El Registro Civl
Enviado por mmercado • 22 de Noviembre de 2011 • 591 Palabras (3 Páginas) • 591 Visitas
INTRODUCCION
EL REGISTRO CIVIL ES UNA INSTITUCION DE ORDEN PUBLICO DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE LA DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, CUYO OBJETIVO ES DE ACUERDO CON EL ART. 1 DE LA LEY ORGANICA DEL REGISTRO CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, HACER CONSTAR LOS ACTOS Y HECHOS RELATIVOS AL REGISTRO CIVIL DE LAS PERSONAS FISICAS, MEDIANTE ACTAS EN QUE SE CONSIGNEN EL NACIMIENTO, RECONOCIMIENTO DE HIJOS, ADOPCION, MATRIMONIO, DIVORCIO Y DEFUNCION DE LOS MEXICANOS Y EXTRANJEROS RESIDENTES EN NUESTRO TERRITORIO.
ES UNA INSTITUCION JURIDICA QUE ACTUA DE BUENA FE A TRAVES DE LAS DISPOSICIONES QUE LE MARCAN PRINCIPALMENTE EL CODIGO CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO, EL CUAL ES APLICABLE EN CONJUNTO CON OTRAS NORMAS JURIDICAS RELACIONADAS CON LAS PERSONAS DE OTROS ESTADOS Y DEL EXTRANJERO.
ANTECEDENTES HISTORICOS
EN MEXICO, LOS ANTECEDENTES DATAN DESDE LA EPOCA PREHISPANICA, YA QUE ALGUNAS INSTITUCIONES RECONOCIAN EL PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD Y AFINIDAD, FUNCIONARIOS QUE AL MISMO TIEMPO TENIAN CARÁCTER RELIGIOSO Y GUBERNAMENTAL, ERAN LOS ENCARGADOS DE LLEVAR DICHAS INSCRIPCIONES.
FUE HASTA JULIO DE 1859 QUE BENITO JUAREZ DICTA LAS LEYES DE REFORMA, CONSUMANDO LA SEPARACION DE LA IGLESIA Y EL ESTADO, CON LO QUE SE INTRODUCE DE MANERA DIRECTA EN MEXICO EL REGISTRO CIVIL, PROMULGANDOSE EL 28 DE JULIO DE 1859, LA LEY SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS.
OBJETIVO
ES ATENDER A LA POBLACION QUE RESIDE EN EL SECTOR, MEDIANTE EL REGISTRO ORDINARIO O EXTEMPORANEO DE LAS PERSONAS QUE NO CUENTAN CON ACTA DE NACIMIENTO, RECONOCIENDO SU IDENTIDAD JURIDICA, EL LIBRE EJERCICIO DE SUS DERECHOS CIUDADANOS Y EL ACCESO A LOS DISTINTOS PROGRAMAS QUE BRINDA EL GOBIERNO.
TODAS LAS PERSONAS, NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES, HOMBRES Y MUJERES, TIENEN DERECHO A UN NOMBRE Y A UNA IDENTIDAD.
EL ACTA DE NACIMIENTO OTORGA EL RECONOCIMIENTO LEGAL DE LA EXISTENCIA DE UNA PERSONA, INDICANDO QUE PERTENECE A UNA FAMILIA, A UNA COMUNIDAD Y A UNA NACION, ADEMAS DE SER CONSIDERADO COMO REQUISITO PARA ACCEDER A OTROS DERECHOS EN NUESTRA CIUDAD.
REGISTRO DE NACIMIENTO EXTEMPORANEO
SON PERSONAS QUE NO FUERON REGISTRADAS A TIEMPO COMO LO ESTABLECE LA LEY, QUE ES DENTRO DE LOS PRIMEROS 6 MESES DE SU NACIMIENTO, LA RAZON ES FALTA DE CONCIENCIA DE LOS PADRES DE LO QUE PUEDE AFECTAR A LOS NIÑOS NO TENER EL REGISTRO, PORQUE LE ESTAN CERRANDO LAS PUERTAS DE OPORTUNIDADES A LA ESCUELA, A LA ATENCION MEDICA, ETC. EL ACTA DE NACIMIENTO ES UN DOCUMENTO QUE ES TRASCENDENTE EN LA VIDA DE LOS MENORES.
CABE MENCIONAR QUE AL NO REGISTRAR A SUS HIJOS DENTRO DE LA FECHA QUE ESTABLECE LA LEY SE HACEN ACREEDORES A UNA MULTA QUE SE TIENE QUE PAGAR AL MOMENTO DE QUERER SOLICITAR EL REGISTRO DEL MENOR.
EN UNA ENCUESTA
...