Guia salario minimo en honduras.
Enviado por Allan Ruz • 23 de Agosto de 2016 • Ensayo • 1.246 Palabras (5 Páginas) • 493 Visitas
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Gestión del talento humano II
Nombre: Allan Edgardo Sánchez Ruz
Cuenta: 31111767
Catedrático: Irma Isabel Suazo Chávez
Fecha de entrega: 28/07/16
- Defina el término de salario según el código de trabajo
El salario es la remuneración que un empleador tiene que pagarle al trabajador bajo contrato laboral o en virtud de una relación laboral. De acuerdo al Código de Trabajo, los salarios deben pagarse regularmente y en moneda de curso legal al trabajador o una persona autorizada en el lugar de trabajo durante las horas laborales o inmediatamente después del trabajo en presencia de dos testigos. Está prohibido el pago de salarios en lugares recreacionales (casinos) o donde se venda alcohol, a menos que se les esté pagando el salario a los trabajadores de esos establecimientos. El pago de salarios mínimos se calculará por unidad de tiempo (horas, días, semana quincena o mes) o por pieza (tarea o trabajo) o como una parte de los beneficios o ventas.
- Clases de salarios (ver polimedia)
Desde el punto de vista evaluación
- Por unidad de tiempo
- Por unidad de obra
- Por comisión
- A precio alzado
Desde el punto de vista de la naturaleza
- En efectivo
- En especie
- Mixto
Desde el punto de vista de Periodicidad de pago
- Semanal
- Quincenal
- Mensual
- Anual
Desde el punto de vista de su monto
- Mínimo general
- Mínimo profesional
- Remunerador
Desde el punto de vista que la jornada que se genera
- Ordinario
- Extraordinario
- Que constituye el salario del trabajador
Constituye salario no solo la remuneración fija u ordinaria, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie y que implique retribución de servicios, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como las primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentaje sobre ventas, comisiones o participación de utilidades.
- Que conceptos no constituyen, ni son parte del salario del trabajador
No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del patrono, como las primas, bonificaciones y gratificaciones ocasionales y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para subvenir a sus necesidades, ni para enriquecer su patrimonio, sino Para desempeñar a cabalidad sus funciones, como los gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo u otros semejantes, ni tampoco las prestaciones sociales.
- ¿Cómo se estipulara el salario?
El salario se estipulara libremente, pero no podrá ser inferior al que se fije como mínimo de acuerdo con las prescripciones de este código.
- Para el efecto del pago al trabajador ¿cómo puede pactarse el cálculo de la remuneración?
El cálculo de la remuneración para el efecto de su pago, puede pactarse: a) por unidad de tiempo, (mes, quincena, semana, día y hora); b) por unidad de obra, (pieza, tarea, precio alzado o a destajo); y, c) por participación en las utilidades, ventas o cobros que haga el patrono.
- ¿Cómo deberá pagarse el salario al trabajador y que está prohibido?
El salario deberá pagarse en moneda de curso legal. Queda prohibido el pago con pagares, vales, fichas, cupones o cualquier signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda.
- ¿Es embargable el salario mínimo legal?
No es embargable el salario mínimo legal o convencional, la prestación en concepto de vacaciones, ni los primeros cien lempiras (100.00) del cómputo mensual de cualquier salario. El excedente de cien lempiras (100.00) del cómputo mensual de cualquier salario solo es embargable en una cuarta parte. No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, son embargables toda clase de salarios en los siguientes casos:
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