Factores De Competencia.
Enviado por pato1905 • 7 de Septiembre de 2016 • Apuntes • 1.054 Palabras (5 Páginas) • 529 Visitas
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Factores De Competencia
Factores | Características |
Objetivo: | (establece la materia del asunto y la cuantía) contenido de la pretensión por la cual se conoce el tipo de proceso y el juez que va manejar el asunto este puede ser: - penal
- laboral
- civil
- familiar
- administrativo
los procesos se dividen según su importancia económica en: - mínima cuantía: son procesos tiene una pretensión menor a 40 S.M.M.LV
- Menor cuantía:
si el proceso es mayor de 40 S.M.M.LV pero es menor de 150 S.M.M.L.V - Mayor Cuantía:
son procesos que la pretensión patrimonial exceda de los 150 S.M.M.L.V. Nota: la ley para ciertos casos posee una regla para determinar la cuantía de estos - la cuantía se calcula con el valor total de las pretensiones, incluyendo los frutos, intereses, multas, o perjuicios que se puedan reclamar en el proceso.
- Procesos de Deslinde y Amojonamiento: se determina por el avalúo catastral del bien inmueble.
- Procesos de declaración de pertenencia: (dominio o posesión) se determina por el avalúo comercial.
- Procesos Divisorios: (proceso de división o la venta) Será el Valor comercial del bien inmueble.
- Procesos de Sucesión: se fijará por el valor de los bienes de los activos de la herencia que se van a liquidar en el proceso.
- Proceso de Restitución de inmueble arrendado: se debe tener en cuenta el contrato de arrendamiento que se celebró:
- Término fijo se multiplicará el valor actual del canon por el término inicialmente pactado.
- Término indefinido: se sumará el valor de los últimos 12 cánones de arrendamiento anteriores a la demanda.
- Procesos de Servidumbre: la cuantía se fija por el avalúo catastral del predio Sirviente.
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Subjetivo
| se observa la calidad de la persona para determinar si tiene un fuero especial: Las demandas contra este tipo de personas las maneja y las conoce la corte Suprema de justicia. Las demandas contra este tipo de personas las conoce la corte suprema de justicia. |
Funcional:
| Atiende el grado de conocimiento, a la etapa procesal y a las jerarquías. - los jueces civiles municipales conocen en única instancia, además de los procesos contenciosos entre particulares de mínima cuantía incluyendo los de responsabilidad médica que no sean de jurisdicción de lo contenciosos administrativo, de sucesiones de mínima cuantía, de conflictos de copropietarios tenedores del edificio o conjunto, igualmente conocerán asuntos atribuidos al juez de familia en única instancia cuando en municipio de tenga un juez de familia, de controversias de personas naturales no comerciantes y de su liquidación patrimonial.
- En primera instancia los jueces civiles para conocer de procesos contenciosos entre particulares de menor cuantía incluyendo los de responsabilidad médica que no estén atribuidos a la justicia administrativa, así como de las sucesiones de menor cuantía, la competencia de procesos posesorios y los de la titulación de la propiedad de un inmueble.
Nota: hay que tener en cuenta que: - procesos de declaración de pertenencia no serán exclusivos de los jueces civiles municipales sino que dependiendo del valor de bien que se adquiere por prescripción estos procesos pueden ser conocidos por los jueces civiles municipales o civiles del circuito.
- las pruebas extraprocesales deben tenerse en cuenta sin contar el efecto que pueda tener en las partes, ni la autoridad judicial o administrativa a quien se deben hacer valer.
- los procesos de protección de los derechos del consumidor
- en única instancia los jueces civiles del circuito conocerán procesos relativos a la propiedad intelectual que en leyes especiales hayan sido diseñadas como en única instancia; trámites de insolvencia que no hayan sido atribuidos a la Superintendencia de Sociedades y también conocerán procesos de insolvencia de personas naturales no comerciantes.
- en primera instancia los jueces civiles de circuito conocerán de procesos contenciosos entre particulares de mayor cuanta incluidos los de responsabilidad medica que no conozcan los jueces de lo contenciosos administrativo, de propiedad intelectual controversias de derechos de autor y violación a derechos de propiedad industrial, salvo las atribuciones de lo contenciosos administrativo,
- en relación a las salas civiles de la corte suprema de justicia, habrá el cambio de radicación de los procesos civiles, para este cambio se debe acompañar de pruebas pertinentes que acrediten hipótesis previas.
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Territorial:
| - Fuero territorial/domiciliario: atiende el domicilio o la residencia de las partes, para esto se tiene que tener en cuenta que el proceso se hace en el lugar del domicilio del demandado, en caso de que tenga varios domicilios el proceso puede adelantarse ante cualquiera de los jueces y el demandante escoge; salvo que sean asuntos que están vinculados exclusivamente con un domicilio en especial. Si el demandado no tiene domicilio conoce el juez de la residencia, y si tampoco tiene se hace en el domicilio del demandante.
- Fuero Contractual: surgen de una obligación contractual o un negocio jurídico y en este fuero atiende el domicilio de donde se ha firmado o suscrito este negocio jurídico o donde se tiene la obligación.
- Fuero Societario: atiende las sociedades y cuando se pretenda dar nulidad, disolución o liquidación a una sociedad civil o comercial, para estos casos se tendrá en cuenta el domicilio principal de la sociedad, salvo si en algunos casos los asuntos a tratar serán de una sucursal o agencia, ya que si sucede eso será por elección del demandante.
- Fuero Extracontractual: es de tipo de responsabilidad extracontractual, y le compete al juez en donde ocurrieron los hechos que dieron origen al proceso.
- Foro Real: El proceso se adelanta dónde están ubicados los bienes y si estos se encuentran en distintas lugares puede ser a elección del demandante escoger el juez. Por ejemplo, juicios divisorios, de servidumbre, de deslinde, de lanzamiento de arrendamiento, los que se adelantan donde se encuentran los bienes.
- Fuero Sucesoral/hereditario: será conocido por el juez del ultimo domicilio del causante y en caso de que él tuviera muchos domicilios corresponderá al principal de sus negocios.
- Foro Concurrente o por Elección. Allí aparecen simultáneamente varios jueces competentes. El demandante elige.
- Practica de pruebas Extraprocesales: se procede para las pruebas anticipadas, para su practica de requerimientos y todas las diligencias que surjan de ellas mismas, se radicara ante el juez del lugar donde se deba practicar la prueba o en otros casos el domicilio de la persona con quien deba cumplirse el acto.
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Conexidad: | Este factor en el cual un juez conoce, porque hay conexión de otro proceso con el cual hay un nexo causal (este la mayoría de veces se da por economía procesal) |
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