El contrato de compra-venta
Enviado por humlogon • 4 de Noviembre de 2013 • Informe • 1.573 Palabras (7 Páginas) • 253 Visitas
CONTRATO DE COMPRA-VENTA
EN ZITACUARO DEL ESTADO DE MICHOACAN A DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL DOS MIL TRECE SE REUNIERON LOS SEÑORES NAZARIO POSADAS GARCIA EN SU CALIDAD DE VENDEDOR Y EL SEÑOR DIEGO GARCIA REYES EN SU CALIDAD DE COMPRADOR PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE COMPRAVENTA RESPECTO AL PREDIO QUIEN A CONTINUACIÓN SE DESCRIBE Y DETALLA, CONTRATO QUE SE CELEBRA CON ASISTENCIA DE DOS TESTIGOS QUE FIRMAN AL CALCE PARA CONSTANCIA POR HABER PRESENCIADO DICHO ACTO, MOTIVO SUFICIENTE PARA OTORGAR LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
PRIMERA.- DECLARA EL SEÑOR NAZARIO POSADAS GARCIA QUE ES PROPIETARIO Y POSEEDOR DEL INMUEBLE DENOMINADO EL “ESCOVAL”, UBICADO EN CALLE SIN NOMBRE CONOCIDO COMO PRIMERA MANZANA COLONIA RINCÓN DE CEDANO EN ZITÁCUARO MICHOACAN, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 135.00M2 (CIENTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS), CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE EN NUEVE METROS Y COLINDA CON EL PREDIO DEL SEÑOR NAZARIO POSADAS GARCIA, AL SUR EN NUEVE METROS Y COLINDA CON EL PREDIO DEL SEÑOR DIEGO POSADAS VIDAL, AL ORIENTE EN 15 METROS Y COLINDA CON EL PREDIO DEL SEÑOR ARMANDO LOPEZ GUZMAN Y AL PONIENTE EN QUINCE METROS Y COLINDA CON CALLE SIN NOMBRE.
SEGUNDA.- SIGUE DECLARANDO EL SEÑOR NAZARIO GARCIA POSADAS, QUE EL PREDIO AL QUE SE REFIERE EN EL HECHO QUE ANTECEDE ES PROPIEDAD PARTICULAR ENCONTRÁNDOSE LIBRE DE TODO GRAVAMEN.
TERCERA.- SIGUE DECLARANDO EL SEÑOR NAZARIO GARCIA POSADAS, QUE EL PREDIO AL QUE SE REFIERE EL HECHO ANTERIOR TIENE QUE SER REGULARIZADO ANTE LA DEPENDENCIA DE GOBIERNO QUE CONOZCA DE ESTA COMPRA-VENTA EN DONDE SE REALIZARA FORMALMENTE LA ESCRITURA DEL PREDIO EN MENCIÓN, POR LO QUE QUEDA ENTERADO EL COMPRADOR DE DICHA CIRCUNSTANCIA DESDE ESTE MOMENTO.
CUARTA.- DECLARA EL COMPRADOR DIEGO GARCIA REYES QUE ES SABEDOR DE LAS DECLARACIONES QUE ANTECEDEN Y MANIFIESTA SU CONFORMIDAD A LAS MISMAS, MOTIVO POR EL CUAL SE OBTIENEN LAS SIGUIENTES:
CLAUSULAS
PRIMERA.- EL SEÑOR NAZARIO POSADAS GARCIA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINA EL VENDEDOR, VENDE AL SEÑOR DIEGO GARCIA REYES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL COMPRADOR, DEL PREDIO DESCRITO Y DESLINDADO EN LA PRIMERA DECLARACIÓN DE ESTE CONTRATO, EQUIVALENTE ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE A CIENTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, CON TODO LO CUANTO DE HECHO Y DE DERECHO LE CORRESPONDA.
SEGUNDA.- LAS PARTES EN ESTE CONTRATO FIJAN COMO PRECIO TOTAL DE LA COMPRA-VENTA LA CANTIDAD DE $28,000 (VEINTIOCHO MIL PESOS 00/100 M. N.), LOS CUALES FUERON CUBIERTOS POR EL COMPRADOR AL VENDEDOR EN UNA SOLA EXHIBICIÓN EN FECHA 18 DE DICIEMBRE DEL 2012 EN EL PREDIO DENOMINADO DEL ESCOVAL.
TERCERA.- EL COMPRADOR TOMA POSESIÓN FÍSICA Y MATERIAL A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO.
CUARTA.- EL COMPRADOR SE COMPROMETE A CONSTRUIR UNA BARDA QUE LIMITE LA FRACCION MOTIVO DEL PRESENTE CONTRATO UNA VEZ QUE TOME POSESIÓN FÍSICA Y MATERIAL DE DICHO INMUEBLE.
QUINTA.- EL VENDEDOR SE COMPROMETE A PRESENTARSE ANTE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES A FIN DE ELEVAR EL PRESENTE CONTRATO A ESCRITURA PÚBLICA POR LO QUE TODOS Y CADA UNO DE LOS GASTOS Y DERECHOS QUE GENERE EL TRÁMITE DE LA ESCRITURACIÓN CORRERÁ A CARGO DEL COMPRADOR, QUEDANDO EXENTO DE CUALQUIER PAGO CON EL VENDEDOR POR ACUERDO DE LAS PARTES.
SEXTA.- EL VENDEDOR SE COMPROMETE AL SANEAMIENTO PARA EL CASO DE EVICCIÓN EN LOS TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN CORRESPONDIENTE EN VIGOR PARA EL ESTADO DE MICHOACAN, DESDE AHORA Y DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO MANIFESTANDO LAS PARTES QUE EN EL PRESENTE CONTRATO O EXISTE DOLO, LESIÓN, O ERROR QUE VICIE EL CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES, POR LO QUE EN EL PRESENTE INSTRUMENTO DEBERÁ SURTIR PLENOS EFECTOS JURÍDICOS.
SÉPTIMA.- LAS PARTES EN EL PRESENTE CONTRATO CONVIENEN DE COMÚN ACUERDO QUE PARA EL CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, SE FIJE COMO PENA CONVENCIONAL EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DE LA CANTIDAD A LA QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS MENCIONADAS EN LAS CLAUSULAS ANTERIORES, ASÍ COMO TAMBIÉN SE PODRÁ RECLAMAR EL CUMPLIMIENTO FORZOSO O LA RECISIÓN DEL MISMO.
OCTAVA.- EL PRESENTE INSTRUMENTO SE FIRMA POR DUPLICADO, SIENDO EL ORIGINAL PARA EL COMPRADOR Y LA COPIA PARA EL VENDEDOR.
NOVENA.- PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, LAS PARTES SE SOMETEN A LAS LEYES Y TRIBUNALES DEL ESTADO DE MICHOACAN.
GENERALES
POR SUS GENERALES LOS CONTRATANTES MANIFESTARON: EL SEÑOR NAZARIO POSADAS GARCIA SER MAYOR DE EDAD, DE NACIONALIDAD MEXICANA, CASADO, CON DOMICILIO EN CALLE SIN NOMBRE, SIN NÚMERO, RINCÓN DE CEDANO C. P. 61531 EN ZITACUARO MICHOACAN Y CON CAPACIDAD JURÍDICA PARA OBLIGARSE CONFORME A DERECHO SE REQUIERE. EL SEÑOR DIEGO GARCIA REYES, MANIFIESTA SER MAYOR DE EDAD CON DOMICILIO UBICADO EN LA CALLE TINACOS MANZANA TRES, LOTE CATORCE, COLONIA LA MAGUEYERA C. P. 9700 EN LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA DISTRITO FEDERAL Y CON CAPACIDAD JURÍDICA PARA OBLIGARSE CONFORME A DERECHO SE REQUIERE.
VENDEDOR COMPRADOR
TESTIGO TESTIGO
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