Ilicitos Tributarios
Enviado por anair • 2 de Diciembre de 2012 • 1.131 Palabras (5 Páginas) • 615 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Politécnica Territorial
“Andrés Eloy Blanco”
Nombre y Apellido:
Anair Camacaro
CI: 21.143.680
Profesor: René Rodríguez
Ilícito tributario
Son los actos y acciones que van contra o atentan contra las normas tributarias.
Los ilícitos tributarios implican una acción u omisión dolosa o culposa cometida por los sujetos pasivos, bien sea, en su calidad de contribuyentes o responsables, con esta acción u omisión el sujeto pasivo incumple con sus obligaciones ante la Administración Tributaria. El hecho de cometer estas infracciones conlleva a la necesidad de reparar el daño causado, para ello se debe tomar en consideración el carácter administrativo o penal de la infracción cometida. En la legislación venezolana vigente se encuentra establecida una sanción correspondiente a cada uno de los ilícitos y las mismas varían en función de la naturaleza del mismo.
Clasificación de los ilícitos tributarios:
• Ilícitos formales
• Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas
• Ilícitos materiales
• Ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad
Ilícitos Formales
El incumplimiento de deberes formales, pasa a constituir los ilícitos formales. Se refieren a la presentación de la declaración, llevar la contabilidad debidamente, estar inscrito en RIF y otras infracciones de normativa establecida en el Código que se engloba bajo el nombre Deberes Formales.
Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas
Originados por la importación, industrialización y comercialización de, alcoholes, especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco y el comiso de aparatos, recipientes, vehículos, instrumentos de producción, materias primas en caso de una industria clandestina y el comiso de las especies fiscales.
Las especies fiscales, son el medio físico para hacer efectivo el pago de los tributos previstos en la Ley, en caso de no acatar con este deber se incurrirá en un ilícito tributario, el cual traerá como consecuencia diferentes tipos de sanciones.
Ilícitos materiales
Son todos aquellos incumplimientos de los deberes que son relativos al pago de la obligación tributaria, como medio de extinción, especificado en no efectuar el pago propiamente dicho, la falta de retención o percepción de los tributos, según lo dicten las disposiciones legales al respecto, los pagos a cuenta de obligaciones futuras y la obtención indebida de reintegros.
• Violaciones al Derecho Tributario Sustantivo, manifestados en la disminución ilegítima de los ingresos legalmente debidos al sujeto activo tributario. Los deberes tributarios materiales están relacionados con el pago de los tributos; tienen que ver con dinero.
Ilícitos sancionados con penas restrictivas de libertad
Ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad:
• La defraudación tributaria
• La falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción
• La divulgación, uso personal, o el uso indebido de la información confidencial proporcionada por terceros independientes que afecte o pueda afectar su posición competitiva (funcionarios o empleados públicos, sujetos pasivos y sus representantes, autoridades judiciales y cualquier otra persona que tuviese acceso a dicha información).
Concurrencia de ilícitos
“Cuando concurran dos o más ilícitos tributarios sancionados con penas pecuniarias, se aplicará la sanción más grave, aumentada con la mitad de las otras sanciones.
Si las sanciones son iguales, se aplicará cualquiera de ellas aumentada por la mitad de las restantes. Cuando concurran dos o más ilícitos tributarios sancionados con pena pecuniaria, pena restrictiva de libertad, clausura de establecimiento o cualquiera de otra sanción que por su heterogeneidad no sea acumulable, se
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