Glosario Juridico
Enviado por wayo150 • 26 de Febrero de 2014 • 418 Palabras (2 Páginas) • 239 Visitas
ESTADO DE NECESIDAD: es aquella situación en la que se daña un bien jurídico protegido, incurriendo en un tipo penal, pero descartando la antijuridicidad de la acción debido precisamente a la presencia de la figura justificante. Partiendo de las consecuencias del estado de necesidad, cabe añadir que su fundamentación gira en torno a la posibilidad que el Derecho otorga al particular de dañar o poner en peligro un bien jurídico determinado con el objetivo de salvar otro bien jurídico de igual o mayor trascendencia jurídica.
ENTES PUBLICOS: es el conjunto de prestaciones reservadas en cada Estado a la órbita de las administraciones públicas y que tienen como finalidad ayudar a las personas que lo necesiten. Suelen tener un carácter gratuito, que corre a cargo del Estado, son propios de los países con un Estado de bienestar.
ENTES NACIONALES: Las instituciones y organizaciones estatales, con personalidad jurídica independiente y patrimonio propio, que no están adscritas a los organismos.
LESIONADO: Bajo el nombre de lesión, se comprende no solamente las heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deja huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producidos por una causa externa
CUMPLIMIENTO POSITIVO DE UN HACER: es el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación. Dicha prestación puede consistir en dar, hacer o no hacer, teniendo que ser en los dos primeros casos posible, lícita y dentro del comercio. Los sujetos obligados, al igual que el objeto de la obligación, deberán estar determinados o ser determinables.
ELEVACION: Aumento de la cantidad, de la intensidad o del valor de una cosa.
NO FORMULAR OPOSICION: no desarrollar un juicio crítico como acción de oponerse en un contraste entre dos cosas contrarias.
OCURRIR A CUALQUIER AUTORIDAD: implica en el ámbito de no presentar a cualquier autoridad competente, sin un previo asesoramiento acerca del problema.
OBSCURIDAD DE LA LEY: Es una situación de vacío en la ley que ha sufrido la patología jurídica de omitir en su texto la regulación concreta de una determinada situación, parte o negocio, que no encuentra respuesta legal específica; con ello se obliga a quienes aplican dicha ley (jueces, abogados, fiscales, secretarios judiciales, etc.) al empleo de técnicas sustitutivas del vacío, con las cuales obtener respuesta eficaz a la expresada tarea legal.
ESPECIFICA DESTINACION JURIDICA: Se conoce como la fuerza en que actua en alguna rama del derecho con un fin positivo acerca del problema.
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