Fuentes Del Derecho Fiscal
Enviado por Caront3x • 20 de Noviembre de 2013 • 1.294 Palabras (6 Páginas) • 328 Visitas
TEMA 3 FUENTES DEL DERECHO FÍSCAL
Las Fuentes según García Máynez se dividen en Formales que son aquellas que pasaron por el proceso de creación de normas, las Reales que son los factores o elementos que determinan el contenido de las normas y las Históricas que son los documentos que encierran el texto de una ley.
Solo nos importa para el derecho Fiscal las formales, en México la única fuente es la Ley.
Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
VII. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el Presupuesto.
Existen otras fuentes formales que pueden tener relevancia en el proceso creativo de normas, para su interpretación y para su aplicación.
3.1 LA CONSTITUCIÓN
La constitución es la norma fundamental e la cual se desprende todo el Sistema Jurídico. En las constituciones encontramos los límites constitucionales del Poder Tributario, atribuciones limitadas en atención a los Principios Constitucionales Establecidos.
Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
VII. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el Presupuesto.
También tenemos los principios rectores de nuestro sistema jurídico encontrados en la constitución y en los tratados de derechos humanos como la garantía de legalidad, la inviolabilidad del domicilio, el respeto a la dignidad humana y la irretroactividad de la ley.
3.2 LA LEY
Emanada del poder legislativo, promulgada por el poder ejecutivo, crea situaciones generales y abstractas solo modificables por otra ley, la única fuente formal.
Es la fuente principal del derecho Tributario, porque siempre las contribuciones deben estar previstas en ella, se llama “Principio de Legalidad Tributaria), con fundamento en el artículo 31 fracción IV.
Encontramos disposiciones importantes en materia fiscal como el Código Fiscal de la Federación, Ley de Ingresos de la federación (Vigencia de 1 de enero al 31 de diciembre, tiempo llamado ejercicio fiscal), LIVA o Ley del Impuesto al Valor Agregado {Grava actos de consumo 16%}, LISR o Ley del Impuesto Sobre la Renta {grava las utilidades 30%}, LIETU o Ley de Impuesto Empresarial de Tasa Única {Grava los ingresos 17.5}, LIDE o Ley de Impuestos a los Depósitos en Efectivo del 3%)
La Ley de Ingresos de la Federación, es una lista o catálogo de las contribuciones que la autoridad puede recaudar, se aprueba a más tardar el 15 de noviembre de cada año.
3.3 DECRETO LEY
Se autoriza al Poder Ejecutivo de carácter temporal que normalmente sirve para eximir o condonar total o parcialmente el pago de contribuciones o multas o para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.
Artículo 39.- El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá:
I. Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias
3.4 DECRETO DELEGADO
La constitución autoriza al poder ejecutivo a emitir normas con fuerza de ley por un tiempo determinado y con objetos definidos.
Articulo 131 constitución: El Ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso, y para crear otras; así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquiera otro propósito, en beneficio del
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