Formativa cómo obtener el estudio de la Ley nº 29742
Enviado por JC_2014 • 11 de Noviembre de 2014 • Trabajo • 960 Palabras (4 Páginas) • 152 Visitas
Investigación Formativa
• Según Ley Nº 29742 publicada el sábado 9 de julio de 2011, se han derogado los Decretos Legislativos Nºs 977, Decreto Legislativo que establece la Ley Marco para la dación de Exoneraciones, Incentivos o Beneficios Tributarios, y 978, Decreto Legislativo que Establece la entrega a los gobiernos regionales o locales de la Región Selva y Amazonía, para Inversión y Gastos Social, del íntegro de los recursos tributarios cuya actual exoneración no ha beneficiado a la población. Asimismo, las Leyes Nºs 29175, 29310 y 29343 que modificaron las anteriores.
Con ello, se ha restituido la plena vigencia y aplicabilidad de la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, así como sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias.
De esta manera, los siguientes beneficios tributarios han quedado restituidos:
• El Reintegro del IGV a la Región Selva (Artículos 48º y siguientes de la Ley del IGV)
• El Crédito Fiscal Especial del IGV por la venta de bienes gravados que efectúen fuera de la Amazonía
• La Exoneración del IGV por la importación de bienes que se destine al consumo en la Amazonía
• La Exoneración del IGV por la venta de bienes que se efectúe en la zona para su consumo en la misma; los servicios que se presten en la zona; y, los contratos de construcción o la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos en dicha zona.
• La exoneración del IGV aplicable a la venta del petróleo, gas natural y sus derivados,
Además de lo anterior, la ley en comentario prórroga hasta el 31.12.2015:
a) La exoneración del IGV a la importación de bienes que se destinen al consumo en la Amazonía, a la que se refiere la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía
b) Los beneficios para los programas de inversión dispuestos en la Quinta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía
• Según Ministerio de Economía y Finanzas "Análisis de las Exoneraciones e Incentivos Tributarios y Propuesta de Estrategia para su Eliminación" afirman la devolución a los comerciantes de la denominada región Selva (departamentos de Loreto, Ucayali, San Martín, Amazonas y Madre de Dios) del IGV pagado por bienes producidos fuera de la misma y que estén especificados en el Apéndice del Decreto Ley 21503. Este beneficio sólo se aplica a los contribuyentes domiciliados en Loreto, Ucayali, San Martín, Amazonas y Madre de Dios. No existe el derecho al reintegro tributario en caso de que los bienes sean similares a los que se produzcan en la región, salvo que los bienes aludidos no cubran con las necesidades de consumo de la región introduciendo
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