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Fundamentación de los derechos humanos


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2014  •  Trabajo  •  954 Palabras (4 Páginas)  •  171 Visitas

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FUNDAMENTACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Según José Castán Tobeñas , define:

«Como aquellos derechos fundamentales de la persona humana –considerada tanto en su aspecto individual como comunitario– que corresponden a ésta por razón de su propia naturaleza (de esencia, a un mismo tiempo, corpórea, espiritual y social), y que deben ser reconocidos y respetados por todo poder o autoridad y toda norma jurídica positiva, cediendo, no obstante, en su ejercicio ante las exigencias del bien común».

Según Antoni-Enrique Pérez Luño , (2001) define:

Los derechos humanos como «un conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional. Recoge los aspectos humanistas; sociedad democrática; valores y factores sociales, culturales, económicos, técnicos…, etc.; y en cada momento concreto, con su positivación estatal e internacional…»

Se considera a los derechos humanos como una protección de manera institucionalizada de los derechos de la persona humana contra los excesos del poder cometidos por los órganos del Estado y de promover paralelamente el establecimiento de condiciones humanas de vida, así como el desarrollo multidimensional de la personalidad humana.

EL POSITIVISMO JURIDICO.- Caracterizado por el interés por estudiar al hombre y todo su entorno cultural desde una perspectiva científica y una metodología fundamentada en las ciencias exactas. En el plano jurídico, se considera que el Derecho es promulgado por el Estado, y que por consiguiente serán Derechos Humanos únicamente aquellos que la legislación positiva haya considerado como tales en texto legales.

Otro tema de interés constituye el debate acerca de las fundamentaciones teóricas de las libertades, en atención a las posturas de los modelos Historicistas, individualistas y Estatalista: para el primero esto por el transcurso del tiempo hasta que en un momento determinado son recogidos por la constitución; de hecho seguido un aparente orden natural de las cosas las personas tienen privilegios que se extienden a través de largos períodos históricos durante los cuales operan procesos, costumbres, rupturas, transiciones, etc. hasta que estos ya de la gente constituidos en auténticos derechos no pueden ser tocados por autoridad alguna.

EL POSITIVISMO JURICO.- Caracterizado por el interés por estudiar al hombre y todo su entorno cultural desde una perspectiva científica y una metodología fundamentada en las ciencias exactas. En el plano jurídico, se considera que el Derecho es promulgado por el Estado, y que por consiguiente sean Derechos Humanos únicamente aquellos que la legislación positiva haya considerado como tales en textos legales.

Además de estas dos grandes corrientes, existen otras tales como la Escuela Histórica, el Realismo escandinavo, el realismo Anglosajón, etc.

Otro tema de interés constituye el debate acerca de las fundamentacione4s teóricas de las libertades, en atención

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