El matrimonio es aquella figura jurídica mediante la cual se traduce en derecho la convivencia e intimidad de dos personas de distinto sexo, que produce entre ellas un nuevo estatus jurídico; se precisa la voluntad formal de matrimonial, y ello lo distingue cabalmente de cualquier otra forma de unión como el concubinato.

Con el matrimonio, hombre y mujer hacen una vida en común; caminan juntos en la realización de intereses compartidos, que incluye el afecto, la asistencia, la cohabitación, la procreación, la satisfacción sexual, entre otros. Y aunque algunos de estos efectos puedan faltar temporalmente como la cohabitación, la procreación o las relaciones sexuales, sin embargo ello no implica necesariamente perturbación esencial del vínculo, así como múltiples parejas podrán prescindir de la procreación sin que ello denote elemento de perturbación en la relación matrimonial, la cual se soportara en un lazo afectivo de orden superior.

Importancia del matrimonio.

El matrimonio se considera un concepto importante porque contribuye a definir la estructura de la sociedad, al crear un lazo de parentesco entre personas no cercanas en línea de sangre. Una de sus funciones ampliamente reconocidas es la reproducción y socialización de los hijos, así como la de regular el nexo entre los individuos y su descendencia que resulta en el parentesco, rol social y estatus.

Cualquiera que sea la concepción moral de las relaciones sexuales, el Estado tiene interés en la regularidad y consistencia de las uniones desde el punto de vista social, por lo que interviene el legislador para controlar la etapa de formación del matrimonio, para asegurar su permanencia, su perpetuidad y hacer respetar las obligaciones que impone.

Debido a la importancia social, jurídica, económica y política de la familia, es que el Estado se encarga de establecer lo más conveniente para ella y, consecuentemente para el Estado mismo, y una de las maneras en que asegura el normal desenvolvimiento y cumplimiento de los fines de la familia es, precisamente, fomentar las uniones matrimoniales, por cuanto éstas dan fuerza y estabilidad a la relación entre los cónyuges y entre éstos y sus hijos. Como se aprecia, el matrimonio es un mecanismo de cohesión entre los componentes de una familia y, especialmente, la fuente de la familia que goza de mayor aceptación.

Características del matrimonio civil

• Unión monogámica (un hombre y una mujer)

• En principio es perpetuo, aunque pueda ser disuelto, quedan rastros del matrimonio eclesiástico y lo que se busca es que sea indisoluble.

• Laicismo (ya no es católico)

• Es solemne, salvo lo establecido en el Art. 77 de la Constitución, que iguala el matrimonio a las uniones concubinarias, pero al respecto hay una gran discusión doctrinaria.

Art. 44 CC: El matrimonio no puede contraerse sino entre un solo hombre y una sola mujer. La Ley no reconoce otro matrimonio contraído en Venezuela sino el que se reglamenta por el presente Título, siendo el único que producirá efectos legales, tanto respecto de las personas como respecto de los bienes.

Requisitos para contraer matrimonio.

El matrimonio como acto solemne precisa de algunos requisitos de fondo (existencia) y de forma (validez), los cuales están dispersos a lo largo del Código Sustantivo. Entre los requisitos de fondo se ubican: la diversidad de sexos, la capacidad (discernimiento, sexualidad y pubertad), consentimiento y ausencia de impedimentos. Por su parte entre los requisitos de forma se encuentran los esponsales y las solemnidades que dispone la ley en cuanto a su celebración.

De forma: Entre los requisitos de forma del matrimonio, relacionados con la celebración del mismo, se ubican los esponsales, y las solemnidades. Como su denominación lo denota se trata de formalidades que impone la ley.

Los esponsales: Los esponsales o manifestación esponsalicia, tiene que ver con la manifestación de voluntad de contraer matrimonio ante el funcionario competente. Tal instrumento donde medie la manifestación de los futuros cónyuges debe constar del nombre, domicilio y otros aspectos del estado civil que dispone el artículo 66 del CC. Según el artículo 67 eiusdem, puede realizarse personalmente o mediante apoderado especialmente constituido, que bien podría ser el otro contrayente.

La respectiva declaración y datos deben constar en un expediente que contendrá los recaudos indicados en el artículo 69 CC (acta de esponsales, lo relativo a fijación de carteles, copia certificada de las partidas de nacimiento de los contrayentes, documentos que acrediten dispensa de impedimentos, copia certificada de la respectiva acta de defunción, sentencia de divorcio o de nulidad de matrimonio si fuere el caso, inventario judicial y designación de curador ad hoc en caso de hijos menores, decisión firme sobre oposición al matrimonio de ser el caso, los documentos requeridos por el articulo 108 de CC en caso de extranjeros). Los carteles han de ser publicados por 8 días continuos antes de la celebración del matrimonio en los términos previstos en el articulo 68 del CC; ello a los fines de la posibilidad de oposición. Tales actuaciones son enteramente gratuitas de conformidad con el artículo 71 del CC. Finalmente, cabe resaltar que, a tenor del articulo 70 del CC, en los casos de unión concubinaria preexistente los contrayentes pueden prescindir de las formalidades indicadas, en cuyo caso de existir menores deberán realizar el referido tramite de inventario y curador (articulo 110 CC) dentro de los tres meses siguientes a la celebración del matrimonio. Obviamente tampoco aplica el requisito indicado en el caso de matrimonio en articulo de muerte (articulo 96 CC).

Según acabamos de indicar, el sentido o finalidad de los carteles es darle publicidad al futuro matrimonio, a los efectos de la posibilidad de oposición a la celebración del matrimonio. Ello esta regulado en los artículos 72 al 80 del CC. Entre los legitimados para la oposición se aprecian a los progenitores, abuelos, hermanas(os), tíos, tutor, curador (art. 72 CC) al cónyuge de quien quiera contraer matrimonio (art. 74 CC), al ex cónyuge, así como descendientes, ascendientes o hermanos de este en caso de impedimento turbatio sanguinis (art. 75 CC), y el Sindico procurador Municipal (art. 76 CC). Deberá

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (22 Kb)
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com