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Glosario Juridico


Enviado por   •  20 de Junio de 2013  •  1.475 Palabras (6 Páginas)  •  479 Visitas

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A

AMEDRENTAR: Infundir miedo, atemorizar.

AMENAZA. Peligro aviso advertencia ultimátum amago.

AMPARO: Protección, resguardo, defensa de una persona.

ANTIJURÍDICO: Debe entenderse por tal lo “que es contra Derecho”.

ANTROPOLOGÍA: Ciencia que trata de los aspectos biológicos del hombre y de su comportamiento como miembro de una sociedad.

APEDREAMIENTO: Es un medio de ejecución muy antiguo, consiste en que los asistentes lancen piedras contra el reo hasta matarlo.

ATAVISMO: Tendencia a continuar o a imitar costumbres y formas de vidas arcaicas. Herencia de caracteres propios de los antepasados.

C

CANIBALISMO: Costumbre humana de comer carne de seres de su misma especie. Antropofagia.

CARCELARIO: De la cárcel o relativo a ella.

CASTRACIÓN: Acción y efecto de castrar, extirpación o inutilización de los órganos genitales. Ofrece interés penalístico por cuanto configura una modalidad agravada del delito de lesiones.

COACCIÓN: Violencia física, psíquica o moral para obligar a una persona a decir o hacer algo contra su voluntad. Poder legítimo del derecho para imponer el cumplimiento de sus principios y normas.

COACCIONAR: Obligar mediante coacción.

COLONIAS: Conjunto de personas de un país, región o provincia que emigran a otro para establecerse en él.

COMPILACIÓN: Acción de compilar o reunir en una misma obra extractos de diferentes libros o documentos sobre un mismo tema.

COMPILACIÓN: Obra que reúne partes o extractos de otros libros o documentos.

CONDENA: Castigo que se impone al que ha cometido una falta o un delito.

CONSECUENCIAS: Hecho o acontecimiento que se deriva o resulta de otro. Responsabilizarse una persona de lo que puede derivarse de sus actos.

CONTINGENTE: Que no existe por sí mismo, sino que depende de otro. Se aplica a las cosas que pueden *suceder y no suceder: no seguras o no necesarias.

CONTUMAX: Alude genéricamente a un comportamiento que ignora o desobedece una ley expresa, una orden de un magistrado o una instrucción explícita de un juez. En este último caso, la contumacia puede referirse a la actitud de no responder al iudex o bien a la intención deliberada de no acudir ante la presencia judicial cuando se requiera procesalmente.

CONTUMAZ: Obstinado, tenaz en mantener un error. Se aplica a la persona que se mantiene firme en su comportamiento, ideas o intenciones, a pesar de castigos, advertencias o desengaños.

CORRECCIÓN: Rectificación o enmienda de los errores o defectos de alguien o algo. Comportamiento de acuerdo a las normas de trato social.

CRIMINALÍSTICA: La Criminalística es una ciencia auxiliar del Derecho Penal cuya actividad principal se centra en descubrir, explicar y probar los delitos que se encuentran bajo investigación.

CRIMINOLOGÍA: es la rama del Derecho que se ocupa de estudiar los aspectos sociales, jurídicos y policiales de cualquier hecho delictivo. Por esto mismo es que está considerada como una ciencia de carácter multidisciplinar porque básicamente propone sus fundamentos en conocimientos propios de la Psicología, Sociología y la Psicopatología y toma como marco conceptual de estos al derecho penal.

CRIMINOLOGÍA: Rama del derecho que estudia los aspectos sociales, jurídicos y policiales de cualquier hecho delictivo.

CRIMONÓLOGO: Abogado especialista en criminología.

D

DECALVACIÓN: Acción y efecto de decalvar.

DECALVAR: Rasurar a una persona todo el cabello, generalmente en nena de un delito, la cual se tenía por ignominiosa según las leyes y costumbres-de los visigodos.

DELICTIVA: Se aplica al acto que implica delito o acción contraria a la ley.

DELINCUENTE: Sujeto que ha cometido un acto sancionado como delito por la ley penal. Visto por la escuela clásica del Derecho Penal como ser normal, capaz de adoptar libremente actitudes buenas o malas, merecedor por consiguiente de penas represivas, es estudiado más tarde por la escuela positiva o antropológica, como una especie determinada de hombre, con características anatómicas, fisiológicas y psicológicas propias, que determinan una tendencia innata a delinquir, lo que excluye la interpretación de su conducta como resultado del albedrío del sujeto.

DELINCUENTE: Sujeto que ha cometido un acto sancionado como delito por la ley penal.

DESBROZAR: Quitar la broza, desembarazar, limpiar de obstáculos.

DESCENTRALIZADA: Hacer que una cosa deje de depender de un centro único o de una dirección central. Es decir descentralizar.

DETERMINADOR: Es la persona que mediante instigación, mandato, inducción, consejo, coacción orden, convenio o cualquier medio idóneo, logra que otra realice material y directamente conducta de acción o de omisión descrita en un tipo penal.

DISCRIMINACIÓN: La discriminación es hacer distinción en el trato por motivos arbitrarios como el origen racial, el sexo, el nivel socioeconómico, etc.

DOCIMACIA: Éste es un término que se utiliza para designar a distintas pruebas que se realizan a los órganos de un cadáver para poder determinar las circunstancias de

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