Evolusion Historica Del Reconocimiento De Los Derechos Humanos
Enviado por LISBETHMOLINA • 6 de Octubre de 2013 • 2.238 Palabras (9 Páginas) • 419 Visitas
sistema político propio del comienzo de la Edad Contemporánea, en la nueva formación económico social que puede denominarse Nuevo Régimen o Régimen Liberal. Su duración en el tiempo puede entenderse como continua hasta la actualidad o limitarse hasta el período de entreguerras (1918–1939), en que entra claramente en crisis.
Primera generación
Surgieron por la revolución francesa en 1789, son también derechos consagrados por que también son el derecho a la nacionalidad, derecho a la participación, derecho a la movilización y libertad de expresión
Estos derechos surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo xviii (18) en occidente. Estas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y como tales difundidos internacionalmente.
Los derechos civiles y políticos están destinados a la protección del ser humano individualmente, contra cualquier agresión de algún órgano publico.
Se caracteriza porque imponen al estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano
el estado debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan. Los derechos civiles y políticos pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de ciertas limitaciones en solo algunas garantías.
1.3.2. EL ESTADO SOCIAL Y DE BIENESTAR Y RECONOCIMIENTO DE LA SEGUNDA Y TERCERA GENERACIÓN DE DERECHOS HUMANOS.
Estado Social o, en términos más recientes Estado Social de Derecho , es un concepto propio de la ideología o bagaje cultural político alemán (Sozialstaat y "Sozialrechtsstaat" respectivamente). El concepto se remonta a la formación del Estado alemán y, pasando a través de una serie de transformaciones, en la actualidad forma las bases político-ideológicas del sistema de Economía social de mercado.
El Estado social es un sistema que se propone de fortalecer servicios y garantizar derechos considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad.
El concepto Estado del bienestar denomina en ciencias políticas y económicas una aproximación o propuesta política o modelo general del Estado u organización social, usualmente entendida como una según la cual el Estado provee ciertos servicios o garantías sociales a la totalidad de los habitantes de un país.[1]
T.H. Marshall lo define como una combinación especial de la democracia, el bienestar social y el capitalismo.
Para algunos, es el añadido de un Quinto poder del Estado: el de intervención económica, añadido a los tres poderes clásicos de Montesquieu y al cuarto poder, que son los medios de comunicación. Para otros, como Claus Offe, es un cambio profundo que nos permite hablar de un Estado Moderno[2]
Más que un concepto específico, se considera que el término es una categoría práctica para designar ya sea un conjunto de propuestas o una propuesta general acerca de cómo el Estado debe o puede proceder.
1.3.3. MARCO JURÍDICO VENEZOLANO:
Derecho supra Nacional, derecho Nacional y: Evoluciona Constitucional 1936-1999.
3.- Marco jurídico actual
En este acápite debemos distinguir la normativa supranacional y los textos nacionales que contemplan y regulan lo atinente a los derechos humanos. Así, tenemos:
A.- Derecho Supranacional
- Textos aplicables al continente americano en general
Los derechos humanos reconocidos nacen de instrumentos sin otra fuerza vinculante que no sean los principios éticos que recogen de la evolución histórica de la sociedad humana, como son la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea Generalde la Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada por la Novena Conferencia Internacional Americana, también en 1948, que consagran los principios éticos que luego han sido desarrollados tanto por las Naciones Unidas como por la Organización de Estados Americanos a través de instrumentos de obligatorio cumplimiento por los Estados signatarios, por ser Tratados, constituidos por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que entró en vigor el 23 de marzo de 1976 (en Venezuela desde el 10 de mayo de 1978) y la Convención Americanasobre Derechos Humanos, adoptada el 22 de noviembre de 1969 y ratificada por Venezuela el 09 de agosto de 1977.
Existen otros instrumentos normativos de protección de los derechos humanos, como Declaraciones, Reglas Mínimas, Códigos de Conducta y Resoluciones, que son adoptadas por organismos del sistema universal, (ONU, OEA) cuya obligatoriedad para los Estados suscriptores es discutida, por no ser propiamente Tratados, ya que la mayor parte de las legislaciones nacionales contemplan un mecanismo específico de aprobación de éstos.
De los Tratados, surgen procedimientos convencionales y no convencionales. Los primeros, contemplan la creación de Comités específicos. Así, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el órgano convencional más importante es el Comité de Derechos Humanos, ante el cual toda persona que alegue violación de derechos humanos puede acudir, cumpliendo ciertos requisitos de admisibilidad. Otros Comités son: El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (creado por la Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer); el Comité contra la Tortura (creado por la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes); Comité de los Derechos del Niño (creado porla Convención sobre los Derechos del Niño). La competencia de estos Comités depende del reconocimiento expreso de los Estados.
- Textos suscritos por Venezuela incorporados al derecho positivo venezolano
Venezuela, al amparo de los Tratados suscritos (PIDCP y CADH) y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y Convención Americana sobre Derechos Humanos, ha firmado diversas Convenciones y Protocolos, ratificando su disposición a cumplirlas, entre las que destacan:
Segundo Protocolo facultativo del PICDCP, relativo a la abolición de la pena de muerte, el 22-02-93; la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio, el 12-07-60; la Convención sobre derechos políticos de la mujer, el 31-05-83; la Convención Interamericana sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, el 02-05-83; la Convención contra la tortura
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