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Ilicito Tributario


Enviado por   •  19 de Octubre de 2011  •  454 Palabras (2 Páginas)  •  1.731 Visitas

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ILICITOS TRIBUTARIOS Y DE ADUANA

Ilícito tributario

Es toda acción deliberada e intencional que comete un contribuyente con la finalidad de hacer daño al individuo o a la sociedad. Es la acción del contribuyente que en provecho propio o de un tercero, valiéndose de cualquier artificio, engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta, deja de pagar en todo o en parte los tributos que establecen las leyes.

El Código Orgánico Tributario lo define en su Articulo 80 como los actos y acciones que van contra o atentan contra las normas tributarias.

Clasificación de los Ilícitos Tributarios

Según nuestra legislación (C.O.T), los ilícitos tributarios se clasifican de la siguiente manera:

1.-Ilícitos formales

2.-Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas

3.-Ilícitos materiales

4.-Ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad

1.- Ilícitos Formales:

Los ilícitos Formales se originan cuando se incumple alguna de las siguientes obligaciones y están contemplados en el Artículo 99 del COT:

a.- Inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias respectivas: se refiere a la inscripción del contribuyente ante la administración tributaria (SENIAT), la no observancia de esta norma acarrea multa que va de 25 UT hasta 200 UT (Artic. 100. COT)

b.- Emitir o exigir comprobantes: tiene que ver con la obligación que tienen todos los comerciantes a entregar facturas formales a sus clientes y también al deber que tienen dichos clientes de exigirla. Acarrea multa de hasta 200 UT, además de clausura de 1 a 5 días continuos (Artic. 101 COT).

c.- Llevar libros o registros contables o especiales: referentes a la obligación que tienen todos los comerciantes de llevar la contabilidad del negocio tanto en libros como en registros electrónicos. El incumplimiento acarrea multa de 50 U.T hasta un máximo de 250 U.T y la clausura del establecimiento, por un plazo máximo de 3 días continuos (Art. 102 COT).

d.- Presentar declaraciones y comunicaciones

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Suscríbase

: Ilícitos referentes con la obligación de presentar declaraciones de impuestos y comunicaciones. Son ilícitos formales con multa hasta 50 U.T pudiendo aplicarse una multa de 1000 U.T a 2000 U.T en los casos de declaraciones de inversiones en jurisdicciones de baja imposición fiscal (Art. 103 COT).

e.- Permitir el control de la administración tributaria: esta relacionado a aquellos contribuyentes a quienes el estado a nombrado Agentes Especiales de Recaudación o Retencion, y la obligación que tienen de realizar dichas retenciones. Multa de hasta 500 U.T y revocatoria de la respectiva

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