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Filosofia


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2013  •  576 Palabras (3 Páginas)  •  285 Visitas

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Lee el texto de Dworkin “El modelo de las normas” (en Los derechos en serio).

1. Realiza un resumen del texto.

2. Señala al menos 3 ideas del texto que te parezcan relevantes para la discusión.

R. DWORKIN – LOS DERECHOS EN SERIO

EL MODELO DE NORMAS I

Dworkin empieza señalando las principales características del positivismo:

- El Derecho de una comunidad es un conjunto de normas que se identifican por criterios específicos relacionados siempre al origen o pedigree.

- El conjunto de estas normas agota el concepto de Derecho. El positivismo es un modelo de normas. Por eso, cuando las normas no alcanzan para cubrir un determinado hecho (casos difíciles) el juez ejerce discrecionalidad y crea Derecho ex post facto.

- Decir que se tiene una obligación jurídica implica decir que ella está incluida en una norma jurídica válida; por ello, si el juez ejerce su discreción y no aplica una norma jurídica válida concreta no está imponiendo un derecho jurídico.

Rechaza la perspectiva metodológica del positivismo y basa su crítica en la rígida distinción que hacen los positivistas entre Derecho y moral. Dworkin quiere demostrar que en la práctica esa distinción no es tan clara como la hacen los positivistas, y eso pone de manifiesto la debilidad del enfoque positivista.

Su ataque al positivismo se basa en la distinción lógica entre normas, principios y directrices políticas, cuando el positivismo únicamente da cuenta de las normas, que tienen la particularidad de aplicarse en su totalidad o no aplicarse. Por lo tanto el modelo positivista deja fuera los principios y las directrices.

Las directrices (policies) hacen referencia a objetos sociales que se deben alcanzar y que se consideran socialmente beneficiosos. Y los principios hacen referencia a la justicia y a la equidad (fairness).

Señala una serie de diferencias entre las normas y los principios:

- Las normas: son conclusivas. Establecen condiciones y consecuencias de aplicación. Son de aplicación disyuntiva. Al “todo o nada”, son válidas, o no lo son. Dos normas absolutamente opuestas no pueden sobrevivir en el sistema. Si lo hacen, es porque son parcialmente contrarias y una es la excepción de la otra; las excepciones deben ser taxativas. No hay normas más importantes que otras.

- Los principios: son no-conclusivos. No son de aplicación disyuntiva, ni siquiera establecen las condiciones de su aplicación, más bien enuncian razones que se encaminan a una determinada dirección, pero no exigen una decisión en particular. Hay principios más importantes que otros y por esa razón tienen un peso relativo.

Además los principios informan o sustentan las normas jurídicas, de modo tal que la literalidad de la norma puede ser desatendida o inaplicada por el juez cuando viola un principio que en este caso específico se considera

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